Condenar la tortura

Los guardias condenados merecen, además de la condena dictada, el más severo reproche moral. Las instituciones del Estado de Derecho han de velar antes que nada por la integridad física y moral de los ciudadanos, incluidos los que pudieran ser sospechosos de atentar contra la libertad de los demás.

La Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha impuesto distintas penas de cárcel a cuatro guardias civiles por infligir torturas y lesiones a Igor Portu y Mattin Sarasola, a los que acababan de apresar; ambos detenidos serían condenados más tarde como autores del atentado de hace cuatro años en la T-4 de Barajas, en el que murieron dos personas. Los dos etarras fueron interceptados en la mañana del 6 de enero de 2008 en las cercanías del monte Udala, en Mondragón, donde acababan de recoger dos revólveres y munición. Los guardias civiles alegaron en el juicio que las lesiones que presentaban Portu y Sarasola en posteriores exámenes médicos eran consecuencia de su resistencia al arresto. Pero el tribunal se muestra taxativo al respecto, y llega a afirmar que «no hubo oposición a la detención» por parte de los etarras. El fallo desestima el argumento acusador de que las torturas tuvieran una «finalidad indagatoria» y las atribuye a un proceder vengativo tras percatarse los guardias de que los detenidos eran terroristas. Al tiempo, absuelve a otros once agentes que participaron también en la detención, traslado y custodia de Sarasola y Portu. Pero el relato en que se basa la sentencia narra cómo los cuatro guardias condenados prolongaron la operación de arresto conduciendo a los detenidos a las proximidades de la localidad alavesa de Aramaio y sometiéndolos dentro y fuera de los vehículos oficiales a una serie continuada de golpes que los forenses no pudieron atribuir a causas fortuitas, a autolesiones o a la descripción que los agentes hicieron de las técnicas empleadas para reducir a los etarras. Su actuación merece, además de la condena dictada y que puede ser recurrida ante el Supremo, el más severo reproche moral. La democracia, recuerda la sentencia, se sustenta en el Estado de Derecho, y sus instituciones han de velar antes que nada por la integridad física y moral de los ciudadanos, incluidas aquellas personas que pudieran ser sospechosas de atentar contra la libertad de los demás.

Editorial en EL CORREO, 31/12/2010