Anulación al límite

Solo con el respaldo del TC a sus tesis el Ejecutivo podría darse por satisfecho en su objetivo de demostrar que no va a ponérselo fácil a la izquierda abertzale mientras ETA no lo deje. Pero incluso así, difícilmente podría despejar la sombra de que ha forzado al límite las cuadernas del Estado de Derecho.

La Sala del 61 del Supremo, apurando el exiguo plazo de que disponía, decidió anoche aceptar las demandas presentadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado y vetar la concurrencia de las 258 candidaturas de Bildu a las elecciones del 22-M, al considerarlas un fraude al servicio de los objetivos de ETA y la ilegalizada Batasuna. La resolución, fruto de un debate incluso más arduo que el que derivó en la prohibición de Sortu, implica que en el pulso por la credibilidad que libraban, por una parte, los informes policiales y, por otra, la coalición ‘blanca’ conformada por independientes abertzales, EA y Alternatiba, los jueces han considerado más verosímiles las sospechas de los primeros que las objeciones de los segundos. Pero su controvertido pronunciamiento también refleja el escaso margen que les había dejado la petición de anulación masiva de las listas por la que optaron el Gobierno o la Fiscalía. Porque si la mayoría del Alto Tribunal asumía la tesis de que ‘todo es ETA’, como finalmente así ha sido, no cabía otra alternativa que suspender en bloque las planchas electorales; so pena de que los magistrados incurrieran en las contradicciones que ya tuvieron que encarar en 2007, cuando algunos de ellos afearon que el Ejecutivo impugnara la mitad de las listas de ANV y, además, sin instar la ilegalización del partido matriz.

A la espera de conocer los argumentos exactos de la Sala del 61 y de cómo resuelva la Sala Segunda del Constitucional el recurso de amparo que presentarán los promotores de la coalición, el fallo del Supremo resulta tan arriesgado como lo fue el de Sortu; y como la decisión del Abogado del Estado y de la Fiscalía de ir a por todas las listas de Bildu, amparados en los indicios policiales y en la convicción de que éstos han acreditado la existencia de «un designio defraudador» por parte de ETA y de la ilegal Batasuna. Para una legislación garantista de los derechos fundamentales obligada a bregar con la pervivencia del fenómeno terrorista, resulta sumamente complejo tener que revisar por presunta continuidad delictiva las listas integradas, por primera vez, por dos partidos legales y por candidatos abertzales aparentemente ‘limpios’. Leídas las demandas de los impugnadores, se apreciaban ya entre líneas los escollos existentes para sostener una acusación tan sumaria como que Bildu es un vehículo de ETA-Batasuna para burlar la ley y la democracia. Escollos que, por ejemplo, llevaban al Abogado del Estado a trazar una pirueta para salvaguardar la legalidad de EA y Alternatiba. Y al fiscal general a asegurar que es precisamente la ‘limpieza’ de las candidaturas una de las pruebas que certificarían que la coalición actúa como una cortina de humo.

Aunque es posiblemente el contraste entre los indicios que aportan las fuerzas de seguridad contra los candidatos, lista a lista, y las aclaraciones en sentido contrario de los abogados de Bildu lo que más cuestionaba la solidez de las acusaciones, respaldadas ahora por el Supremo. Es verdad que las impugnaciones de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía se basaban, sobre todo, en el convencimiento de que toda la coalición está al servicio de las pretensiones de ETA, a partir de la incautación de documentos atribuidos a la organización terrorista; y que, por eso mismo, ambos entendían como menos imprescindible el hallazgo de pruebas contra cada una de las planchas. Pero el aparente descuido de algunas conclusiones, especialmente en el documento del fiscal, resta verosimilitud jurídica a una imputación tan grave como la que puede imposibilitar la participación electoral a una coalición con dos siglas legales en su seno.

Todo queda pendiente, una vez más, del Constitucional. Es probable que la izquierda abertzale tenga motivos ya para lamentar no haber dado antes los pasos que se le requerían y a los que ética y democráticamente está obligada, mostrándose remolona con la confianza secreta de que le valiera ante los tribunales con lo hecho hasta ahora. Aunque más impredecible resultaba este escenario extremo y excepcional para una EA que se sentía a salvo de la presión del Gobierno y de los jueces, al margen de que la sombra de ETA lo siga enturbiando todo. Zapatero y Rubalcaba -no el lehendakari López- pueden respirar tranquilos con el fallo de anoche del Supremo. Si el Constitucional revierte esta primera resolución, podrán escudarse en que todo ha quedado en manos de los más altos magistrados del Estado y que éstos no han logrado una salida pacífica al dilema planteado. Aunque solo con el respaldo del TC a sus tesis el Ejecutivo podría darse por satisfecho en su objetivo de demostrar que no va a ponérselo fácil a la izquierda abertzale mientras ETA no lo deje. Pero incluso así, difícilmente podría despejar la sombra de que ha forzado al límite las cuadernas del Estado de Derecho.

La división en canal del Supremo y los interrogantes que se abren en el Constitucional dan a entender que si la antigua Batasuna sigue alejándose de la violencia, la ley habría tocado techo en su capacidad para perseguir eventuales fraudes electorales vinculados a la pervivencia de ETA. Y puede acabar resultando un sinsentido complicado de reparar que se haya optado por la suspensión preventiva de las listas de Bildu cuando el PSOE y el PP habían reformado la ley para poder impedir, precisamente, vulneraciones sobrevenidas de la misma.

Lourdes Pérez, EL CORREO, 2/5/2011