Javier Gómez de Liaño

Ahmed Tommouhi y su hija, tras recibir conjuntamente un premio por demostrar la inocencia de Tommouhi. | Fernando Sánchez / Europa Press
Javier Gómez de Liaño ha publicado una soberbia pieza sobre la injusticia padecida por Ahmed Tommouhi y Abderrazak Mounib. Con mi gratitud.
«Ahora la justicia está un poco más limpia», cuentan que dijo Ahmed Tommouhi, un albañil marroquí de 75 años que pasó 15 en prisión y 3 en libertad condicional tras ser condenado por dos delitos de violación que no cometió. La letrada Celia Carbonell, que así se llama la defensora de Tommouhi, ha acompañado a su cliente en ese largo y doloroso vía crucis judicial, actitud que no es de extrañar, pues cuando un abogado tiene auténtico sentido de justicia, jamás se cansa de luchar por su cliente si está convencido de que es inocente.
La sentencia ha sido dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo que, con revocación de la pronunciada por la Audiencia Nacional, considera que Ahmed Tommouhi, según la Sala de lo Penal del Alto Tribunal que acogió el oportuno recurso de revisión, «fue víctima de un error judicial inequívoco y cualificado porque no se valoró una prueba crucial»; a saber, la pericial biológica cuyo resultado era incompatible con la autoría de las violaciones atribuidas al condenado. En palabras de la propia sentencia, se trató de una equivocación incontestable, pues esa prueba, que era válida, objetiva y relevante, acreditaba que el semen hallado en la ropa de la víctima no era de Tommouhi. Y concluye: «La decisión de obviar esa evidencia fue determinante para condenar al acusado y quebró el proceso lógico de formación de la convicción judicial».
Este asunto, mitad tragedia, mitad farsa, que trato de glosar para reflexión de juristas y no juristas, pues, al fin de cuentas, no es más que una locura del fiel de la balanza de la justicia, me trae a la memoria el de aquella abnegada asistenta de Chicago que en 1944 bregó hasta la extenuación y se gastó todos sus ahorros para demostrar la inocencia de su hijo condenado por un asesinato que no cometió. Al final, descubierto el error, el inocente Majcek, que así se llamaba la víctima del desafuero judicial, fue perdonado y recibió en desagravio 24.000 dólares. La historia se llevó al cine con el título de Call Northside 777. En español, Yo creo en ti.
Pues bien, aunque no sé si el caso del desventurado Ahmed Tommouhi daría para una película, lo que sí creo es que merecería figurar en los archivos del Centro sobre Condenas Erróneas de la Universidad de Northwestern, dedicado a la investigación de lo que se denomina justismord, cuya traducción sería «crímenes de la Justicia». En sus registros están desde el caso Dreyfus hasta los de los Seis de Birmingham y los Cuatro de Guildford y nuestro célebre Crimen de Cuenca, a los que, quizá pronto, se sumará el drama de Rafael Ricardi, aquel hombre que permaneció 13 años en prisión por una violación que no cometió y que a los 6, después de la liberación, fue hallado muerto en su casa del Puerto de Santa María.
No tengo datos del número exacto de errores judiciales como el sucedido con Tommouhi. Incluso me parece muy arriesgado hacer una estadística anual. Sin embargo, pienso que solo cuando el juez está convencido de la culpabilidad del acusado, pronuncia la condena y que, en el supuesto contrario, es decir, si de lo que está persuadido es de su inocencia, la proclama. Pero, ¿y si duda? En tal supuesto, incluso por leve que sea, la duda tiene que beneficiar al acusado y determinar su absolución. El crimen impune no afecta a la seguridad jurídica. Sin embargo, sí la vulnera, en su esencia, el castigo del inocente. Es cien veces más angustioso encarcelar a un inocente que dejar en libertad a uno que no lo es. Y que nadie se lamente de dudar. Solo los locos y los fanáticos tienen el privilegio de no padecer estados de incertidumbre entre dos o más creencias.
En el libro Les erreurs judiciaires et leurs causes (1897), dos abogados franceses llamados Lailler y Vonoven, afirman que no existen errores judiciales inevitables y excusables. «No hay error que pueda cargarse en la cuenta exclusiva de la fatalidad», escriben con entusiasta sentido de justicia y que viene a ser lo mismo que le sucedió a Voltaire cuando, estando en el exilio en Ginebra, se sintió tan airado ante la injusta condena y ejecución de Jean Calas que peleó durante cinco años por la nulidad de la sentencia hasta conseguirla. En una de las magníficas cartas que dedica a ese fallo, Voltaire subraya que la buena fe de los jueces no excusa la condena de un inocente.
Respecto a la cuantía de la indemnización concedida a Ahmed Tommouhi, el Tribunal Supremo, de acuerdo con los parámetros aplicados en casos análogos, la fija en 2.500.000 euros, cantidad que considera «adecuada para resarcir, de forma razonable y proporcionada, el daño moral y patrimonial causado«. No sé si el proceso de Ahmed Tommouhi en el que la Justicia le volvió la espalda, fue tan burdo y con tan terribles consecuencias como otros, pero él, lo mismo que quienes pasaron por trance semejante, durante 18 años prefirió la paciencia a la muerte. Ojalá que, como Santiago González le deseaba ayer en su espléndido artículo Margarita R. y su víctima, publicado en The Objective, Tommouhi disfrute del confort material que nunca ha tenido y, sobre todo, con su inocencia resplandeciente a los ojos de sus familiares. Para mí que lo conseguirá si de verdad quiere vivir y no se conforma con sobrevivir.
Cuenta la historia que a raíz de que se descubriese el error judicial del asunto Jean Calas, un grito de horror se produjo en toda Europa. Ante la situación, el gobierno de Francia decidió llamar al presidente del tribunal que condenó a Calas. Cuando el ministro de Justicia le pidió explicaciones, el presidente, excusándose, dijo:
–Señor ministro, no hay caballo, por bueno que sea, que no tropiece.
–Lo admito, pero esta vez ha tropezado toda la recua –respondió el ministro–, que era el cardenal Richelieu.