Luz verde a la demanda contra el censo del 9-N

EL MUNDO – 15/12/14

· El TSJ catalán estudiará la orden dictada por el Govern de Artur Mas porque podría resultar lesiva para los derechos fundamentales.

Nuevo varapalo judicial para el proceso soberanista del Govern de Artur Mas. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) rechazó el recurso de la Generalitat y permitió la continuación del procedimiento contra la orden del Departament de Governació del pasado 26 de septiembre que regula los ficheros con datos de carácter personal gestionados por la Administración autonómica.

De esta forma, el jurista Alejandro Rusiñol podrá presentar la demanda contra esta normativa por considerar que se están vulnerando derechos fundamentales. El demandante cree que la orden de la Generalitat condujo a la creación de un registro usado por la Administración para el envío de propaganda electoral de la Generalitat para el proceso participativo del 9-N.

En un auto al que ha tenido acceso este diario, el TSJC destaca «la incuestionable existencia de un acto normativo de la Administración autonómica», en referencia a esta orden de Governació, que «podría resultar lesiva de los derechos fundamentales invocados por la recurrente». Por eso, el tribunal destaca que es «procedente declarar adecuado este cauce procedimental especial para el conocimiento del amparo jurisdiccional impetrado por el recurrente», y establece que en un plazo de 8 días Rusiñol formalice la demanda contra la Generalitat.

Rusiñol explicó que «los procedimientos por demandas que afectan a los derechos fundamentales son los más difíciles de admitir a trámite», ya que se debe probar su vulneración. En este caso, el demandante considera que la orden del Govern, que permitía nutrirse de datos tomados por el Instituto de Estadística de Cataluña (Idescat) para el censo de la consulta, vulneraba derechos recogidos en la Constitución como el de la intimidad, entre otros.

Ahora, el tribunal deberá estudiar esta orden del Govern, aprobada el pasado 19 de septiembre y publicada días después en el Diari Oficial de la Generalitat, aunque los demandantes quieren ampliar el proceso con otros documentos, como el acuerdo entre Governació y el Idescat para la cesión de datos. Rusiñol recuerda que la información que maneja este instituto sólo puede utilizarse con una finalidad estadística, por lo que cualquier otro uso que pretenda darse afectaría a los derechos fundamentales de los ciudadanos y vulneraría la Ley de Estadística de Cataluña.

El jurista espera que el TSJC ordene «la nulidad de pleno derecho de esta orden al igual que de los acuerdos que se desprenden de ella». Además, lamentó «el oscurantismo» de la Administración autonómica, ya que considera que «faltan documentos en el expediente que han entregado». Rusiñol indicó que en los próximos días formalizará la demanda para «proteger a la ciudadanía de las ilegalidades cometidas por el Govern».

Hace unos días se celebró la vista, presidida por el magistrado Emilio Berlanga, para tratar el recurso de la Generalitat contra el anuncio de demanda. La Fiscalía reclamó que se admitiese a trámite porque, pese a la no celebración de la consulta, se hizo un proceso participativo que «no requirió datos del registro».

El fiscal lamentó el uso «en una suerte de censo electoral para enviar propaganda electoral» sobre el 9-N, por lo que considera que el acto administrativo de la Generalitat produjo «un efecto concreto». Por eso, pidió al TSJC que admita la demanda, aunque instó a suspender su tramitación hasta que después el TC decida sobre la consulta alternativa, que está bajo suspensión cautelar.

La Generalitat argumentó que esta norma reguladora de los ficheros no vulneraba derechos fundamentales porque está suspendida por el TC, igual que la Ley de Consultas, por lo que no ha producido ningún efecto en la población.

EL MUNDO – 15/12/14