EDUARDO ‘TEO’ URIARTE – FUNDACIÓN PARA LA LIBERTAD 13/07/14
· Estamos acostumbrados desde hace un tiempo a que se nos anuncie desde políticos o medios de comunicación grandes iniciativas para descubrir, a poco que se profundicen en ellas, que son meros señuelos para llamar la atención. En el fondo significan otras cosas mucho más ramplonas, encaminadas de manera infantil al provecho inmediato del que lo enuncia.
La reforma de Rajoy para la democratización de la vida pública parece buscar, simplemente, tener alcaldes no disponiendo de la mayoría absoluta, y poco más. Lo que es muy respetable, en otros tiempos era reclamado por el PSOE, pero al estar envuelto en el excelso concepto de una reforma democrática inmediatamente obliga a echar de menos muchas tareas pendientes más importantes, empezando por mecanismos para atajar la corrupción, o promover la autonomía de la justicia, o la de los tribunales de cuentas, reformas a las que no osarán acercarse los grandes partidos porque afectarían a su poder. Uno se siente engañado cuando le hablan de reformas que no los son. Y la altisonante llamada a la reforma constitucional por parte del PSOE parece ser lo mismo, más un arma contra el PP que otra cosa. Existe una irresponsable frivolidad en el uso de grandes conceptos, vacíos de contenido, que sólo buscan titulares en los medios.
Perdonen que mire con seria preocupación las ínfulas reformistas de los grandes partidos, especialmente la que viene hoy promovida por los líderes del PSOE. Porque la reforma constitucional, nada menos, al ser un tema tan sensible para la convivencia, puede convertirse, en estos momentos de política utilitarista y sectaria, en la antesala de la arbitrariedad. Y no es por negarme a la posibilidad de la reforma constitucional, y entienda que existen elementos que deben ser adecuados a los tiempos, aunque considere que los aspectos que lo necesitan y con posibilidades de reforma sean muy concretos. La reforma constitucional me produce preocupación por la frivolidad con la que se reclama, por el ansia con la que se reivindica, por el ímpetu con el que se insiste, y sobre todo, y de manera muy especial, por su concepción infantil, estúpida e idealista, que osa presentarla a la opinión pública como un hecho milagroso que puede sanarlo todo, incluida la secesión catalana. Formas y comportamientos más acordes con la ruptura constitucional que con el sereno talante que requeriría toda reforma que a tal se atuviese.
Una reforma constitucional que se preciara exigiría unas condiciones dialógicas y colaboradoras entre los grandes partidos inimaginables tras la conversión del Congreso en corrala de bronca zarzuelera, donde ni siquiera se acuerda la ley de educación. Necesitaría la rehabilitación de la política para que ésta fuera capaz de atender tan importante empeño. Por el contrario, creo que si el PP aceptara entrar en el proceso de reforma el PSOE lo denunciaría como una maniobra de la artera derecha. Además, sospecho que ni siquiera sabe el partido proponente en qué consiste su reforma, salvo su genérico anuncio de dotarla de una forma federal. La propuesta de reforma constitucional, si sinceramente se desea, exigiría un acercamiento al PP por parte del PSOE para llevarla a cabo, algo inimaginable en el presente.
De nuevo está acertado Ruiz Soroa (“¿Y Usted Qué Opina?”, El Correo, 8, 6, 14) cuando afirma que “no hay nada sustancial en el diseño constitucional de 1978 que deba ser corregido”. Atinado cuando avisa que “las averías del presente (insisto, graves averías) no las ha causado el diseño institucional sino el comportamiento de los actores políticos a lo largo de los años. Cambiar las leyes sin cambiar los comportamientos es tarea fútil”. Todo ello rubricado con la demoledora referencia de Darehndorf : “cuando los políticos no saben qué hacer se ponen a hablar de cambiar la Constitución”. Reforma constitucional que pueden sus promotores reclamar sin saber en qué consiste, y sin sonrojo, en el ambiente disparatado de un populismo que vino a practicarse entre políticos y medios de comunicación mucho antes de que llegara Podemos.
Mi preocupación se basa en que reformar la Constitución es una cuestión muy seria, porque supone remover la legalidad en unos momentos de gran inestabilidad política, pero, sobre todo, porque esa legalidad es el escudo del que disponemos los ciudadanos ante los caprichos de los partidos políticos y del populismo que moviliza a las masas tras fomentarlo ellos mismos. Andrea Greppi (“La Concesiones de la Democracia en el Pensamiento Politico Contemporáneo”, Trotta, Madrid, 2006) aprecia que la democracia se basa hoy en “ampliar y consolidar los instrumentos jurisdiccionales del Estado constitucional de derecho porque en ellos se encuentran la única garantía segura de las libertades” y mucho hay que temer que los partidos, no sólo los partidos nacionalistas, vayan a debilitar por su propio interés el marco de libertades para la ciudadanía que la Constitución, bien hallada y consensuada en el 78, nos dotó.
Hay que temer a los partidos cuando enarbolan las reformas constitucionales, máxime cuando éstas se reclaman unilateralmente y se hace en un contexto de pugna partidista, alejado del necesario espíritu de diálogo constituyente. Y máxime cuando se hace ante la tesitura del Gobierno de dar cauce a una difícil reivindicación secesionista que pone en crisis la democracia misma. Con estas premisas resulta sacrílego utilizar como arma de desgate del adversario la apelación a la reforma de la Constitución. Las constituciones, o sus reformas, se hacen en momentos de cierta enjundia histórica, cuando se aprecia un hálito de encuentro nacional tras determinada experiencia, nada parecido a estos. Y aunque la Constitución del 78 la hicieron partidos, aquellos no estaban sumidos en la actual concepción utilitarista y sectaria de la política, existía un encuentro nacional tras la experiencia de la dictadura. La política en los momentos constituyentes debe ser concebida como un instrumento trascendente al servicio de los intereses generales de la sociedad, no de la nomenclatura de cualquier partido determinado. Por eso escama esta reforma.
Pero, además, una reforma si quiere ser tal tiene que marcar previamente su límite. Una reforma sin límite es, por el contrario, un golpe a la legalidad vigente. Juan José Solozábal (“La Reforma Federal…”, Biblioteca Nueva, Madrid, 2014), sensible ante una posible reducción del ámbito estatutario y alteración del sujeto de soberanía, insiste en los límites que toda reforma constitucional debe prever. Así avisa que “…algo que no puede hacer el poder constituyente constituido [en su tarea de reforma] es destruir la propia base constitucional o impedir el funcionamiento democrático del Estado. Se trata de aspectos que la reforma constitucional no puede abordar, de modo que no cabe una reforma que quiebre las bases constitucionales porque no puede contemplarse como una actuación basada en la Constitución”. Es decir, debe respetar la Constitución original y sus procedimientos, sin afectar a sus elementos fundamentales.
En eso consistiría si es una reforma. Por lo que no hay reforma si no se respeta previamente sus límites. No hay borrón y cuenta nueva. Existen, pues, demasiadas carencias y énfasis innecesarios para apreciar con tranquilidad la llamada a la reforma constitucional, pues para realizarla sería necesaria la lealtad constitucional por parte del partido proponente. Aunque si ésta hubiera existido entre los partidos, probablemente no hubiera sido necesario apelar a tal reforma.
El idealismo de la izquierda y su querencia por el borrón y cuenta nueva.
Tengo que reconocer que esta no es mi izquierda, que el idealismo exacerbado que manifiesta en sus argumentaciones escandaliza a los viejos lectores que nos empachábamos de marxismo a la sombra de los barrotes. La izquierda surgida al socaire del Estado de bienestar, y de las becas a malos alumnos de cinco y medio, es incapaz de distinguir el materialismo dialéctico del idealismo platónico. Por eso sus propuestas tienen más que ver con “Camino de Perfección”, o simplemente “Camino”, que con “La Ideología Alemana” (aunque puedan acusarme que ésta obra sea de transición entre el joven y el viejo Marx).
En ambientes académicos izquierdistas he visto el menosprecio a la Transición y a la Constitución, al enumerar los condicionamientos que el anterior régimen seguía ejerciendo sobre ella. Y, sin embargo, eso es lo bueno de aquella Transición, lo materialista, adecuarse a las condiciones objetivas. Porque de no haberse hecho así hubiera surgido otro fracaso para la democracia, como la añorada II República. Añorada, no se sabe bien si por república o por el fracaso de una guerra civil, que quizás es de lo que se tenga nostalgia para ganarla a estas alturas. La condena desde la izquierda actual de lo que supuso la Transición no puede ser más ajena a la realidad, menos realista, más aventurera e idealista. Elementos que están presentes desde que el populismo hizo estragos en su seno, repudiando, como cosa del pasado, el realismo del que hiciera gala la generación de la Transición. Tengo que reconocer que tal discurso idealista me escandaliza, porque, desde mi ortodoxia, el idealismo en la izquierda es el peor de los cócteles, del que suele surgir la violencia.
Efectivamente, la Transición afortunadamente tuvo muy presente la trágica experiencia de la guerra y de la larguísima dictadura. Tuvo que tener presente las amenazas que sobre ella podrían volcarse procedentes del anterior régimen y del terrorismo nacionalista de ETA. Pero no se amilanó, legalizó al PCE y dictó la amnistía que dejó sin un preso por motivos políticos las cárceles (se encargaría ETA en dos días de volverlas a llenar), y otorgó todas las libertades a la ciudadanía, lo que suponía la ruptura con el pasado. Se hizo bien porque acabó teniendo éxito para cuarenta años.
No hay ningún régimen democrático que no haya tenido presente las condiciones de las que surgía, porque de no haberlo tenido o no hubiera existido o su corta existencia hubiera sido traumática. El planteamiento idealista de que la democracia no debe tener en cuenta los condicionamientos existentes es muy poco democrático, tiende a sostener la idea sobre la realidad para imponernos un modelo político, que normalmente se hace por la fuerza, antitético con la democracia. La democracia es un sistema que se gestiona a través de la política en una realidad conflictiva. Los modelos platónicos acaban en dictadura.
Las constituciones europeas surgieron en su mayoría de malas experiencias y fuertes presiones. La italiana en el 48 con la flota norteamericana en todos sus puertos, y presionada por USA para que el PCI, a pesar de su sincero papel en el nuevo sistema “pentapartito”, no accediera nunca al poder. Se dice que la Constitución alemana se redactó en sus líneas maestras sobe el capó de un jeep, lo cierto es que fue entregada como anteproyecto por la inteligencia americana con la imposición de que fuera federal como mecanismo para tarar la fortaleza del nuevo Estado y con muy limitados poderes para su presidencia. Pero la lección aprendida, la asunción culpable de su pasado, y la lealtad constitucional, hicieron que tal constitución impuesta funcionase en Alemania, hasta tal punto que podría inspirar hoy a los socialistas españoles en su organización federal. Demostración de que no sólo el texto magno es suficiente para la convivencia, depende mucho más del comportamiento de los partidos políticos. En cuanto a la colaboración y diálogo entre partidos Alemania es un gran ejemplo: hoy gobierna, y no es la primera vez, una coalición de conservadores y socialdemócratas. ¡Esa si que es una mala Constitución para nuestra izquierda!
La francesa del 58, la de la V República, surge tras la experiencia del amago de guerra civil por la descolonización de Argelia, con un impulso presidencialista preocupante –inaceptable aquí-, resuelto por el comportamiento de los partidos que llegaron, tras Miterrand, por habilitar algo tan extraño en estas latitudes como la “cohabitación” entre derechas e izquierdas. Seguro que todas estas constituciones serían condenadas hoy por nuestra izquierda, posiblemente porque lo que late detrás de esta crítica sea un espíritu acrático disfrazado de postmodernidad. Y es que: ¡todos los países europeos no son auténticamente democráticos!
Vistos los ejemplos parece deducirse que la estabilidad política depende mucho más del comportamiento de los partidos que de la carta magna. Si nuestra situación política está en vilo no es por la Constitución, es porque los partidos optaron por comportamientos ajenos a la legalidad, como el nuevo Estatuto catalán, o el plan Ibarretxe, o el proyecto secesionista catalán, después de haberse convertido a la sombra del poder en tramas corruptoras.
La Reforma en el plano teórico. De la teoría a la práctica.
El plano teórico es sin duda el espacio donde con más nitidez se puede observar las carencias constitucionales y la necesidad de su reforma. Es también donde con serenidad, prudencia y concreción se está expresando este debate. Y, de momento, es el espacio donde poder tomarnos en serio algo tan importante.
A estas alturas está claro (lo estaba desde tiempos de Felipe González y no se hizo nada salvo la frustrada maniobra de la LOAPA) que el Título VIII quedó inconcluso. Muy pronto se vio superado por un nivel descentralizador no sospechado por los constituyentes, dotándonos a la postre de una organización territorial de naturaleza federal que carece, como disponen los sistemas federales, de límites a la tensión centrífuga de las entidades autónomas. En esa tensión centrifuga ha jugado un gran papel la carencia de lealtad constitucional, la búsqueda y creación por parte de los partidos de feudos territoriales donde asentar su poder, en los que no se ha evitado fomentar comportamientos fóbicos hacia el resto de la nación, y el abandono del consenso mínimo entre los dos grandes partidos. Pero, por supuesto, también ha facilitado su deterioro, aunque no sea su mayor responsable, un texto constitucional equívoco e insuficiente ante una deriva federalizante cuajada de elementos contradictorios de origen tradicionalista, confederales e, incluso, secesionistas.
En el plano teórico se ven las cosa mucho más claras, incluida la necesidad de reforma. Pero la aplicación de un hallazgo teórico hay que contrastarlo en el seno de una determinada dinámica política, incluso histórica, y es ahí, después que anteriormente hayamos osado criticar el idealismo de nuestra izquierda, donde tengamos que precisar o matizar los límites de todo planteamiento teórico. Una iniciativa desde la filosofía política puede tener un resultado contradictorio en el seno de la dinámica política. Y en otro aspecto debemos considerar, también, que si el Título VIII en su momento no pudo cerrase de forma más coherente fue porque no alcanzó el acuerdo político necesario. Al final lo determinante es la política, lugar donde a la postre se aplican las ideas.
No viene mal, por lo anterior, volver a Greppi (Op. Cit. P. 148) cuando nos recuerda, tras una larga exposición teórica, el límite de las ideas: “La alternativa es entender que la democracia no es el reflejo de una doctrina, ni tampoco el resultado de la correcta aplicación de principios, sino la suma de una serie de prácticas vigentes en determinadas sociedades, aquellas en la que se da una disposición favorable a la resolución pacífica de los conflictos”. En un determinado contexto político es a la postre donde se plantean las ideas, y ese contexto hoy en España se haya profundamente deteriorado, lo que no significa que observe con toda admiración y cierta ansiedad cualquier aportación teórica, especialmente si proceden de autorizados pensadores progresistas. Eso si, teniendo muy presente que ya cuando se redactaba nuestra primera y venerada constitución alguien cayó en la cuenta de que mientras los legisladores en Cádiz eran ejemplo de “ideas sin hechos”, la practica, el quehacer de las partidas, era ejemplo de “hechos sin ideas”. Desde entonces nos persigue la maldición de la emotividad en la política y el distanciamiento entre teoría y práctica. Máxime en el seno del socialismo español, al que mi difunto amigo Onaindia con mucha guasa sólo atribuía la aportación teórica de la movida madrileña.
El profesor López Basaguren lleva un tiempo exponiendo soluciones democráticas a la pretensión secesionista del actual Gobierno catalán, promotor junto a otros de un procedimiento inspirado en la Ley de la Claridad canadiense, y defensor de una reforma federal de la Constitución para dar cauce a éste y otros problemas. Este autor (“El síndrome de Walter Long”, El País, 23, 6, 2014) achaca al Gobierno central pasividad ante el contenciosos catalán de una forma rotunda: “El sistema político español corre importantes riesgos si no afronta el debate sobre la legitimidad democrática de esa pretensión {el referéndum para la secesión] y, en su caso, sobre la forma de adecuar su regulación legal.[…] Frente al tablero elegido por el nacionalismo catalán, tendría que poner encima de la mesa el de la reforma del sistema autonómico, con el objetivo de lograr el acomodo de Cataluña. Mientras no lo haga seguirá a merced de la estrategia del nacionalismo y estará incapacitado para atraer a la mayoría de la sociedad catalana”. Dicha reforma la inscribe en una reforma constitucional que profundice en la senda federal por la que se ha caminado en estos decenios, “sirviéndonos de la experiencia de los sistemas federales más solventes de nuestro entorno”. Aunque advierte: “La cuestión no es si el sistema federal satisface o no a los nacionalistas, sino si permite afrontar mejor la integración política de la diversidad -logrando una satisfacción suficiente de las comunidades con un fuerte sentimiento de identidad diferenciada-, garantizando mejor la estabilidad política”.
Soy un convencido de esta tesis, creo que el sistema federal otorgaría límite y orden al actual caos autonómico, aún a sabiendas, como parte el profesor, de que cualquier vía democrática que se articule no daría satisfacción a los nacionalismos periféricos. En mi opinión, sencillamente, porque la insatisfacción forma parte de su esencia (un nacionalismo satisfecho no existe), y, porque es evidente que el nacionalismo catalán ha elegido, bajo ropajes más o menos democráticos, la vía fáctica de imposición de sus pretensiones. Otras aportaciones importantes en semejante sentido federal son la ya citada de Juan José Solozábal o la recientísimamente realizada por Eliseo Aja. Todas ellas, opciones a favor de la unión desde una perspectiva democrática y de progreso. Sin embargo, asumiendo la naturaleza positiva de una reforma constitucional planteada en estos términos, no estaría de más matizarla con otros argumentos que pudieran dar cierto sentido a la espantá de Rajoy al chiquero de la legalidad.
Es muy posible que la decisión del PP de enrocarse en la defensa legal de la constitución esté fundamentalmente apoyada en la postura de la derecha conservadora española, muy negativa respecto al federalismo, tras la experiencia de este frustrado modelo durante la I República, que degeneraría en cantonalismo. Pero es muy posible que también influya la carencia de una oferta desde la izquierda seria y acabada sobre el marco y límite de dicha reforma, pues el PSOE no ha dejado de dar tumbos, especialmente el PSC en Cataluña con aproximaciones al soberanismo, y aún, en la actualidad, durante la campaña de primarias en el PSOE, no han dejado de existir variopintas propuestas sobre el problema catalán y la concepción del federalismo que sus líderes formulan. En esa tesitura, lo más prudente para la derecha era refugiarse en su prejuicio antifederal, aún a sabiendas de que los silencios sobre el tema se acaban pagando, y que Rajoy se conforme con enarbolar la defensa de la legalidad. Pero puede haber algo más.
Puede ser que nos hallemos ante dos concepciones constitucionales que no deben excluirse mutuamente. Una de carácter más tradicional, en cierta manera más ortodoxa, propia de los países meridionales europeos, donde la Constitución sustituye la referencia de poder sacralizado del monarca absoluto, lo que da lugar a los estados constitucionales. Y otra propia de estados legislativos, estados que carecen de constitución, como el Reino Unido, o mixtos como Canadá, donde todo tema fundamental necesariamente tiene que ser debatido y legislado dando lugar a una activa democracia deliberativa. Fundamentos políticos que en los estados constitucionales serían incuestionables (porque así se configuran previamente al inicio constituyente), como el sujeto de soberanía, en el Reino Unido o Canadá son debatidos. A falta de una referencia sacralizada y reverenciada como la constitución toda cuestión por fundamental que fuere es deliberada y resuelta en estos estados legislativos mediante procedimientos de mayorías. De tal manera dieron lugar a sus particulares soluciones sobre Irlanda, Québec o Escocia.
Nos encontramos ante dos concepciones del Estado, con diferentes concepciones del papel y los límites de la democracia, resultado del origen y papel de la Constitución. Por ello, no es de extrañar que una búsqueda en las fuentes de la jurisprudencia política británica inspire soluciones de carácter de deliberativo, con soluciones similares a las allí encontradas, donde se prioriza el debate político como fuente de legitimidad. Este pudiera ser el caso de Basaguren o Soroa. Pero debiera reconocerse también la otra legitimidad, la legitimidad de la defensa numantina de la legalidad constitucional (en Francia se la llamaría legalidad republicana) aunque a los progres nos suene autoritaria. La respuesta rotunda en el rechazo de todo secesionismo por atentar a uno de los principios sagrados del constitucionalismo clásico como es el sujeto de soberanía. En cuyo caso la actitud de Rajoy forma parte de ese comportamiento clásico, en coherencia con el Estado constitucional que somos.
Supero la tentación de lanzar una hipótesis sobre la razón de la inspiración de las soluciones constitucionales desde teóricos de la izquierda en sistemas que no son constitucionales, y que por no serlo exigen una democracia deliberativa admirable. Máxime cuando aquí hemos caído en una abusiva democracia utilitarista, de mercado, y alérgica a la profusión de actos democráticos. Pero este rechazo a la democracia deliberativa no es sólo patrimonio de la derecha, lo es también del socialismo, por lo que hay que considerar afortunado que algunos teóricos de su esfera ideológica opten sinceramente por la democracia deliberativa. Así, de esta manera, el sobrevenido constitucionalismo de la izquierda española, ajeno al tradicional comportamiento reverencial ante la Constitución, procede por la vía democrática a su apoyo, uniéndose de esta manera al movimiento de “insurgencia democrática” del resto de la izquierda europea. A ver si en ésta marcamos el paso a la vez y no nos quedamos atrás.
Pero según Greppi (op. cit. p.58) los procedimientos deliberativos tienen límite “cuando se enfrentan identidades o intereses que no pueden ser generalizados y cuando aparecen discrepancias en torno a las reglas que rigen el procedimiento democrático”, como es el caso de los secesionismos periféricos. Y aunque el diálogo habermasiano debe regir la convivencia y la solidaridad, el mismo Habermas advierte de los abundantes conflictos existentes, y entonces…”se disuelve la autoridad de lo sagrado y se difuminan los puntos de referencia que debieran servir de base para la cooperación y la solidaridad. El derecho acaba convirtiéndose entonces en la única alternativa de la violencia, en la última tabla de salvación ante el naufragio de la convivencia civilizada”. Y en palabras de Greppi éste nos recuerda “… que nuestra democracia no es sólo, o no lo es tanto, gobierno de las mayorías en los límites establecidos por la ley, como gobierno de todos en un marco constitucional predeterminado”.Y prosigue: “la tendencia a pasar de puntillas sobre la cuestión de por qué la democracia necesita reglas y procedimientos, y no sólo principios, explica la inconsistencia de muchas propuestas….”.
No creo que las propuestas de nuestros teóricos ubicados en la izquierda intelectual sean inconsistentes, no creo que estén condicionadas por la perversa y destructiva dinámica de enfrentamiento con la derecha que la izquierda militante padece. Pienso, por el contrario, que es una aportación constructiva y colaboradora. Sin embargo, considero que debiera dejar un espacio para la compresión de la defensa de la unidad nacional elegida por parte de Rajoy desde la legalidad, pues tiene un fundamento potente cuando las reglas de funcionamiento se han roto unilateralmente. Otra cosa es, y la crítica sigue siendo constructiva, que no es lo útil evitar un debate necesario para la puesta en valor de la unidad nacional. Así y todo, lo que hace Rajoy ante las pretensiones secesionistas tiene su fundamento, aunque éste sea más legal que político. Pero ya lo dice Habermass, cuando las reglas se rompen sólo queda el derecho como última tabla de salvación. El problema es que el presidente haya ido tan rápidamente a por la tabla de salvación, obviando el debate que podría poner en valor la necesidad de España.
Somos nuestra historia. La historia del constitucionalismo español ha estado impregnada por una actitud de veneración hacia la Constitución desde el momento en que el republicanismo ilustrado la impulsara. La izquierda democrática española no puede identificar la historia democrática con su corta historia, y considerar excluyente cualquier otro tipo de asunción constitucional. Existen otras concepciones democráticas para asumir la Constitución, respetables y necesarias. Es nuestro deber crear desde la izquierda nuestra teoría de apoyo a la Constitución sin exclusiones, y conseguir, además, que la misma influya en los que llevan a cabo la práctica política con el fin de que dispongamos de auténticos reformadores y no sólo de showmen televisivos.
Eduardo Uriarte Romero