EL MUNDO – 22/10/14
· Resalta que los dos condenados no han ayudado a identificar «a otros presuntos responsables».
Los dos policías condenados por el caso Faisán sufrieron ayer el primer revés en sus aspiraciones al indulto. La Fiscalía de la Audiencia Nacional presentó ante el tribunal que dictó la sentencia sendos escritos en los que se opone a la concesión de la medida de gracia para el ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y el inspector jefe José María Ballesteros.
El fiscal jefe del tribunal, Javier Zaragoza, sostiene que no se dan las razones de «justicia, equidad o utilidad pública» que exige la Ley de Indulto, ni en el caso de Pamies ni en el de Ballesteros.
Hace ahora un año, la Sección Tercera impuso un año y medio de prisión y cuatro de inhabilitación a los dos policías por un delito de revelación grave de secretos, por haber advertido al dueño del bar Faisán, Joseba Elosua, de una inminente operación policial.
El fiscal jefe considera que no se han producido en este caso las circunstancias que se suelen valorar para la concesión del indulto total, reclamado por los policías. Entre ellas, que existan «iniciativas del penado tendentes a reparar el daño causado» o al «reconocimiento de la responsabilidad de los hechos». O incluso facilitar a la Justicia datos para perseguir «a otros presuntos responsables de los hechos». Es decir, que declararan en el proceso judicial quién había pedido a Pamies que alertara a ETA. Esos elementos son los que habrían permitido justificar una solicitud de indulto.
El fiscal jefe, que ha presentado dos escritos prácticamente idénticos, no hace referencia alguna al reconocimiento de los hechos que Ballesteros hizo en su solicitud de indulto y que su defensa ya había adelantado en la vista del recursos de casación. «Me limito a cumplir un cometido policial, la orden de un superior, no sólo de un superior, sino del jefe superior de Policía del País Vasco, pero evidentemente sin conocimiento alguno del cometido, sin conocimiento de la zona, sin conocimiento de la gente, y sin más información que la de ir a un sitio y hacer entrega de un terminal móvil», decía Ballesteros en la solicitud dirigida al Ministerio de Justicia.
Zaragoza también valora que la pena impuesta, un año y medio de cárcel a cada uno e inhabilitación, «no puede considerarse desproporcionada, teniendo en cuenta la naturaleza y las circunstancias de la infracción penal cometida». La pena por el delito de revelación grave de secretos, resalta el fiscal jefe, se impuso en el grado inferior de la horquilla que permite el Código Penal.
Conforme a esta argumentación y la postura mantenida por la Fiscalía de la Audiencia, es probable que el Ministerio Público sí hubiera respaldado un indulto parcial si los policías hubieran sido condenados a una pena mucho más alta –al menos cinco años– por revelación de secretos. Con una pena inferior a dos años, se puede dar por seguro que aunque no haya indulto ninguno de los policías deberá ingresar de manera efectiva en prisión, aunque sí tengan que cumplir con una inhabilitación que les impide seguir en la Policía.
Junto al de la Fiscalía, el Ministerio de Justicia debe recibir el parecer del tribunal sentenciador, que aún no se ha pronunciado. En cualquier caso, ni la opinión del Ministerio Público ni la del tribunal obligan al Gobierno, que es libre de conceder o denegar el indulto.
EL MUNDO – 22/10/14