- No hay juez o magistrado que tenga derecho a torturar la ley para que diga algo distinto a lo que dice. En tal aberración late una fatal confusión de funciones: jueces dedicados a legislar
La perversión favorita del progresismo es la ideologización de lo institucional. La practican con alegría y jactancia pese a la preceptiva neutralidad de los órganos constitucionales, de las instituciones, de los poderes del Estado, que se controlan y equilibran entre sí según el modelo clásico de división de poderes (cinco con Locke y tres con Montesquieu). Ello no significa que no pueda situarse en origen la corriente que impulsó este o aquel modelo. Solo que la historia favorece los sistemas que mejor funcionan, el tiempo transcurre y lo que tuvo color a finales del XVIII hoy es neutro. Pasados a través de la Constitución, todos los órganos, entes y poderes previstos están sometidos a unas leyes cuya cumbre jerárquica es la propia Constitución, y a unos jueces obligados a aplicar dichas leyes y capacitados para controlar su constitucionalidad.
Cuando todo este juego (al que llamamos democracia liberal) se respeta, el choque de ideas es productivo. Cada cual defenderá mejor o peor sus posiciones, se querrá progresista, liberal o conservador. En cualquier caso, existirán garantías no ideológicas, sino puramente metodológicas, de autoconservación del sistema. Así vista, la democracia es ante todo una metodología. La impune y reiterada violación de las reglas de juego por Pedro Sánchez rompe la metodología y su confianza en ella. Por tal razón, hoy cabría una posición (plenamente política y en absoluto ideológica) que exigiera sin más el regreso a la metodología democrática.
Citaré algunas enfermedades de la democracia que están consumiendo el sistema español, si no lo han consumido ya. Son sumamente peligrosas, letales. Empezaremos por esa intolerable arrogancia, disfrazada de aséptico academicismo, llamada constructivismo jurídico. Una miembro del TC se jactaba recientemente de su «derecho» a practicar tal abuso. Eso no existe. No hay juez o magistrado que tenga derecho a torturar la ley para que diga algo distinto a lo que dice. En tal aberración late una fatal confusión de funciones: jueces dedicados a legislar. Continuaré con otra calamidad que nos resulta demasiado conocida: la desautorización por razones bastardas de lo que otro poder ha decidido. Razones no bastardas justificarían algunos indultos, una excepción que la Constitución admite dentro del clásico derecho de gracia. Pero la Constitución no admite la excepción de la amnistía, como quedó reflejado en los debates constituyentes.
Aun así, el Ejecutivo atropella la Constitución por conveniencia personal, los beneficiarios de la amnistía participan en la elaboración y aprobación de la imposible ley (se auto amnistían, aberración) y el TC se degrada vía constructivismo jurídico mientras miente a los ciudadanos difundiendo la barbaridad de que el Parlamento puede aprobar todo aquello que la Constitución no prohíbe. El Art. 66.2 C-78 desmiente esta falsedad. La colonización de las instituciones con partisanos es otra enfermedad de la democracia relacionada con las anteriores. Los asesinos de nuestra democracia liberal han ideologizado primero lo metodológico. Presentan el crimen como progresismo y acusan de ultraderechistas a cuantos defendemos las reglas de juego democráticas. Hay que ser muy corto para comprar mercancía tan averiada.