- Con la reforma que propone el PP ni los toques de queda, ni el carné de vacuna en los bares, ni los cierres perimetrales etc., requerirían del aval judicial previo
En un Estado de derecho, todos estamos sometidos al imperio de la ley. La interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos que se consagra en nuestra Constitución como uno de los principios de nuestro ordenamiento jurídico pretende protegernos a los ciudadanos de la actuación caprichosa y despótica de nuestros gobernantes. Da igual la bondad intrínseca o nobleza de la causa enarbolada por el poder para justificar la implementación de una medida, pues ésta tendrá que respetar los requisitos formales y materiales exigidos por nuestra legislación.
La tarea de controlar que las decisiones de las autoridades sean ajustadas a derecho, evitando que existan espacios en los aquéllas puedan proceder con impunidad se encomienda a uno de los poderes independientes del Estado, el judicial, lo que explica la propensión de los gobiernos a influir tanto en la toma decisiones como en el procedimiento de acceso y selección de sus miembros. La némesis del tirano son los contrapesos, así que la excusa para someterlos y dinamitarlos se enmascara siempre tras un halo de bondad, del bien común o de seguridad. A los ciudadanos no nos queda otra que permanecer vigilantes ante el ímpetu totalitario, porque jamás una democracia triunfó sin una sociedad civil fuerte, consciente de cuáles son sus libertades y derechos al margen de los colores políticos y las ideologías.
La irrupción de la pandemia a comienzos del año pasado evidenció cómo un gobierno socialista nominalmente democrático, pudo en nombre de un fin justo, como es la salud pública, estirar las costuras de la ley para construir un marco que le permitió obrar de forma arbitraria e impune, sustrayendo sus decisiones no sólo del control de los tribunales, sino también de un Parlamento con sus funciones minoradas. Sánchez negó la existencia de un plan B para sortear al Poder Judicial, evitando la existencia de un contrapeso efectivo a su actuación. Y es que el órgano que tenía atribuida la competencia para ello, el Tribunal Constitucional, no tuvo a bien pronunciarse hasta un año después. Si bien es cierto que su decisión sacó los colores al proceder del Ejecutivo, su trascendencia práctica ha sido escasa en un país donde la palabra dimisión está adquiriendo tintes mitológicos.
Se pretende alumbrar otro espacio de arbitrariedad para que las autoridades puedan limitar nuestros derechos en nombre de la sanidad sin tener que rendir cuentas
Después de todo lo sucedido, y ahora que la pandemia del coronavirus parece estar dando sus últimos coletazos gracias a las vacunas, comprenderán mi sorpresa ante la respuesta del principal partido de la oposición, el Partido Popular, que se empeña en aprobar una normativa específica -la llamada ley de pandemias- con la que en última instancia se pretende alumbrar otro espacio de arbitrariedad para que las autoridades puedan limitar nuestros derechos en nombre de la sanidad sin tener que rendir cuentas sobre la idoneidad o la proporcionalidad de las medidas que se adopten. Ni ante los tribunales, ni ante los parlamentos autonómicos.
El marrón, para las autonomías
Efectivamente, Sánchez rechazó que hubiese un plan B que permitiese a adoptar medidas limitativas para combatir al coronavirus al amparo de la legislación sanitaria que exige el visto bueno judicial, simplemente para que su proceder no fuese cuestionado. Ello le permitió obrar arbitrariamente y utilizar la pandemia para parasitar las instituciones mientras sometía a los ciudadanos a una campaña propagandística sin precedentes. El tiempo ha demostrado no sólo que sí que había un plan B, sino además que éste se ha convertido en el marco jurídico con el que las autonomías, a las que Sánchez ha trasladado el marrón, gestionan por su cuenta las cuestiones relacionadas con el virus. Por supuesto que el conjunto normativo que integra ese plan necesita de una reforma que solvente las dudas interpretativas advertidas por los tribunales, referentes al tipo de medidas restrictivas de derechos que pueden ser acordadas al amparo de la misma y su alcance (el artículo 3 de la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública es muy abierto e impreciso). Yo soy la primera que criticó que el Presidente del Gobierno endilgase esta tarea al Supremo mediante la creación de un recurso de casación, pues supone encomendar a ese tribunal competencias pseudolegislativas.
La intensidad que implica la privación requiere de tal magnitud que cualquier excepción que se asocie a la misma permitirá que se considere simplemente una restricción
Pero la solución que propone el Partido Popular mediante la llamada «ley de pandemias» no es reformar la ley para facilitar la labor de los tribunales, sino eliminarlos en la práctica de la ecuación, de forma que la ratificación judicial únicamente será exigible cuando las medidas para combatir la pandemia conlleven estrictamente una ‘privación’ y no meramente la limitación de libertades y derechos: el texto hace hincapié mediante una nota al pie de página cuyo tenor literal es: «se suprime ‘o restricción’ a continuación de ‘privación'». Algo que no es baladí, pues la intensidad que implica la privación requiere de tal magnitud que cualquier excepción que se asocie a la misma permitirá que se considere simplemente una restricción. Para que lo entiendan con un ejemplo práctico: con la reforma que propone el PP de Casado ni los toques de queda, ni la exigencia de disponer de un carnet de vacunación en lugares como la restauración, ni la prohibición de reuniones, ni los cierres perimetrales etc., requerirían del aval judicial previo. Y es que la privación de las libertades equivaldría a un confinamiento severo como el que vivimos en marzo de 2020. Los presidentes autonómicos gozarían así de un marco legal que les habilitaría para disponer de nuestros derechos sin tener que fundamentar sus decisiones. Vamos, el sueño húmedo de aspirantes a dictadorzuelos como Ximo Puig.
El toque de queda de Mañueco
Sé que muchos me dirán que esto no excluye al Poder Judicial del control de la arbitrariedad de los poderes públicos porque el hecho de que se elimine la ratificación judicial no obsta la interposición de recursos o medidas cautelares. Pero este argumento, siendo cierto, es tramposo: los ciudadanos de a pie no estamos habilitados para ello, por lo que si quienes lo están no recurren por una mera cuestión de oportunidad política, la limitación surtirá efecto por la vía de los hechos consumados. Amén de que las características propias del procedimiento permitirían la efectividad de las medidas durante el tiempo que dure la tramitación. Miren si no lo que sucedió en Castilla y León cuando el gobierno de Mañueco adelantó la hora del toque de queda contraviniendo las limitaciones del decreto del estado de alarma: los habitantes de esa comunidad lo sufrieron durante varias semanas, con la consecuente ruina económica y merma de libertades. Que se anulase después por el Supremo sirvió de bien poco.
La no ratificación por los tribunales de las medidas autonómicas no sucedería, parece querer exonerar a los líderes autonómicos mientras responsabiliza a los tribunales
Luego está el profundo error de comunicación que conlleva invocar la ley de pandemias cada vez que un Tribunal Superior de Justicia decide no ratificar alguna medida autonómica, porque el noventa por cierto de las veces la causa no obedece a la falta de sustento legal para imponer la restricción, sino a que la proporcionalidad o idoneidad de la medida no se ha justificado. Es decir, que la autoridad sanitaria no ha tenido a bien motivar una decisión con la que pretender limitar los derechos de cientos de miles o hasta millones de personas. Miren si no el intento de la Generalidad de Cataluña de imponer un toque de queda presentado al TSJ cifras de incidencia acumulada no actualizadas. Una patraña aberrante que con la reforma propuesta por los populares no se hubiera podido evitar.
Así que cuando Casado se afana en anunciar que, con su ley de pandemias, la no ratificación por los tribunales de las medidas autonómicas no sucedería, parece querer exonerar a los líderes autonómicos mientras responsabiliza a los tribunales. Porque lo que ellos no han autorizado sería posible si se aprobase su propuesta. Un aval a la arbitrariedad amparado en la más elevada de las causas, el más grande de los fines: la protección de la salud. Y encima en un momento en el que deberíamos estar hablando de levantar restricciones y no de imponerlas. Qué forma de arruinar el discurso por la libertad que supo tan hábilmente construir Ayuso en un tiempo mucho más difícil.