Javier Tajadura Tejada, EL CORREO, 8/7/12
Hay que afrontar la cuestión del reparto de poder entre el Estado y las comunidades, esto es, el reparto competencial
El Fiscal General del Estado se ha pronunciado recientemente sobre la conveniencia de que el poder central recupere las competencias que en materia de Administración de Justicia ostentan hoy las comunidades autónomas. La presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid realizó no hace mucho unas declaraciones en sentido similar, en las que también planteaba la necesidad de que determinadas competencias autonómicas fueran devueltas al Estado. Lamentablemente, estas afirmaciones, al margen del gran impacto mediático que alcanzan el día en que son formuladas, quedan inmediatamente relegadas a la consideración de meras ocurrencias, atribuibles en todo caso a un pensamiento político centralista, incapaz de comprender las bondades de nuestro sistema autonómico. Y sin embargo, una reforma profunda del Estado autonómico es absolutamente necesaria para poder superar la grave crisis que padece el país. Se trata de un problema cuya gravedad y magnitud obligan a huir de la frivolidad y la ocurrencia y rechazar cualquier tipo de demagogia.
De lo que se trata es de afrontar con serenidad y rigor un debate sobre la cuestión central del Estado autonómico, el reparto del poder entre el Estado y las comunidades, esto es, el reparto competencial. Hasta ahora, durante los últimos treinta años, se ha partido de la premisa de que cuantas más competencias asumieran las comunidades autónomas, mejor, y en consecuencia se les han ido transfiriendo competencias de los poderes centrales a través de sucesivas reformas de los estatutos de autonomía o de la aprobación de leyes orgánicas de transferencias. No se trata ahora, en modo alguno, de invertir el discurso, y con la misma falta de fundamento predicar que cuantas más competencias conserve el Estado mejor, y proceder por ello a la devolución de competencias autonómicas al Estado. En ambos casos, nos encontramos con discursos ideológicos enfrentados, la ideología del centralismo frente a la ideología del autonomismo, que nos impiden analizar y resolver racionalmente los problemas del Estado autonómico.
En este sentido conviene recordar al lector cuál es la singularidad del Estado autonómico español y lo que lo distingue de cualquier otro Estado descentralizado o federal del mundo. Todos los Estados descentralizados establecen en su respectiva constitución el reparto competencial entre el poder central y los Estados miembros, ‘lánder’, regiones… etc. Esto quiere decir que para modificar el reparto del poder, sea en beneficio del centro o de las regiones, es imprescindible siempre reformar la Constitución nacional con todas las garantías que el procedimiento de reforma constitucional comporta. Sin embargo, en España, la Constitución no recoge el reparto competencial sino que se remite a otras normas, los Estatutos de autonomía (leyes orgánicas que pueden aprobarse y reformarse por mera mayoría absoluta de los diputados) para establecerlo. Esto quiere decir que podemos modificar el reparto del poder entre el Estado y las comunidades autónomas sin necesidad de reformar la Constitución. Podemos aumentar o disminuir las competencias del poder central o de las comunidades autónomas mediante la simple reforma de los Estatutos de autonomía. En última instancia, esto quiere decir que mientras que en Alemania, EE UU o Austria el reparto de competencias es un tema cerrado y resuelto por su Constitución nacional, en el caso de España es un tema permanentemente abierto. Esta peligrosa apertura que progresivamente va vaciando el ámbito competencial del poder central debe cerrarse cuanto antes. Ahora bien, el necesario cierre sólo puede ser llevado a cabo mediante una reforma de la Constitución. Reforma que incluya el reparto de competencias en la Constitución, prive a los estatutos de autonomía de esa función de delimitación competencial y suprima la posibilidad de transferir competencias estatales mediante leyes orgánicas.
Esta reforma –pendiente desde hace más de treinta años– requiere en primer lugar un gran acuerdo político que permita alcanzar las mayorías exigidas. Debe por ello basarse en un pacto de Estado entre los dos grandes partidos nacionales a los que sería deseable que se sumaran los demás. La fijación de su contenido obligaría a realizar un estudio riguroso para, a partir de la experiencia del funcionamiento del Estado autonómico, y examinando cada una de las materias, determinar el reparto de competencias: atribuyendo al poder central o al poder autonómico, según los casos, aquellas que pudiera desempeñar a menor coste, con mayor eficacia, y prestando un servicio mejor al ciudadano; y dejando en manos del poder central, en todo caso, aquellas necesarias para garantizar la unidad del Estado y la cohesión social. Tras la reforma de la Constitución habría que proceder a reformar los diecisiete estatutos de autonomía para adaptarlos a la nueva situación.
La reforma de la Constitución se configura así como el único instrumento capaz de resolver definitivamente la apertura indefinida del Estado autonómico en lo que al reparto de competencias se refiere. Ahora bien, mientras una tal reforma no sea posible, resulta claro que el reparto competencial puede ser modificado mediante la reforma del Estatuto de Autonomía correspondiente, siguiendo el procedimiento previsto, que culmina en todo caso, con la aprobación por mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados. Hasta ahora, todas las reformas estatutarias han tenido como objeto ampliar el ámbito competencial de las comunidades autónomas, pero jurídicamente nada impide que se emprenda una reforma estatutaria para ceder la titularidad de una competencia anteriormente asumida. Tal podría ser el caso de la Comunidad de Madrid en relación con la competencia en materia de Justicia. En este ámbito se advierte acertadamente que el reparto de competencias –y por ende de responsabilidades– entre el Ministerio de Justicia, las comunidades autónomas y el Consejo General del Poder Judicial, no resulta muy funcional. En todo caso, este tipo de propuestas nos recuerdan que el debate sobre el futuro del Estado autonómico sigue pendiente.
Javier Tajadura Tejada, EL CORREO, 8/7/12