Dos menores deberán realizar tareas socioeducativas durante seis meses por enaltecer a la banda terrorista ETA en Internet

LA TRIBUNA DEL PAÍS VASCO – 03/05/15

· La Audiencia Nacional ha dictado sus dos primeras condenas contra dos menores de edad por enaltecer a ETA en las redes sociales. Los dos jóvenes, de 17 y 16 años cuando sucedieron los hechos, fueron detenidos en las operaciones de la Guardia Civil contra decenas de acusados de emitir comentarios ofensivos contra las víctimas y hacer apología del terrorismo.

Ambos menores, uno de ellos representado por un abogado que habitualmente defiende a militantes de la banda terrorista ETA, llegaron a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y aceptaron la imposición de seis meses de tareas socioeducativas.

Los condenados, entre 2013 y 2014, publicaron en sus respectivas cuentas de Twitter mensajes en los que homenajeaban a históricos asesinos de ETA como “Argala” o “Thierry”, entre otros, y frases como «nos fortalece el fuego dejado en el camino por los caídos», «derecho a abortar, viva ETA» o «vivan los soldados de ayer de hoy y de siempre», en relación a los militantes etarras. También había mensajes sobre los presos terroristas sobre los que decían: «no los queremos en fotos, los queremos en casa».

«El pueblo no te olvidará, que nuestros niños en las escuelas de mañana canten sus nombres», decía uno de estos menores de edad en alusión a un etarra fallecido. Otro de sus mensajes iba a acompañado de una imagen del entierro de las dos últimas víctimas españolas de ETA, los guardias civiles Diego Salva y Carlos Sáenz y decía: «delante de las cámaras lloros, detrás de las cámaras torturas».

Todos estos hechos constituyen, según las sentencias dictadas el pasado martes por el Juzgado Centra del Menores de la Audiencia Nacional, «un delito de enaltecimiento y menosprecio de víctimas de delitos terroristasprevisto y penado en el artículo 578 del Código Penal».

El actual Código Penal contempla penas de hasta dos años de prisión por este delito, si bien la reciente reforma de esta ley impulsada por el Gobierno y en concreto el pacto antiyihadista pactado con el PSOE, que no entra en vigor hasta el 1 de julio, ya eleva esta pena hasta los tres años por lo que se abre la puerta a entrar en prisión pese a no contar con antecedentes.

Las resoluciones establecen que las tareas socioeducativas deben hacerse «sin internamiento ni libertad vigilada». En las sentencias se recoge además la recomendación de que las tareas «sean compatibles con los estudios» que los menores están realizando y «siempre y cuando se desarrolle una evolución positiva del menor en aras de su rehabilitación, cabe modificar la medida ahora impuesta».