- En muchos casos, la subida del salario mínimo no se traduce en una mejora efectiva. No porque no exista, sino porque se diluye, con consecuencias muy reales sobre los salarios más bajos.
En los últimos años, la mejora de las condiciones laborales, el incremento sostenido del Salario Mínimo Interprofesional y la reforma laboral de 2021 han contribuido a fortalecer la economía, con niveles récord de ocupación, mayor estabilidad en el empleo y un avance sostenido de la productividad.
En este contexto, la subida hasta los 1.221 € en catorce pagas, además exentos de tributación, supone un nuevo paso en esa senda de progreso y nos acerca al objetivo europeo de situar el salario mínimo en torno al 60% del salario medio.
Pero para que este avance tenga un impacto real, resulta imprescindible corregir los efectos perversos de la compensación y absorción.
Hoy, en demasiados casos, la subida no se traduce en una mejora efectiva. No porque no exista, sino porque se diluye a través de este mecanismo, con consecuencias muy reales sobre los salarios más bajos.
En la práctica, muchas empresas neutralizan el incremento ajustando otros complementos, como los de residencia, peligrosidad, responsabilidad o funciones específicas, de modo que la nómina total no varía: la cifra oficial sube, pero el ingreso real permanece igual.
Un caso habitual permite verlo con claridad.
Imaginemos a una persona que percibe el SMI anterior, 1.184 €, y recibe además 120 € como complemento por ejercer funciones de jefe de equipo.
Su salario mensual alcanza así los 1.304 €.
Tras la subida del salario mínimo hasta los 1.221 €, la empresa puede incrementar el salario base hasta ese nuevo umbral y, paralelamente, recortar el plus de jefatura hasta dejarlo en 83 €.
El resultado final es idéntico: sigue cobrando 1.304 €.
Nada ha cambiado en su trabajo. Continúa coordinando al mismo equipo, asumiendo las mismas responsabilidades y soportando la misma carga. Lo único que se ha reducido es el valor económico que se atribuye a esa función.
Sobre el papel, el salario mínimo ha mejorado. En la realidad, el reconocimiento profesional se ha debilitado.
Este tipo de ajustes tiene consecuencias directas sobre el poder adquisitivo. Mientras suben los precios, la vivienda y el coste de la vida, muchas nóminas permanecen estancadas.
Además, el impacto no es igual para todos. Golpea de forma especial a las nóminas situadas en torno al SMI, que tienen mayoritariamente rostro de mujer, ampliando la brecha salarial de género.
Pero el problema va más allá del plano individual. La compensación y absorción sin límites está debilitando gravemente la negociación colectiva al eliminar complementos y desdibujar las categorías pactadas, aplanando las tablas salariales.
Jefes de equipo, encargadas y operarios, con y sin peligrosidad, acaban cobrando casi lo mismo pese a desempeñar funciones distintas, desapareciendo progresivamente los escalones profesionales.
Ordenar este mecanismo no significa intervenir en los convenios colectivos ni limitar la autonomía de las partes.
Regular la compensación y absorción es una forma de preservar el sentido de las categorías profesionales pactadas y de los complementos diseñados para reconocer el esfuerzo, la experiencia, las condiciones especiales del puesto o las formas extraordinarias de prestar servicios, evitando que se conviertan en meros instrumentos para anular las subidas del salario mínimo.
En esta línea se sitúa el acuerdo entre el Gobierno y las organizaciones sindicales, que busca establecer reglas claras para evitar los efectos perversos de una compensación y absorción sin límites.
La regulación de la compensación y absorción ya existía en anteriores reales decretos de actualizaciones del SMI, por lo que no se introduce un instrumento nuevo, sino que se aclara y limita el marco vigente para evitar efectos indeseados.
A ello se suma la obligación de transponer la directiva europea sobre salarios mínimos adecuados, cuya validez ha sido confirmada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
No se trata, por tanto, de derogar el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores, sino de ordenar y regular este mecanismo en lo que respecta a las actualizaciones del SMI, respetando la negociación colectiva y evitando que se utilice para eliminar, de facto, los pluses vinculados al esfuerzo, la experiencia, la formación o las condiciones del puesto.
La discusión ya no es sólo si debe subir el salario mínimo, una reivindicación central del movimiento sindical, sino si vamos a permitir que esas subidas se queden por el camino antes de llegar a las nóminas que más lo necesitan.
Sin una corrección firme, cada incremento del SMI seguirá siendo un ejercicio contable sin impacto real en la vida de las personas trabajadoras.
Subir el salario mínimo es un paso necesario. Garantizar que se traduzca en mejoras efectivas para las personas trabajadoras es, hoy, el verdadero desafío.
*** Fernando Luján es vicesecretario general de Política Sindical de UGT, y profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Autónoma de Madrid.