EL MUNDO 19/06/14
· La Sala estima su recurso y adelanta que ve motivos para declarar prescrito el asesinato
La Audiencia Nacional devolvió ayer a Bolinaga a la libertad condicional de la que disfrutaba hasta hace un par de meses. La Sección Segunda de lo Penal estima así el recurso del etarra enfermo, en una resolución que, además, apunta al probable archivo por prescripción de la investigación que le ha tenido este tiempo encerrado en su casa.
La Audiencia subraya que, a diferencia del juez instructor, no aprecia ningún motivo para pensar que el terrorista vaya a huir. No sólo por su estado de salud, sino porque para Bolinaga es «irrelevante» ser condenado o no de nuevo, ya que está cumpliendo penas que superan el máximo legal de 30 años. En ningún caso podría alargar su condena.
«No existe pues riesgo de fuga por la gravedad de las penas aparejadas a los hechos que se imputan pues la pena, aún en el caso de que recayese, ya está siendo cumplida. Ni se aprecia que exista, 27 años después de acaecer los hechos, riesgo de destrucción o alteración de pruebas, si el penado continúa con el régimen de libertad condicional», dicen los magistrados Clara Bayarri (ponente) y José Ricardo de Prada. Su auto cuenta con el voto particular de la presidenta de la Sección, Concepción Espejel, partidaria de ratificar la prisión.
Bolinaga estaba confinado en su domicilio desde el pasado 3 de abril, cuando el juez Ismael Moreno le señaló como el miembro del comando Bellotxa que en 1986 disparó contra el guardia civil Antonio Ramos. Hasta entonces cumplía sus penas, entre ellas la del secuestro de Ortega Lara, en libertad condicional por su estado de salud.
Los magistrados de la mayoría sólo resolvieron ayer sobre la situación de prisión o libertad de Bolinaga, pero dejaron meridianamente claro en el auto que, a su juicio, el atentado por el que se le persigue está más que prescrito. En su opinión, el hecho de que en 1997 se interrogara a Bolinaga por el asunto no es suficiente para interrumpir el plazo de 20 años, ya que no se le acabó imputando por el atentado. El motivo fue que la copia de la declaración en la que reconoció haber participado en el atentado acabo traspapelada en los juzgados.
El criterio expuesto en el auto supone que, si la futura petición de Bolinaga de que se aprecie la prescripción recae en un tribunal que incluya a los mismos dos magistrados, la causa acabará siendo cerrada. En todo caso, la decisión de la Sección Segunda, integrada por un total de cinco magistrados, dependerá de la composición final del tribunal que examine la solicitud.
El auto también recoge las dudas de los dos magistrados de la mayoría sobre que existan suficientes indicios como para mantener una acusación contra Bolinaga por el asesinato.
En su voto particular, la presidenta sostiene que hay motivos para mantener a Bolinaga en prisión provisional, una medida que no es «ni innecesaria ni desproporcionada. Además, considera que el Supremo tiene un criterio sobre la prescripción que no coincide con el del auto, y se muestra proclive a seguir adelante con el sumario. La magistrada reprocha a sus compañeros que se pronuncien de forma tan rotunda sobre la prescripción y que puedan marcar así el criterio al juez instructor.