ABC 09/09/13
El Gobierno impugnará ante el juez la aprobación de esos gastos municipales
La Delegación del Gobierno en Cataluña llevará ante el juez a diez organismos municipales que pagan con fondo públicos su cuota como afiliados a la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI). Se trata de ocho municipios y dos consejos comarcales que, al formar parte de esa plataforma, cuya finalidad es promover la secesión catalana, están obligados a pagar una determinada cantidad anualmente en función del número de habitantes. Un total de 672 municipios (Cataluña tiene 946) y 36 consejos comarcales (existen 41) forman parte de la AMI, por lo que esas acciones judiciales de la Delegación del Gobierno podrían hacerse extensivas a otros muchos entes municipales.
Doctrina del TS Dos sentencias del Supremo rechazan que se destine dinero municipal a fines políticos Otros municipios Más de 600 consistorios están afiliados a la AMI, por lo que no se descartan otras medidas judiciale
De momento, la Abogacía del Estado considera probado que los diez entes acordaron hacer efectivos esos pagos en sus respectivas juntas de gobierno. Así lo hace constar en un informe que justifica la decisión del Gobierno de presentar un recurso contencioso-administrativo contra esos acuerdos.
La impugnación afecta a los consistorios de Vic (que paga una cuota de 3.599 euros), Begues (745), Caldes de Montbuí (1.487 euros), Olesa de Bonesvalls (262 euros), Vilanova del Vallès (373 euros), Gósol (75,50 euros); Llobera (75,50 euros) y Poal (75,50 euros), así como los consejos comarcales de Urgell (1.487 euros) y de la Ribera d’Ebre (745,50 euros). ABC ya avanzó que Vic y Begues habían efectuado esos pagos y que la Delegación del Gobierno, cuya titular es Llanos de Luna, estudiaba interponer un recurso ante el juez.
El pasado mes de abril, la ejecutiva de la AMI instó a sus afiliados a pagar las cuotas pendientes de 2012 porque «difícilmente se podrá avanzar sin un presupuesto consolidado».
Activismo
Además del pago de esas cuotas, ser miembro de la AMI obliga a participar en las iniciativas secesionistas de esta entidad, como pueden ser la insumisión fiscal, la negativa a colocar la bandera española en la fachada consistorial, la declaración de territorio «libre y soberano» o la aprobación de mociones en favor del derecho a decidir y de una consulta sobre el Estado propio en 2014. El Gobierno ha impugnado algunas de esas acciones soberanistas secundadas por los ayuntamientos suscritos. La AMI se define como una asociación «formada por instituciones que representan el mundo local y tiene como principal objetivo sumar esfuerzos para conseguir, en un futuro cercano, la creación de un Estado propio para Cataluña, en el marco de la Unión Europea».
Por ejemplo, el Ayuntamiento de Vic (Barcelona) hace tiempo que solo exhibe una bandera independentista en su sede. Se da la circunstancia de que el alcalde de esta población, el ex dirigente de UDC Josep Maria Vila d’Abadal, preside la AMI, entidad creada en diciembre de 2011 precisamente en esta localidad situada en el corazón de la Cataluña más soberanista. Vila d’Abadal y la alcaldesa de Begues, Mercè Esteve (CiU) defendieron en su día la legalidad de las cuotas y acusaron a Llanos de Luna de atacar a sus respectivos consistorios por una «cuestión política».
Dos sentencias del Tribunal Supremo establecen que no es legal gastar dinero público en fines que no tienen que ver con el interés general, como establece la Constitución, o que solo pretenden promocionar ideologías políticas o que no entran dentro de las competencias municipales.
Ambas resoluciones anularon la decisión de los ayuntamientos vascos de Barrundia y Alegria-Dulantzi de entregar en su día 300.000 y 522.000 pesetas, respectivamente, a Udalbitzia, por entender que un ente local no puede destinar fondos públicos a intereses políticos, pues en este caso, se trataba de dar apoyo a una organización
dedicada a defender «Euskal Erria como nación propia y diferenciada en el ámbito internacional».
Según estas resoluciones, «los entes municipales no pueden, al margen de sus competencias legales, poner sus potestades al servicio de ideas o proyectos políticos determinados que promuevan la autodeterminación, cuya promoción o defensa les corresponde a otro tipo de instituciones, resultando además dichas actuaciones contrarias al principio de objetividad que ha de regir la actuación de los mismos como poderes públicos al servicio de su comunidad vecinal».
El Estado tiene potestad para controlar el dinero público gestionado por las entidades locales. Así lo hizo, por ejemplo, en el caso de los trenes fletados por los Consistorios de Figueres y Gerona para acudir a la manifestación independentista de la Diada del 11 de septiembre del año pasado.