Ignacio Camacho-ABC
El 155 no revoca la autonomÃa sino que la restaura en el marco estatutario. Pero no podrá aplicarse sin romper algún plato
TODO el que entienda, sin ser independentista, que el 155 es una medida desproporcionada está¡ moral y políticamente obligado a explicar qué modo alternativo se le ocurre de mantener en Cataluña no ya la autoridad, sino la simple legalidad del Estado. No vale la de dialogar porque los rebeldes no dan lugar al diálogo y porque la autodisolución de la nación española no se puede negociar en un pacto. Desde el 7 de septiembre no queda ningún vínculo de lealtad institucional que los separatistas no hayan violado y si algo cabe reprocharle al Gobierno es su tardanza en dar este paso que antes del referéndum podía haberle evitado un amargo descalabro. La insurrección de las autoridades catalanas forma parte de un levantamiento planificado y no hay golpe que se pueda parar dándoles a los golpistas la mano.
A partir de ahí no existe otro camino, por abrupto que sea, y el Gobierno lo transitaría mejor si estuviese más convencido y menos aterrado. Fácil no va a ser pero ya no caben comportamientos timoratos. La autonomía catalana es un régimen clientelar muy asentado, trufado de comisarios políticos y con alto compromiso ideológico -si es el que nacionalismo se puede considerar una ideología- entre los funcionarios. El grado de desobediencia pasiva va a ser alto y requerirá¡ un pulso muy firme, una voluntad muy resuelta y un absoluto desinterés por caer simpático.
En todo caso, salga bien o mal -y puede salir mal, para qué llamarse a engaño-, lo que de ninguna manera resulta el 155 es el fin del modelo territorial del Título Octavo. Más bien supone todo lo contrario: la demostración de que los mecanismos constitucionales funcionan aunque algunos están desengrasados. El ahora célebre artículo es un dispositivo cautelar previsto para una situación como Esta, una hipótesis entonces remota -en aquel tiempo menos imaginable en Cataluña que en el País Vasco- que el tiempo ha convertido en un supuesto exacto. Ante la rebeldía explicita de un poder territorial descontrolado, preso de un delirio megalómano como el de aquel Coronel Kurtz de Conrad y Coppola, el Estado no suspende ni revoca la autonomía sino que la restaura y la devuelve al marco estatutario. La prevalencia del orden jurídico obliga al Derecho a establecer preventivamente procedimientos coercitivos ingratos.
Esa restauración de la normalidad no va a ser un viaje apocalíptico al corazón de las tinieblas ni a un Vietnam político lleno de guerrilleros emboscados, pero tampoco podrá¡ hacerse sin romper ningún plato. Siempre será menos estropicio del que los secesionistas han causado. Este es un reto para caracteres fuertes, no para espíritus pusilánimes, melifluos o encogidos; exige tanta habilidad como determinación y tanta contundencia como tacto. La experiencia del 1 de octubre sugiere que es mala estrategia confiar la dirección de esta clase de operaciones sólo a juristas y abogados.