El TC fulmina la declaración independentista

EL MUNDO – 02/12/15

· El Pleno la considera inconstitucional apenas tres semanas después de que el Ejecutivo la recurriera «El Gobierno domina los tempos», sostiene el Govern.

El Tribunal Constitucional ha acordado ya anular la declaración independentista. Así se desprende de la reunión que el Pleno del Alto Tribunal mantuvo ayer por la mañana, en la que los magistrados coincidieron en que la resolución del Parlament choca frontalmente con la Carta Magna. La combinación de esa evidente inconstitucionalidad y del deseo del TC de despachar el asunto cuanto antes ha llevado a que el recurso se resuelva apenas tres semanas después de presentado. Todo un récord para el Constitucional.

La resolución definitiva se adoptará previsiblemente en la reunión de hoy, cuando el Pleno vuelve a reunirse para que el magistrado ponente, Andrés Ollero, presente una propuesta de sentencia que reúna sus planteamientos iniciales y las observaciones aportadas ayer por otros magistrados, según explicaron fuentes del tribunal. Al final de ese encuentro, que arrancará a las 11.00 horas, la llamada «Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña, sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015» se declarará inconstitucional y nula.

El Pleno está igualmente convocado para el jueves, pero la coincidencia de criterios exhibida indica que la reunión de hoy debería bastar para zanjar el asunto. Fuentes del tribunal indican que lo «previsible» es que la sentencia se dicte por unanimidad de los 11 magistrados.

La ponencia del ex diputado del PP Andrés Ollero se introdujo ayer mismo en el orden del día. Desde el principio, la intención del tribunal presidido por Francisco Pérez de los Cobos ha sido resolver el asunto cuanto antes, teniendo en cuenta la gran coincidencia de criterios entre los magistrados. Además, este viernes comienza la campaña electoral, un periodo en el que tradicionalmente el TC elude resolver asuntos polémicos.

La propuesta de desconexión con el Estado fue suspendida también de forma fulgurante el pasado 11 de noviembre, horas después de ser recurrida. Ahora esa suspensión provisional se transformará en nulidad definitiva.

El debate del tribunal se centró en los fundamentos jurídicos de la resolución, es decir, en repasar las violaciones de la Constitución detectadas por el ponente sobre la base del recurso de la Abogacía del Estado. Ese recurso enumeraba media docena de artículos infringidos por la propuesta, además de otros dos del Estatut. Por ejemplo, vulneraba la atribución de la soberanía nacional al pueblo español, la indisolubilidad de la Nación española, la sumisión de todos los poderes públicos a la ley y a la Constitución, o el procedimiento que la propia Carta Magna prevé para su reforma.

El texto final dará respuesta tanto a lo sostenido por la Abogacía como a lo alegado por el Parlament. La Cámara autonómica no se desconectó del TC, sino que se personó para alegar que esa resolución era de «naturaleza política» y no apta para ser recurrida. El TC no lo considera así, tal y como expondrá la sentencia antes de entrar a detallar los preceptos vulnerados.

El encuentro del martes se centró únicamente en los fundamentos jurídicos de la sentencia. No se abordaron los detalles sobre la notificación de la resolución. Cuando se acordó la suspensión, el TC decidió que se notificara personalmente a 21 altos cargos en cuyas manos estaría el desarrollo de la resolución impugnada: los miembros del Govern, los de la Mesa del Parlament y el secretario de la Cámara autonómica.

El aspecto de quiénes debían ser notificados y en qué términos fue el único punto de la cuestión que generó debate entre los magistrados, parte de los cuales están disconformes con el carácter ejecutivo que le acaba de imponer la reforma legal.

El cambio de resolución suspendida a resolución ya anulada no modifica en la práctica las obligaciones de esos altos cargos. Desde el día de la suspensión, tienen vetado el desarrollo de la propuesta. Un acto contrario pondría en marcha el renovado artículo 92 de la ley del TC, que le otorga nuevos instrumentos para poder garantizar que su decisiones se cumplen: multas, suspensión de funciones a los rebeldes y denuncias por la vía penal. También podría encomendar al Gobierno que velara por su cumplimiento.

Por su parte, la Generalitat daba ayer ya por hecha la suspensión de la declaración. Tras la reunión del Ejecutivo catalán en funciones, la vicepresidenta, Neus Munté, anunció que «no será ninguna sorpresa» que se anule, y advirtió al Gobierno de que, en cualquier caso, la resolución «no cambiará los efectos políticos» del texto catalán. En cuanto a la celeridad de la sentencia, sostuvo que «el Gobierno domina los tempos» del Constitucional.

La vicepresidenta de la Generalitat se comprometió a «seguir trabajando para dar cumplimiento al mandato» de la Cámara. Sin embargo, el propio Govern anunció que el acuerdo no se aplicará hasta que se nombre un nuevo Ejecutivo. Y ayer la CUP advirtió de que no habrá investidura al menos hasta el 27 de diciembre. Si hay desobediencia, será ya en 2016.