Jorge Rodríguez-Zapata
- Lo malo de la estupidez es que no es individual; se infiltra en la sociedad y en los sistemas que reclaman obediencia
Los reyes del Reino Unido de la Gran Bretaña se coronan en la abadía de Westminster, como ha hecho Su Majestad el Rey Carlos III en 2023. Allí también descansan, junto a prohombres como sir Isaac Newton o Charles Dickens. En los inicios de este siglo se rindió homenaje a los mártires cristianos del siglo XX y se colocó en la fachada occidental de la impresionante abadía londinense la estatua del pastor alemán Dietrich Bonhoeffer, que figura en el calendario luterano de santos.
Bonhoeffer fue un teólogo que denunció el totalitarismo y el antisemitismo fascista. Fue ahorcado en forma humillante en el campo de concentración alemán de Flossënburg por órdenes directas de Adolf Hitler, solo quince días antes del suicidio del dictador, del colapso de su régimen autocrático y de que las tropas aliadas liberaran ese campo de concentración. La ejecución de Dietrich Bonhoeffer se produjo cuando contaba solo 39 años, pero su juventud no impidió un legado admirable de doctrina, que ha llegado a nuestros días.
La sentencia del Tribunal Constitucional sobre la ley de Amnistía obliga a evocar las reflexiones de Bonhoeffer, cuando en sus ‘Cartas desde la prisión’, editadas por Eberhard Bethge (Nueva York, 1962), advierte sobre la estupidez que siempre se extiende en las autocracias cuando lo hace el poder y el dictador abusa de él reclamando obediencia al sistema. El que obra mal lo sabe y siente una sensación de culpa; esa es la razón por la que el mal se puede derrotar y destruir. En cambio, la estupidez lleva a hacer el mal sin reconocer que lo que se hace está mal. El mal se puede combatir, enfrentar y derrotar, pero la estupidez no. La estupidez es inmune a la lógica, al pensamiento y a la razón. La gente estúpida no acepta razones, porque deja de pensar y de criticar a la autoridad cuando es necesario. Habla por consignas simples y cree que siempre tiene razón.
La estupidez es por eso muy peligrosa, sobre todo en manos de los poderes autoritarios que siempre la extienden a sabiendas y la usan, porque es muy fácil rendirse ante argumentos de estupidez. Lo malo de la estupidez es que no es individual; se infiltra en la sociedad y en los sistemas que reclaman obediencia. Por eso la estupidez acompaña al totalitarismo. El nazismo la empleó y Bonhoeffer fue una de sus víctimas.
Al avalar la ley orgánica 1/2024, de 10 de junio, sobre la amnistía el Tribunal Constitucional utiliza un razonamiento central que, analizado en forma objetiva, incurre en un vicio de estupidez, con independencia del respeto a sus autores. La estupidez no es un defecto de falta de inteligencia, es un defecto moral.
Con su fallo sobre la amnistía, el Tribunal se ha inferido un daño a sí mismo de muy difícil reparación, porque modifica en forma muy simple la interpretación constante que se ha dado a la Constitución en los últimos 45 años.
El Tribunal está empeñado en demostrar –quizá por la composición irregular y políticamente forzada que se denuncia en los votos particulares– que la amnistía es constitucional, pero, para lograrlo, debe solucionar que el artículo 66 de nuestra Constitución no atribuye en forma expresa a las Cortes Generales la potestad de amnistiar. Es obvio que ésta es diferente de la potestad de legislar, por lo que se recurre al razonamiento fácil de exagerar ‘ad nauseam’ el ámbito de actuación consentido al legislador hasta afirmar que éste puede amnistiar, sin que la Constitución diga cómo puede hacerlo. Todo ello, aunque nuestra Norma Fundamental prohíba que existan leyes que concedan indultos generales [artículo 62 i) CE], lo que en doctrina hemos considerado índice evidente de que también prohíbe las amnistías. Por desgracia, a la doctrina de la comunidad jurídica no le ha concedido el Tribunal en este caso el relieve decisivo que le concedió en las once sentencias de los ERE de Andalucía (SSTC 93/2024 a 104/2024).
En el fundamento jurídico 3.2.1 de la sentencia se nos recuerdan varias obviedades sobre la ley que «es, bajo la Constitución, la fuente primaria del ordenamiento jurídico y [que] se diferencia de las demás fuentes del derecho por su forma democrática de elaboración» antes de llegar a la simpleza de afirmar que «la configuración del Estado como democrático (art. 1.1 CE) y, en coherencia con ello, la consagración del pluralismo político como valor superior del ordenamiento jurídico (art. 1.1 CE), imponen una concepción de la Constitución como una norma abierta» que impondría una «vinculación negativa» respecto de la ley. Toda exageración es poca y por ello enfatiza el Tribunal que, entre los rasgos característicos de la ley, se encuentra su «libertad de contenidos» al ser, se destaca «el instrumento que juridifica las decisiones políticas de la comunidad». La lógica democrática llevaría a que las decisiones capitales para la colectividad sean tomadas por el legislador y esto supone que la ley, como acto jurídico, y siempre que respete lo establecido en la Constitución, es libre en cuanto a su fin, que se fija según criterios de oportunidad política.
Podríamos intentar refutar el argumento recordando, por ejemplo, que la interpretación que ahora se abraza fue rechazada abiertamente en los trabajos preparatorios de nuestra Constitución cuando el grupo parlamentario comunista propuso afirmar entre las potestades de las Cortes Generales, en su enmienda número 697, que éstas «adoptan las decisiones políticas fundamentales» porque «son la máxima expresión de la soberanía popular» (‘Trabajos parlamentarios de la Constitución’, Madrid, CCGG, 1980, vol I, p. 426). La ponencia constitucional consideró impropia de la democracia constitucional esa afirmación radical de la preponderancia del legislador.
Sin embargo, es inútil razonar ante un planteamiento insensato. La estupidez es un estado de la mente que llega cuando alguien reniega su capacidad de razonar y de pensar. La estupidez no se cuestiona a sí misma. La Alemania de Beethoven y de Goethe se convirtió así en una tierra que se rindió al razonamiento fascistas de los antisemitas. Sin salir del texto de la sentencia, basta atender a las afirmaciones de los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez y César Tolosa para comprender que sus razonamientos ponderados, que afirman haber expresado en la deliberación, no hicieron mella en el discurso de la sentencia de la mayoría. La estupidez es una fuerza más peligrosa que el mal, porque es inmune al razonamiento y no lo acepta.
Habrá que revertir en el futuro la doctrina errónea del Tribunal Constitucional sobre la amnistía. Es evidente que la amnistía se desvía tanto de la Constitución como del valor de Estado de derecho que consagra el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia que lo protege.