Doble rasero fiscal

Si se prueban los hechos y se condena a los autores, el proceso por corrupción en la Hacienda vizcaína podría apuntar una clara responsabilidad política por vulnerar principios fundamentales en la gestión pública. Se trata no solo de aplicar la ley, sino también de restablecer la credibilidad y el prestigio de la administración tributaria.

El inicio, hoy, en la Audiencia Provincial de Vizcaya del juicio contra el exjefe de la Inspección Fiscal de la Hacienda de este territorio, Juan Ramón Ibarra, y otros tres funcionarios más, ofrece la oportunidad decisiva de aclarar y condenar en su caso un presunto episodio de corrupción que afecta a una de las instituciones públicas más obligadas a demostrar el sometimiento a los principios de rigor, transparencia e igualdad de trato a los ciudadanos. Porque, según el escrito de calificación presentado por la Fiscalía, al exjefe de la Inspección Fiscal de la Hacienda Foral entre 1989 y 2002 -y a los otros tres funcionarios como colaboradores necesarios- se les acusa de haber favorecido a más de un centenar de contribuyentes excluyéndoles de los procesos de selección y verificación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por lo que se imputan varios delitos, desde prevaricación a cohecho, y se solicitan penas de entre ocho y once años de cárcel. En otras palabras, a juzgar por la acusación del fiscal o a tenor de la instrucción sumarial, en la Hacienda vizcaína existió presuntamente un doble rasero para los contribuyentes, por el trato de favor otorgado a algunos por los ahora juzgados, mediante el uso fraudulento del sistema informático y la alteración del curso de las inspecciones tributarias. Se entiende bien, pues, la gravedad de las acusaciones y la importancia de un juicio que deberá probar y aclarar, con la comparecencia de más de 130 testigos en la vista oral, no solo la existencia de diversos delitos y su autoría, sino también dos cuestiones de enorme trascendencia: la primera, si las motivaciones de los hechos fueron políticas o económicas; y la segunda, si se produjo un perjuicio económico a la Hacienda Foral. Al margen de ello, y en el caso de que se prueben los hechos y se condene a los autores, este proceso también podría apuntar eventualmente una clara responsabilidad política en un órgano de la administración que actuó al margen de la ley y en clara vulneración de principios fundamentales en la gestión de los asuntos públicos. Se trata, entonces, no solo de aplicar la ley y de castigar a los que la vulneraron, sino también de restablecer la credibilidad y el prestigio de la administración tributaria.

Editorial en EL CORREO, 17/1/2011