EL MUNDO 18/01/14
· Tras el alto grado de acuerdo entre los magistrados en una reunión informal, el asunto comenzará a debatirse en Pleno antes de fin de mes
El Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto comenzar a debatir sin dilación, previsiblemente a lo largo de la última semana de este mes, la impugnación del Gobierno contra la declaración soberanista aprobada hace ya un año por el Parlamento de Cataluña.
Entre los magistrados del TC hay consenso en que el acuerdo adoptado en enero de 2013 por el Parlament es radicalmente inconstitucional y la mayoría no tiene dudas de que no se trata de un simple manifiesto parlamentario para el impulso de una acción política, sino que tiene efectos jurídicos que afectan a la propia constitución del Estado. Así se puso de manifiesto en una deliberación informal a la que asistieron todos los magistrados celebrada antes de las pasadas Navidades.
Los magistrados del Tribunal Constitucional se reunieron el pasado noviembre para intercambiar puntos de vista sobre la declaración soberanista de Cataluña. No es inusual en el TC, ante asuntos de trascendencia, mantener una predeliberación de carácter informal, que resulta especialmente útil a los ponentes para conocer las posiciones de los magistrados y recogerlas en el borrador de sentencia que presentan al Pleno.
En esa reunión se puso de manifiesto el consenso de los jueces constitucionales en que la declaración soberanista aprobada en enero de 2013 por más de dos tercios del Parlamento de Cataluña, e impugnada por el Gobierno el 8 de marzo siguiente (fecha en la que quedó automáticamente suspendida), es radicalmente contraria a la Constitución.
La única controversia se centró en si ese acuerdo parlamentario tiene efectos jurídicos, tesis respecto de la que dos magistrados expresaron alguna objeción.
Fuentes del TC consideran que se trata de un aspecto en buena medida superado por dos circunstancias: de un lado, porque la prórroga de la suspensión de la declaración del Parlamentfue acordada el 11 de julio de 2013 por unanimidad y, de otro, porque los actos posteriores del Govern –fijando la fecha de la consulta de autodeterminación y el contenido de las preguntas– y del propio Parlamento catalán –reclamando ayer al Congreso de los Diputados la delegación de la competencia estatal para que la Generalitat convoque la consulta– han puesto aún más en evidencia la virtualidad de la declaración soberanista como hoja de ruta de un proceso secesionista.
Los letrados del Parlamento de Cataluña alegaron precisamente que la declaración soberanista «no tiene carácter normativo ni alcance jurídico» para solicitar al Tribunal Constitucional el pasado junio el levantamiento de la suspensión. A su parecer, la declaración es la «expresión de una voluntad política» que, por sí misma, no causa un «daño real y efectivo a la Constitución ni a los intereses generales».
El abogado del Estado replicó que la declaración soberanista constituye «un verdadero desafío a la Constitución», careciendo de «toda pretensión de adaptarse a ella». Sostuvo que, de no mantenerse la suspensión, el Gobierno de la Generalitat seguiría dando pasos en cumplimiento de la resolución del Parlament. En ella se acordaba «iniciar el proceso para hacer efectivo el ejercicio del derecho a decidir para que los ciudadanos y ciudadanas de Cataluña puedan decidir su futuro político colectivo» de acuerdo con el principio de soberanía. Según afirmaba el Parlament, «el pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano».
El TC mantuvo la suspensión con una escueta argumentación referida a que la impugnación «versa sobre una cuestión de gran relieve constitucional».
Los magistrados del Constitucional no han debatido, ni formal ni oficiosamente, si los pasos dados con posterioridad por el Gobierno de Artur Mas y el Parlamento catalán constituyen o no un incumplimiento de la suspensión decretada por el TC.
Sobre este punto no hay una postura unánime. Hay magistrados que estiman que se trata de actos autónomos que, en su caso, tienen que ser impugnados de forma independiente. Otros, no obstante, creen que pueden constituir una inobservancia de la suspensión, aunque no son partidarios de que el TC actúe de oficio. A su parecer, deben ser las partes que intervienen en el proceso –en este caso, el Gobierno de España a través de la Abogacía del Estado– las que argumenten que la Generalitat está incumpliendo la suspensión de la declaración soberanista y pidan la intervención del Tribunal.
En el TC prefieren abordar cuanto antes el debate de fondo sobre la declaración soberanista. De hecho, en el auto por el que se prorrogó la suspensión se adelantaba que esta medida se mantendría sólo durante el «tiempo indispensable» para resolver la impugnación del Gobierno.
Aunque incidentes procesales provocados por la propia Generalitat –la recusación del presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos– han retrasado la tramitación del proceso, lo cierto es que aún no está terminada la redacción de la ponencia encomendada a la vicepresidenta, Adela Asúa.
Las fuentes consultadas señalaron que el pronunciamiento del Tribunal Constitucional «no debería demorarse más». La previsión es que el debate del Pleno comience en la última semana de este mes. Aunque se considera improbable que concluya esa misma semana, sí se cree que la sentencia podrá conocerse antes de que, el próximo marzo, el Congreso debata la iniciativa aprobada anteayer por el Parlamento catalán..