La Audiencia sólo condena por extorsión a dos de los procesados por el ‘caso Faisán’

EL CORREO 15/04/15

· La sentencia, que absuelve a otros tres, establece que el bar de Irún era «un lugar de pago del impuesto revolucionario» de ETA

La Audiencia Nacional ha decidido condenar finalmente por extorsión en favor de ETA a dos procesados del ‘caso Faisán’ y ha absuelto a los otros tres. El tribunal ha impuesto a Jean Pierre Harocarene Camio la pena de cuatro años de prisión como autor de un delito de pertenencia a banda terrorista, mientras que a Emilio Castillo González de Mendívil se le impone dos años y seis meses de prisión por colaboración con ETA. La Audiencia ordena, además, el decomiso de 20.000 euros que fueron incautados por la Policía Nacional cuando se llevaron a cabo las detenciones de los sospechosos. Otros tres acusados, el veterano miembro de ETA Ramón Sagarzazu Olazaguirre, Ignacio Aristizabal Iriarte y José Carmelo Luquín Vergara, han resultado absueltos.

La sentencia pone fin a un largo procedimiento iniciado en junio de 2006 con la detención del dueño del bar Faisán, de Irún, Joseba Elosua, ya fallecido, y varias personas más acusadas de formar parte de la estructura de extorsión de ETA.

El ‘caso Faisán’ se vio interferido por un chivatazo que alertó al dueño del bar de la inminencia de la operación policial contra la red de extorsión, en plena tregua de ETA. Dos policías fueron condenados en otro sumario por ese chivatazo. La sentencia referida al delito de extorsión menciona la citada filtración, indicando que «las detenciones se llevan a cabo en el mes de junio de 2006 y nada se pudo encontrar en los registros, con la única excepción de cuatro pasquines en el domicilio de Castillo y de 20.000 euros en un garaje de Joseba Elosua Urbieta».

Aunque el fallecimiento extingue la posible responsabilidad penal del dueño del ‘Faisán’, el tribunal examina las actividades de Elosua y de su bar y considera probado que el establecimiento, ubicado en el barrio irunés de Behobia, junto a la frontera, era «un lugar de pago del impuesto revolucionario». 2000 y hasta el 2006». Joseba Elosua Urbieta era la persona encargada de esos contactos. «Además recibía de los miembros de la organización que se encontraban en Francia las cartas que debían remitirse a los empresarios y en ocasiones hasta recibía dinero de los pagos», indica.

El fallo judicial señala que para llevar a cabo esa labor para la banda, en estrecho contacto con Elosua se encontraba Jean Pierre Harocarene, periodista deportivo en Irún, que desde 2001 se ocupaba de la distribución de cartas «y en ocasiones de contactar con las personas que las recibían». En 2005, Harocarene utilizó en dos ocasiones a Emilio Castillo para que remitiese cartas de extorsión a una empresa de vinos y a un concesionario de automóviles. Estos dos son los únicos condenados en la causa.