La decisión catalana

EL MUNDO 08/07/14
RAFAEL DOMINGO OSLÉ, Catedrático de la Universidad de Navarra y profesor visitante en la Emory University.

· El autor dice que la consulta del 9-N sólo sería legal si su objetivo fuera conocer la opinión de los ciudadanos Sostiene que la única solución al secesionismo pasa por un diálogo entre Cataluña, el resto de España y Europa

Cuando de  tomar decisiones se trata, hay que tener en cuenta principalmente dos factores: quién decide y sobre qué se decide. La intención con la que se decide forma parte del quién; las circunstancias, bastante determinantes, por cierto, a la hora de decidir, del qué. La decisión, por naturaleza, se identifica más con el propio contenido que con el sujeto decisor. Por eso, una vez determinado el objeto, se fija el sujeto. No al revés. Así, solo tras fijar el contenido de la cuestión catalana, se puede tratar sobre quién decide sobre ella.

Hay un tipo de decisiones que, siguiendo el modelo de las condiciones, los expertos suelen llamar potestativas. Son aquellas decisiones que dependen exclusivamente de la voluntad de un órgano decisor. Quien adopta la decisión es totalmente libre de hacerlo o no y en la forma que quiera porque solo él tiene el control completo y absoluto sobre el contenido de la decisión. Solo se le pide, si es el caso, que su decisión sea conforme al ordenamiento jurídico. Esta libertad de decisión es total cuando el objeto coincide con el sujeto. La decisión de Isidro de raparse al cero para celebrar la Décima depende exclusivamente de él. Su mujer Lola se puede enfadar, e incluso puede decidir dejarle de hablar (decisión potestativa, también), pero el hecho de que a Lola le afecten las consecuencias de la decisión de su marido, no significa que Lola deba intervenir en la decisión. Isidro pudo haberle pedido consejo a su mujer, pero la decisión estuvo bien tomada: es suya, de Isidro, y solo suya. Y el derecho poco tiene que decir al respecto.

La mayoría de las decisiones que tomamos en nuestra sociedad global e interdependiente son, en cambio, mixtas o compartidas ya que no dependen de un único órgano decisor, sino de varios. Así, la decisión de Edurne sobre la posibilidad de trabajar como abogada en Nueva York, Múnich, Singapur o Buenos Aires es mixta o compartida pues depende de que le ofrezcan un puesto de trabajo en cada una de esas ciudades. Esta decisión solo se convertirá en potestativa una vez que haya sido aceptada por las distintas firmas de las cuatro ciudades. Entonces, solo entonces, ella podrá decidir con total y completa libertad.

La existencia de decisiones potestativas nos permite sentirnos libres de verdad. Y también poderosos. La experiencia de poder hacer una cosa y hacerla porque a uno le da la gana, como única razón, es genuinamente humana. Por eso, constituye una tentación frecuente de nuestra especie, sobre todo de los más aficionados al poder, tratar de convertir en decisiones potestativas aquellas decisiones que de suyo han de ser compartidas. Este hecho ha sido, es y seguirá siendo una de las más claras manifestaciones de abuso de poder en la historia de la humanidad. La corrupción política y económica tiene mucho que ver con esto.

Perdóneme el lector esta larga introducción, pero es imprescindible para comprender mi argumento, que me apresuro a contar: el grave error del nacionalismo independentista, en nuestro caso el catalán, es tratar de convertir, por todos los medios posibles, ciertas decisiones de naturaleza mixta o compartida en decisiones meramente potestativas. Y esto constituye un abuso de poder, por más que se disfrace políticamente. Para los independentistas catalanes, la decisión sobre Cataluña es exclusivamente una cuestión catalana aunque afecte a los españoles, como la decisión de Isidro de cortarse el pelo para celebrar la Décima es exclusiva de Isidro, por más que le guste o no y afecte más o menos a su esposa. El independentismo, como Isidro con su pelo, identifica el sujeto y el objeto de la decisión: el pueblo catalán y el territorio catalán. Los dos elementos son inseparables. Por eso, en modo alguno se permite que alguien ajeno pretenda influir en la decisión: si Cataluña es de los catalanes, sobre Cataluña solo deciden los catalanes. Se podrá escuchar, si es el caso, el consejo de un buen amigo, de un viejo socio, como España, o de un experto europeo, pero jamás será este consejo vinculante, ni el consejero se convertirá en parte del órgano decisor, por no ser estrictamente catalán. ¿Es esto, en verdad, así? ¿Debe decidirse la cuestión catalana mediante una decisión potestativa? Mi opinión es clara y contundente: no. Todas las decisiones referentes al territorio, en una sociedad globalizada como la nuestra, son, por su propia naturaleza, compartidas, no potestativas. Por eso, ni el pueblo español ni el pueblo catalán pueden decidir unilateralmente sobre Cataluña.

El argumento independentista está basado en una analogía tan vieja como falsa. Se considera que el territorio es a la comunidad política lo que el cuerpo es a la persona humana: una parte constitutiva. Sin territorio no hay comunidad política, como sin cuerpo humano no hay persona humana. Por eso, sin Cataluña, no hay pueblo catalán, porque Cataluña es el cuerpo de la comunidad política catalana. El punto de partida en todo nacionalismo es el territorio, no el pueblo, aunque, a primera vista, parezca lo contrario. Por eso, la decisión independentista es ante todo y sobre todo una decisión territorial.

Pero vayamos por partes. El pueblo catalán, como cualquier pueblo, tiene el derecho de tomar decisiones no solo compartidas, sino potestativas. Ahí radica precisamente su autogobierno, su identidad e incluso su derecho a la autodeterminación, que nunca es absoluto y excluyente. El pueblo catalán puede decidir potestativamente sobre aquellas cuestiones sobre las que tenga un poder completo y absoluto, como el que ha tenido el Rey Juan Carlos para abdicar o, en otro orden de cosas, el que tiene el entrenador del Barca para mover su banquillo en un partido de fútbol. Pero no sobre las demás. La decisión de una consulta popular, en este sentido, puede responder al esquema de una decisión potestativa, en la medida en que el contenido de la decisión sea conocer la opinión del pueblo catalán sobre un aspecto político de interés colectivo. Cuando, en cambio, la consulta se convierte en un objetivo político para decidir el futuro de un pueblo, así como de su territorio, la cosa cambia. El Tribunal Constitucional acertó plenamente en su sentencia sobre la consulta cuando no consideró inconstitucional el derecho a decidir. Hubiera sido el principio del fin de la democracia. Eso sí, todo tiene un límite.

LA DECISIÓN de crear un Estado independiente catalán no es potestativa, sino compartida porque toda decisión territorial es por naturaleza mixta. La razón es que sobre el territorio de un Estado no hay propiedad absoluta. Por ello, solo cabe una decisión compartida por todas las comunidades afectadas. Como he repetido en otras ocasiones, sobre la Tierra, ni sobre parte de ella, hay propiedad soberana y excluyente, como ha mantenido el derecho internacional moderno durante siglos, sino un uso solidario, es decir un derecho preferencial de aprovechamiento y disfrute, y por tanto diferenciable, que en modo alguno puede considerarse total ni absoluto. Por eso, tampoco el territorio de una comunidad política puede identificarse analógicamente con acierto con un cuerpo humano. La analogía puede tener su sentido, pero no nos sirve en este caso, porque así como el cuerpo humano no es separable ni diferenciable de la persona, el territorio, en cambio, sí lo es de su pueblo. Usando también la analogía, se puede decir que el cuerpo de una comunidad política son sus instituciones, no su territorio. El pueblo catalán no es Cataluña, como Isidro es su cuerpo, pero el cuerpo del pueblo catalán sí son, en cambio, sus instituciones, que lo animan y vivifican.

Esta doctrina corporal, que está en la esencia de todo nacionalismo, tiene el peligro de convertir el territorio en un elemento excluyente con respecto a las demás comunidades políticas. Conforme a ella, todas las comunidades políticas son absolutas, así como cada persona solo puede soportar un único cuerpo. Como España y Cataluña son dos pueblos, España y Cataluña necesitarían dos cuerpos distintos. Sin embargo, el territorio de un Estado no es un espacio excluyente, como lo es un cuerpo humano, sino relacional y compartido, en el que se desarrolla principalmente una comunidad política interactuando con las demás, que también están presentes y se benefician del territorio. Cualquier decisión que afecta al territorio ha de ser compartida, no potestativa. Por eso, la única solución que cabe en la cuestión catalana es el diálogo abierto y sincero entre todas las comunidades afectadas. Cataluña tiene mucho que decir.

España, también. Y Europa, bastante.