IGNACIO CAMACHO-ABC

  • El Constitucional abusa de su privilegio de ‘ultima ratio’ para revisar la valoración de pruebas de los jueces ordinariosa

En las sentencias del Constitucional sobre los ERE concurren severas sospechas de anomalías susceptibles de quebrar la confianza en un tribunal de garantías jurídicas. En primer lugar, la insólita revisión de la valoración de pruebas ya verificadas por el Supremo y la Audiencia de Sevilla. En segundo término, la redefinición de tipos penales, que corresponde en teoría a la jurisdicción ordinaria y no a un órgano de extracción política. Y por último, la falta de apariencia de imparcialidad de tres magistrados –el presidente Conde Pumpido entre ellos– que han intervenido en algunas fases del proceso, y de un cuarto que fue alto cargo en la Junta de Andalucía durante el tiempo en que se produjeron los hechos. El rechazo a la tardía recusación solicitada por el PP tiene fundamento porque el asunto lleva en el TC año y medio, pero la abstención ‘motu proprio’ debió constituir para al menos dos de esos miembros un imperativo ético, y su negativa incrementa la ya muy acusada sensación de sesgo.

En conjunto da la impresión de un abuso de lo que podríamos llamar privilegio de ‘ultima ratio’: la conciencia de que no existe otra instancia arbitral superior porque sólo los condenados pueden recurrir en amparo a la Corte europea de derechos humanos, lo que por razones obvias no será el caso. Asume así el tribunal unas funciones de apelación final, irreversible en términos prácticos, que se unen a la creciente tendencia de convertir sus veredictos en enmiendas constitucionales de facto por el procedimiento de interpretar la Constitución en un sentido evolutivo o constructivista linealmente adaptado al correlato de los bloques parlamentarios, plasmado en la sistemática mayoría de siete a cuatro (que será de siete a cinco cuando se cubra la recién pactada plaza del Senado). La previsibilidad de las decisiones, deducibles de antemano, abre una grave grieta de confianza en el sistema de contrapoderes democráticos.

Con todo, ni siquiera el capotazo a Griñán y Chaves puede borrar, como pretenden el PSOE y el Gobierno, la existencia del fraude. La resolución corrige las condenas de los demandantes y obliga a la Audiencia sevillana a emitir una nueva sentencia que redefina sus responsabilidades personales y por consiguiente rebaje las penas, pero no niega ni rebate el reparto masivo de ayudas sociolaborales fuera de los cauces regulares. Resulta lógico que los afectados, varios de los cuales han pasado por la cárcel, reclamen su razón de parte tras el fallo favorable. Pero deberían taparse un poco en vez de sacar pecho de un obsceno aquelarre de corrupción institucional que distribuyó decenas de millones entre militantes socialistas, amigos y familiares. Porque ocurrió bajo su mando y los ciudadanos lo saben. La cosa no es para blasonar ni recibir homenajes. Un poco de vergüenza nunca le viene mal a nadie.