«Se acerca a mí uno de los policías y me dice que tenemos que comprobar el contenido de un armario juntos, cuando, hasta entonces, todo el registro lo habían hecho sin mí. No lo entiendo, pero hago caso. El policía abre el armario y va directamente a un abrigo de Marta y de uno de los bolsillos saca un sobre con una inscripción que dice ‘RT’ y ‘5K’. Le digo que aquel sobre no es mío, y él me responde que entonces debe ser de mi mujer. Le repito que no es ni mío ni de ella, y que esta mañana este sobre no estaba allí (…) Enseguida mi cerebro ata cabos (…) Cuando me encaro con el jefe y le vuelvo a decir que lo que están haciendo es muy feo, me doy cuenta de que todos los billetes -50 billetes de 100 euros, es decir 5.000 euros o los ‘5K’ manuscritos en el sobre, son nuevos y correlativos en el número de serie…» Marta es la mujer de Sandro Rosell, expresidente del FC Barcelona y empresario que un día, 7 de la mañana del martes 23 de mayo de 2017, mientras hacía spinning en el gimnasio de su casa, barrio de Les Corts, Barcelona, recibe un wasap de un amigo preguntándole alarmando si lo que acaba de oír en la radio es cierto. Y lo que ese amigo ha oído es que la Policía Nacional y la Guardia Civil están registrando su casa y sus oficinas por un presunto caso de blanqueo de dinero a escala internacional. «Empiezo a oír ruidos en la portería y saco la cabeza por el cristal del gimnasio desde donde se ve la calle. Sorpresa, veo decenas de cámaras de televisión y fotógrafos ocupando literalmente la calle…»
Son los primeros párrafos de «Un fuerte abrazo» (Plaza & Janes), el libro autobiográfico en el que Rosell plasma su experiencia de casi 2 años pasados en prisión provisional sin fianza, acusado de dos delitos de blanqueo de capitales y organización criminal, de los que sería finalmente absuelto en abril de 2019, un episodio que resume el modus operandi que suele rodear la detención de personajes de gran notoriedad, normalmente políticos o financieros de primer nivel, acusados de graves delitos de corrupción en operaciones que suelen comenzar con la llamada «pena del telediario», el arresto del afectado con retransmisión en directo por cadenas de radio y televisión que con antelación han sido citadas en el teatro de los hechos por la misma policía judicial -sometida al secreto de sus actuaciones-, encargada de prender al presunto culpable. Es el inicio de un viacrucis que suele durar años, a veces hasta una década o más, y que literalmente destruye la vida del afectado y de todo su entorno familiar y social, además de arruinar su hacienda con el pago de honorarios a carísimos abogados. Muchos han terminado absueltos tras el correspondiente juicio oral, cuando no previamente desimputados por el juez instructor. Siempre por falta de pruebas, lo que levanta la sombra de la sospecha, insoportable en términos democráticos, sobre el funcionamiento de una justicia cuestionada por tardía y sujeta a un procedimiento penal que en muchos casos vulnera los derechos de los acusados y cuestiona su presunción de inocencia.
El aluvión de ejemplos recientes es numeroso. El juez de la Audiencia Nacional (AN) Manuel García Castellón acaba de archivar la causa contra la expresidenta madrileña Esperanza Aguirre, y su sucesor en el cargo, Ignacio González, dentro de la pieza (la número 9 del llamado «caso Púnica») que investiga la presunta existencia de una caja B en el PP de Madrid. El lunes de la semana pasada, la titular del juzgado nº 8 de Valencia ordenó la apertura de juicio oral contra Eduardo Zaplana, expresidente de esa Comunidad y exministro de Trabajo. «Confío en que tras siete largos años de instrucción inquisitorial, se puedan practicar en el juicio oral las pruebas que me permitan demostrar mi inocencia y que hasta el momento me han sido vedadas». El jueves 20 de septiembre, Rodrigo Rato, encausado en 2015 por la presunta ilegalidad de su fortuna, acudió al juzgado nº 31 de Madrid para recibir traslado del contenido íntegro del sumario, al que todavía no ha tenido acceso. Siete años sin saber exactamente de qué se le acusa, y con la dificultad de defenderse al no tener acceso a todo el material de la causa (más de 7.000 documentos). En septiembre de 2020 la Sala de lo Penal de la AN ya le había absuelto, junto a otros 31 encausados, en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia. La sentencia cargaba con dureza contra el fiscal y el juez instructor por fallos tan clamorosos como el haber permitido la imputación del exministro Ángel Acebes, cuya relación con la entidad comenzó «después de haberse producido la salida a Bolsa de Bankia».
El verdadero riesgo para los acusados y sus defensas comienza cuando, pasado el tiempo, la UCO se ve incapaz de aportar una sola prueba sólida, porque entonces la tentación es pactar con cualquier tipo de delincuente involucrado en el caso una declaración incriminatoria a cambio de ventajas carcelarias o judiciales
José María Aristrain, empresario del acero y gran fortuna, soportó durante 15 años una investigación por fraude fiscal con petición de 61 años de prisión, responsabilidad civil de 211 millones y multa de 1.600 millones. En enero de este año, la Audiencia Provincial de Madrid lo absolvió de los delitos que se le imputaban, señalando la absoluta carencia de pruebas, algo que no le salvó de los tres lustros de condena social. El 25 de abril de 2019, la Sección Primera de la AN había absuelto a Rosell de su calvario, al considerar que los supuestos delitos no habían sido probados y que debía prevalecer el principio in dubio pro reo. El afectado demandó al Estado reclamándole una indemnización de 29,7 millones por los 21 meses pasados a la sombra, cifra que el Ministerio de Justicia redujo a 28 euros por día de prisión, en total unos 18.000 euros. También procedió contra la jueza instructora, Carmen Lamela, en iniciativa rechazada por la justicia, porque es sabido que perro no come carne de perro. Los casos podrían alargarse ad infinitum.
Todas son macrocausas que suelen empezar con la imputación de una ristra de delitos entre los cuales hay dos que nunca faltan: blanqueo de capitales y organización criminal, algo que debería estar reservado, en principio, para delitos de terrorismo y narcotráfico. ¿Por qué? Porque son los que permiten al juez enviar al encausado a prisión incondicional sin fianza. Se inicia así la instrucción de un sumario sin un material incriminatorio claro, en general, de forma que el proceso se convierte de inicio en una investigación prospectiva, en la búsqueda de algo que justifique la detención y encarcelamiento. Se trata de llenar lo que está en principio vacío, de lograr que los supuestos delitos se conviertan en verdaderos mediante la investigación de la vida pasada del afectado y, además, de la de su familia, amigos y compañeros de trabajo. «Eso te destruye socialmente, porque todo tu entorno se siente amenazado y se esconde. La soledad te mata». ¿Y quién se encarga de instruir de verdad? La Policía Nacional (UDEF) y la Guardia Civil (UCO) en funciones de Policía Judicial. UCO y UDEF se emplean con complejo de Perry Mason, resueltos a dotar a ese sumario de un arsenal de pruebas incriminatorias con la connivencia, en general, de un fiscal, responsable de dirigir la investigación, renuente a admitir las pruebas presentadas por las defensas que pueden desmontar las tesis de la acusación, con desprecio de ese «principio de defensa material» que cita el art. 2º de la LEC redactado por un eminente Alonso Martínez hace más de 125 años, que sigue vigente y obliga a fiscal e instructor a incluir en el sumario todo aquel material que incrimine al acusado pero también todo aquel que pueda favorecerle.
Las fallas del procedimiento penal han terminado por envalentonar a una policía judicial convencida, cual llanero solitario, de ser la auténtica defensora del Estado de Derecho. Hay que demostrar la culpabilidad de Fulano con pruebas reales o, si falta hiciere, fabricadas ex profeso. Son los burdos 50.000 euros encontrados en el bolso del abrigo de Marta Rosell. O la increíble historia del sirio que alquila un piso en Valencia en el que había vivido Eduardo Zaplana y que, oh casualidad, encuentra encima de un armario ropero el «plano del tesoro», una nota o diagrama en la que el ex político explicaba su modus operandi para delinquir con el cobro de comisiones por las ITV y la privatización de los parques eólicos. El verdadero riesgo para los acusados y sus defensas comienza cuando, pasado el tiempo, la UCO -en cuyo descargo cabe apuntar la introducción reciente de un sistema de ‘control de calidad’ de sus trabajos- se ve incapaz de aportar una sola prueba sólida, porque entonces la tentación es pactar con cualquier tipo de delincuente involucrado en el caso una declaración incriminatoria a cambio de ventajas carcelarias o judiciales. «Tiene usted que decir que vio a Fulano recoger una maleta llena de billetes en el despacho de Mengano, pongamos que un gran empresario», asegura un reputado penalista ducho en estos lances.