ABC 04/05/15
· El Gobierno se opone a que desconocer el catalán sea el único motivo para la denegación de un permiso de residencia
El Estado ha revocado siete informes del Gobierno catalán contrarios a conceder el permiso de residencia a inmigrantes por arraigo, debido al desconocimiento de la lengua catalana. La Generalitat tiene competencias para elaborar informes sobre el grado de integración de los inmigrantes con objeto de que estos puedan conseguir el permiso de residencia por arraigo social.
Catalán y «nuevo estado» Para el soberanismo, que los inmigrantes dominen el catalán es fundamental de cara a la construcción de un «nuevo estado»
Anteponer la lengua Reproducción del informe con el que la Generalitat certifica la asistencia a cursos de aprendizaje
Desde marzo de 2012, fecha en la que entró en vigor la instrucción 1/2012 de la Dirección General para la Inmigración, el Ejecutivo de Mas exige el conocimiento mínimo de catalán y castellano para realizar un informe favorable al arraigo. No obstante, este documento no es vinculante y la última palabra la tiene el Gobierno de España, que a lo largo de 2014 rechazó en la provincia de Barcelona siete informes tramitados por la Generalitat porque el inmigrante no pudo acreditar que dominaba la lengua catalana.
Para el soberanismo, que los inmigrantes dominen la lengua catalana es fundamental de cara a la construcción de un «nuevo estado». De ahí el proselitismo secesionista que una asociación como Nous Catalans, vinculada a Convergència Democràtica (CDC), ejerce entre personas de origen extranjero.
«Valorar la voluntad»
«Nosotros valoramos más la voluntad de integración de quien solicita el arraigo», explica a ABC Elena Nieto, jefa de la Oficina de Extranjería de Barcelona. Recuerda que el arraigo es una de las circunstancias excepcionales por las que se concede la autorización de residencia (existen otras razones, como las humanitarias o por violencia de género). Dentro de esa categoría, los tres supuestos más comunes son el arraigo laboral, el social y el familiar (por nacimiento de menor en España).
Dentro del arraigo social «acreditar el dominio de las dos lenguas oficiales solo es un documento más», precisa Nieto, pues además de esa demostración de integración social, también es necesario acreditar la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años, carecer de antecedentes penales, contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud para un período o que no sea inferior a un año, y tenerr vínculos familiares con otros extran- jeros residentes.
Por ello, el Gobierno se opone a quee el desconocimiento del catalán sea ell único motivo de rechazo por parte dee la Generalitat a la hora de emitir unn informe favorable. En esos casos se va- lora el resto de los requisitos y, si see cumplen, se concede el permiso de re- sidencia.
Cifras de la inmigración
Sin embargo, fuentes de la Direcciónn General de Inmigración –dependien- te de la Consejería de Bienestar y Fa- milia de la la Generalitat– consulta- das por este diario explican que «no o podemos saber cuántas solicitudess han obtenido el informe desfavorable e por desconocimiento del catalán, dell castellano o de las dos lenguas porque, sencillamente, consta por «desconocimiento lingüístico»». En los siete casos referidos, ABC constató que esos informes desfavorables eran por desconocimiento del catalán.
Desde 2014 y hasta el mes de abril de 2015, la Generalitat ha tramitado 13.487 informes favorables a la residencia por arraigo y 663 desfavorables. De éstos, un total de 475 se emitieron por «motivos lingüísticos» (castellano o catalán), sin precisar a qué lengua se refiere. Es decir, un 70% del total de casos desestimados.
En el transcurso de una entrevista personal, y en el caso de que el inmigrante no hable mínimamente una de las dos lenguas, la Generalitat pide al demandante que haga un curso de 45 horas en la lengua correspondiente. «Si demuestra que lo ha hecho, se valora positivamente el informe, aunque no hable todavía la lengua en cuestión porque se reconoce su esfuerzo de integración».
Este número de horas se ha aumentado, pues en el momento de aprobarse la instrucción solo era necesario recibir 20 horas de clases obligatorias para obtener un informe favorable. El modelo, pactado entre la Generalitat y las dos asociaciones municipalistas de Cataluña, se basa en la ley de Acogida de las personas inmigradas, aprobada en abril de 2010 por el anterior gobierno tripartito y posteriormente desarrollada por el ejecutivo de CiU.
A fecha de 1 de enero de 2015, Cataluña tenía contabilizado un 14% de población extranjera –1,06 millones sobre un total de 7,5 millones de catalanes–. El colectivo más numeroso es el marroquí, con 217.955 (20%), seguido del rumano, con 99.892 (9,4%), y el chino, con 52.417 (4,9%).
El subdelegado del Gobierno en Barcelona, Emilio Ablanedo, asegura que «afortunadamente, la inmigración no provoca grandes conflictos. Asistimos a una integración tranquila. Debemos felicitarnos porque nuestra sociedad, aún siendo algo clasista, no es racista. Es una sociedad mestiza y acogedora».
En 2014, el Estado concedió un total de 7.538 autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales, de las cuales 311 fueron por arraigo laboral; 4.671 por arraigo con contrato de trabajo por cuenta ajena, 306 por arraigo social con proyecto de actividad por cuenta propia y 835 por arraigo familiar por ser padres de menor español.
Nous Catalans
Estos datos se conocen en un momento de fuerte polémica sobre cómo la Generalitat de Cataluña, y de manera particular Convergència Democràtica, están trabajando en la integración de la inmigración. En este sentido, todas las miradas se han posado en la entidad convergente Nous Catalans, a la que desde el Ministerio del Interior se ha acusado de actuar de forma «imprudente» al intentar atraerse al colectivo musulmán para la causa independentista.