Pedro Sánchez ha elegido el Monasterio de San Juan de Burgos (un cenobio benedictino del siglo XI, enraizado en lo más profundo de la España medieval) para anunciar que el Consejo de Estado ha avalado su propuesta de blindar el derecho al aborto en la Constitución.
Lo ha hecho el primer día de la campaña electoral en Castilla y León, comunidad gobernada por el PP durante casi cuatro décadas. Ni el lugar ni el momento fueron casuales.
La propuesta consiste en añadir un nuevo apartado al artículo 43 de la Carta Magna, el relativo al derecho a la protección de la salud, para reconocer expresamente «el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo».
El dictamen del Consejo de Estado, presidido por Carmen Calvo y con ponencia de la exministra socialista María Luisa Carcedo, es favorable.
Pero conviene detenerse en la letra pequeña antes de aceptar que estamos ante una victoria de los derechos de las mujeres.
El artículo 43 se encuentra en el Capítulo III del Título I, dedicado a los principios rectores de la política social y económica: el escalón más bajo en la arquitectura constitucional de derechos.
No genera derechos directamente exigibles ante los tribunales.
No permite el recurso de amparo.
No exige ley orgánica para su regulación.
Y su reforma futura requeriría solo el procedimiento ordinario del artículo 167, sin disolución de Cortes ni referéndum.
Aquí reside la paradoja que el Gobierno prefiere no abordar. El Tribunal Constitucional, en sus sentencias de 2023 y 2024, ya reconoció que el derecho al aborto forma parte del contenido protegido del artículo 15 (integridad física y moral), vinculado a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad.
El aborto es hoy, por vía jurisprudencial, un derecho fundamental. Goza de recurso de amparo, reserva de ley orgánica y, para su modificación constitucional, exigiría el procedimiento agravado del artículo 168: mayorías de dos tercios, disolución de las Cortes y referéndum.
Trasladarlo al artículo 43 supone un descenso de categoría. Presno Linera advierte de que «algo que hasta ahora era un derecho fundamental deja de serlo». Eloy García sostiene que la reforma «no blinda, sino desblinda». El propio Consejo de Estado señala en su dictamen que el aborto no encuentra «natural acomodo» en el derecho a la protección de la salud y que la elección del procedimiento «debe ser la consecuencia» del contenido y no «su causa».
Es un modo elegante de decir que el Gobierno ha elegido el artículo 43 no por coherencia constitucional, sino para evitar la disolución de las Cortes.
Se gana una mención constitucional explícita y protección frente a un hipotético cambio de jurisprudencia, pero se pierde más de lo que se gana. Y se plantea la pregunta incómoda: ¿por qué un Gobierno que dice querer blindar un derecho elige la vía que menos lo protege?
La respuesta no es jurídica. Es política. Sánchez sabe que la reforma necesita tres quintos del Congreso y del Senado. Sabe que el PP, con mayoría absoluta en la Cámara Alta, ha rechazado la iniciativa. Sabe que no prosperará.
Lo sabía cuando la anunció en octubre de 2025 y lo sabía cuando eligió un monasterio burgalés para celebrar el dictamen como si fuera una conquista.
Lo que busca no es reformar la Constitución. Es obligar al PP a decir que «no» en público, en un tema donde la mayoría social simpatiza con el derecho a decidir.
Es sumar otro ladrillo más en ese muro con el que lleva años dividiendo a los españoles en dos bloques: los suyos y los otros.
La mecánica es siempre idéntica: Sánchez lanza una propuesta de viabilidad nula, pero con alto voltaje emocional, se fuerza a la oposición a retratarse y se capitaliza el rechazo como prueba de que la derecha amenaza los derechos fundamentales.
El aborto merece un debate serio, no una instrumentalización de campaña.
Si Sánchez quisiera blindar el aborto al máximo nivel, debería incluirlo en el artículo 15, aun a costa del procedimiento agravado. Pero eso exigiría consensos amplios, negociación y riesgos reales.
Es más rentable, al parecer, colocar otro ladrillo en el muro.