La sentencia que absuelve a los 40 acusados de Segi dirige duras críticas a la investigación

EL CORREO  12/06/14

· La Audiencia Nacional dice que no tenían vínculos con el grupo ilegalizado ni la kale borroka y apunta al uso de malos tratos en comisaría

La Audiencia Nacional asestó ayer un duro golpe a los investigadores policiales encargados de la lucha antiterrorista, al juez de instrucción –que por entonces era Fernando Grande Marlaska, ahora presidente de la Sala de lo Penal– y a la Fiscalía. El tribunal, con los votos a favor de los magistrados Ramón Sáez Valcárcel y Manuela Fernández de Padro y la oposición de Nicolás Poveda, absolvió a los 40 jóvenes procesados bajo la acusación de formar parte de Segi, organización ilegalizada en 2002 al considerarse una parte de ETA. Los jueces reprochan que la acusación carecía de pruebas que vincularan a estas personas con el entramado proscrito o con la kale borroka y apuntan al posible uso de malos tratos durante su declaración policial en comisaría.

Los hechos juzgados entre octubre del año pasado y febrero se remontan a finales de 2009, cuando se desarrolló una operación para detener a los integrantes de una asociación denominada Gazte Independentistak (Jóvenes Independentistas), a la que las Fuerzas de Seguridad del Estado atribuían haber sucedido a la ilegalizada Segi. La Fiscalía pidió durante el juicio penas de seis años bajo el delito de integrar una organización terrorista.

La Sala, sin embargo, niega cualquier vínculo entre Gazte Independentistak y Segi. Sostiene que si bien ambas asociaciones podían mantener lazos ideológicos y que la primera había asumido campañas que con anterioridad llevaba a cabo el grupo proscrito –la reclamación de la independencia, el feminismo, la problemática de la vivienda y el desempleo juvenil–, Gazte Independentistak «no se vinculó, ni planificó, ni promovió, ni dirigió acciones de violencia callejera». Los acusados, algunos de los cuales ejercieron de portavoces del colectivo mientras que otros sólo asistían a sus convocatorias, carecían de cualquier relación con Segi, insiste la sentencia, de más de 200 folios. El grupo, subrayan los magistrados, «no recogió, ni asumió la dirección, programación y control de la violencia callejera que complementaba a la acción de ETA».

«Atípico proceder»
Los magistrados que sostienen la sentencia enumeran los errores que, en su opinión, han cometido los investigadores. Aseguran que «en los escritos de conclusiones definitivas se produce una confusión total entre Segi y Gazte independentistak, al considerarse que se trata de la misma organización con denominaciones diversas. Hasta el punto de que se afirma de modo constante que ciertos hechos o símbolos son de Segi, «cuando en realidad están relacionados con Gazte independentistak; pero, se opera por reducción, atribuyendo a aquella todo lo que se refiere a esta».

Relata, en ese sentido, cómo los agentes policiales redactaron informes con datos inciertos como consecuencia de una «manera atípica de proceder». Alude a cómo se redactaron dos actas de la vigilancia de dos reuniones celebradas el mismo día y hora. El problema es que las citas se celebraron en el barrio bilbaíno de Santutxu y Sestao, con lo cual «los mismos agentes dicen haber estado en dos sitios a la vez observando la entrada de un local donde se iba a celebrar, en los dos sitios, una cena de homenaje a los treinta años de Jarrai». «Algo incompatible –sostiene la resolución–, que no fue depurado por los encargados de la investigación».

La Sala también rechaza como prueba las declaraciones de los imputados en comisaría por entender que sólo pueden ser tenidas en cuenta en un juicio aquellas que han sido ratificadas ante un juez. Y deja entrever la posibilidad de que hubieran sido obtenidas mediante coacción y malos tratos policiales durante el periodo de incomunicación. Los magistrados llaman la atención de que 8 de los 36 detenidos en un primer momento –los otros cuatro lo fueron más tarde– fueron capturados en el extranjero. «Todos ellos se acogieron a sus derechos constitucionales a no confesar contra sí mismos y a no declararse culpables». Algo que no ocurrió con los arrestados en España donde todos salvo seis «declararon en sede policial algún contenido que les perjudicaba, directa o indirectamente». Todos «rectificaron» después su declaración inicial «y denunciaron torturas».