El ‘Estado catalán’ no cabe en la Constitución

EDITORIAL EL MUNDO – 08/07/16

· El Tribunal Constitucional ha dado un nuevo varapalo a las intenciones de la Generalitat de Cataluña de empezar a crear las estructuras de un Estado de forma unilateral y, por tanto, al margen de la legislación vigente. Ayer declaró inconstitucionales varios preceptos de la Ley de Medidas Fiscales, Financieras y Administrativas del Govern de marzo de 2015 al estimar el recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy el 12 de junio de ese mismo año. Hay que destacar que, como ya ha ocurrido en otras ocasiones en temas que tocan al proceso soberanista, la decisión del Constitucional ha sido tomada por unanimidad. Que no haya discrepancias entre los magistrados otorga un peso trascendental al fallo, cuyo contenido completo se conocerá en los próximos días, y resta credibilidad a las críticas que ya han salido desde las filas de Convergència y de ERC.

Con esta decisión, el Constitucional anula preceptos de la Ley de Medidas Fiscales que ya se hallaban suspendidos desde que admitió a trámite el recurso del Ejecutivo. En realidad, el Constitucional ha estimado parcialmente ese recurso porque, a la vez que anula algunos de los preceptos recurridos, establece cómo deben ser interpretados otros. Pero el resultado es el mismo: la Generalitat no puede arrogarse de forma unilateral competencias que más allá de las recogidas en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía. Para evitar cualquier acusación de politización, los magistrados recalcan en el escrito conocido ayer que su misión de control sobre las leyes está desvinculada «de cualquier consideración concreta sobre su aplicación a un específico supuesto de hecho», y es ajena a «las intenciones del legislador, su estrategia política o su propósito último».

Entre las medidas de la Generalitat que el Constitucional declara contrarias a la Carta Magna está la creación de una Administración Tributaria de Cataluña. En la disposición que ahora se anula se encomendaba a la Generalitat la puesta en marcha de un «plan director de la Administración tributaria de Cataluña» que debía constituir «el instrumento de planificación estratégica para una eventual asunción de nuevas funciones y competencias tributarias».

Esta decisión del Constitucional supone un fuerte revés en las aspiraciones de independentistas porque el control de las finanzas de Cataluña es una de las claves del proceso. El Alto Tribunal considera que la Generalitat no tiene competencias para «organizar, en el respeto a la Constitución y al Estatuto de Autonomía de Cataluña, su propia Administración tributaria». Recalca que la ley afecta a funciones y competencias tributarias que son «de responsabilidad del Estado».

Con este mismo criterio, el Constitucional anula otras disposiciones de la ley como la creación de un catálogo de infraestructuras estratégicas y de seguridad de Cataluña, ya que las comunidades «no pueden asumir estatuariamente» más competencias que las previstas sobre policías autonómicas. También se anula el plan director relativo a los sectores de la energía, las telecomunicaciones y los sistemas de información y del transporte ferroviario, o la creación de un Servicio Meteorológico de Cataluña, porque invade competencias estatales en materia seguridad aérea.

El Constitucional declara de acuerdo con la Carta Magna la creación de la Agencia Catalana de Protección Social, siempre que sólo incluya las competencias propias que el Estatuto concede a la Generalitat y nunca la Seguridad Social, cuya caja es única para todo el Estado. Otro revés porque controlar las cotizaciones y las pensiones es muy importante también para los soberanistas. Sin una Hacienda y una Seguridad Social propias es imposible poner en marcha cualquier germen de un Estado.

Este fallo del Constitucional es una nueva victoria del Estado de Derecho sobre las pretensiones independentistas de Junts pel Sí y de la CUP. La aplicación firme de la ley ha ido parando esa huida hacia adelante emprendida por la Generalitat en la etapa de Artur Mas, que se aceleró tras las elecciones «plebiscitarias» de septiembre de 2015 y la declaración «de inicio proceso de creación del estado catalán independiente en forma de república» en el Parlament el 27 de octubre de ese mismo año. Hay que congratularse, pues, de que el Estado de derecho siga respondiendo con firmeza a quienes de forma unilateral pretenden hacer añicos el orden legal que nos hemos dado todos los españoles y, por tanto, también los catalanes.

EDITORIAL EL MUNDO – 08/07/16