JAVIER ZARZALEJOS-EL CORREO
- Los nacionalistas han dictado cuatro reformas del Código Penal que les aseguran impunidad si recaen en sus intentos unilaterales de romper la Constitución
En qué se parecen el ‘procés’ y un falso parto en un avión? Por segunda vez en un año, un avión procedente de Casablanca con destino a Estambul ha tenido que aterrizar de emergencia en suelo español -en este caso, en Barcelona-, alertado por una mujer que fingió haberse puesto de parto. Una vez en tierra, un grupo de pasajeros aprovechó para saltar a la pista y huir. Una forma espectacular pero ya conocida de entrar en territorio europeo. La Policía sigue buscando a los huidos y la mujer que fingió el parto ha sido puesta en libertad con prohibición de salir de España, después de ser acusada de… desórdenes públicos.
Sí, desórdenes públicos, el tipo básico del que ahora una variante, los desórdenes públicos «agravados», sustituirá al difunto delito de sedición, uno de los regalos de Sánchez a sus socios indispensables de ERC.
La eliminación de la sedición y la reforma de la malversación con una nueva definición a la medida de las exigencias de impunidad de los sediciosos catalanes marcan un nuevo dictado de las fantasías e instintos secesionistas que encuentra en los socialistas su acogida más servil.
En el Código Penal de 1995, los nacionalistas exigieron que el delito de rebelión requiriese la utilización de la violencia, para así estrechar su posible aplicación en el caso de un proceso anticonstitucional como el ocurrido en Cataluña. Lo confirma el hecho de que los responsables del ‘procés’ no fueran condenados por rebelión, sino por sedición, al entender la Sala Segunda del Tribunal Supremo que no había concurrido la violencia en la medida requerida por el tipo. Más tarde, tras el intento fallido del ‘plan Ibarretxe’, el Gobierno socialista de Rodríguez Zapatero derogó la tipificación penal de la convocatoria ilegal de referendos que había establecido el Gobierno de Aznar. El argumento peregrino de los socialistas para justificar esta derogación consistió en asegurar que la convocatoria ilegal de un referéndum, naturalmente por una autoridad, era sencillamente imposible.
Después de la intentona secesionista de octubre de 2017, fue un nuevo cambio de Gobierno, que llevó a los socialistas al poder en los brazos de Frankenstein y con Pedro Sánchez al frente, el que abrió el camino a la impunidad de los sediciosos con coartada de la «desjudicialización» del conflicto. Primero los indultos, motivados por la pura conveniencia partidista e ignorando la rotunda oposición del Tribunal Supremo. Pero el indulto no ha resultado suficiente y, otra vez, el manoseo de la ley penal a conveniencia de los nacionalistas. Se elimina la sedición y se elucubra sobre la malversación sin otro motivo que el de asegurar la impunidad final y absoluta de la versión de golpismo civil que se vivió hace cinco años.
En resumen, los nacionalistas han dictado cuatro reformas del Código Penal, cuatro reformas que les aseguran la impunidad en caso de que vuelvan a insistir en su intentonas unilaterales de romper la Constitución -que lo intentarán-, cuatro reformas que dejan al Estado de Derecho carente de una respuesta punitiva suficiente y privado de la capacidad disuasoria necesaria para que nadie vuelva a sentirse animado a incurrir gratis en tentaciones rupturistas.
De todos los posibles testimonios que pueden aducirse en contra de esta grotesca pero peligrosa ingeniería penal, tal vez el más significativo sea el de Tomás de la Quadra, exministro socialista, jurista de los de reconocido prestigio y hombre nada sospechoso de benevolencia con la derecha. Pues bien, el 16 de febrero de 2020, Tomás de la Quadra escribía en el diario ‘El País’ que si alguna reforma había que hacer era la de volver a la tipificación de la rebelión de la ley orgánica 2/1981, anterior al Código del 95, según la cual era reo de rebelión el que se alzara públicamente, con o sin violencia, con el fin de derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución o declarar la independencia de una parte del territorio nacional. Y añadía el autor que una reforma con nombres y apellidos «supondría un imperdonable error al enviar un mensaje equivocado al mundo sobre que la culpa no fue -o no fue solo- de los condenados, sino de las leyes españolas».
Y ahora llegamos a la respuesta a la pregunta inicial. Un parto fingido en un avión y el ‘procés’ tiene al menos tres coincidencias: los dos son falsos, sus responsables huyeron y en los dos casos la acusación será la de desórdenes públicos.