EL MUNDO – 06/05/15
· La Abogacía del Estado ha presentado un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra las normas de preinscripción que ha dictado la Generalitat para el curso que viene en los colegios catalanes. Le pide, como medida cautelar, que ordene abrir un nuevo periodo de matriculación con el fin de que los padres puedan hacer efectivo su derecho a pedir para sus hijos enseñanzas en castellano.
El recurso, presentado a instancias del Ministerio de Educación y que ha sido admitido a trámite por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, denuncia que la solicitud de preinscripción para 2015/2016 en los centros de Infantil, Primaria y la ESO de los centros públicos y concertados catalanes vulnera la ley en dos cuestiones, según explican a EL MUNDO fuentes de toda solvencia.
Por un lado, no incluye la casilla que facilitaría que los padres pudieran pedir que sus hijos recibieran la enseñanza en castellano. El impreso tan sólo pregunta por las «lenguas que entiende» el alumno (castellano, catalán o ambas), pero no por la lengua en que sus padres quieren que aprenda.
Por otro lado, recoge como solución la fórmula de la «atención individualizada» para los alumnos cuya lengua materna sea el castellano en el primer curso de Infantil. Esta medida, que defiende la Generalitat, no satisface el derecho a recibir enseñanzas en castellano, según han considerado tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo.
Estas polémicas hojas de inscripción, que todos los años son iguales (sólo cambia la fecha), ya fueron recurridas hace años por la asociación Convivencia Cívica Catalana y el propio TSJC instó en su día al Departamento de Educación de la Generalitat a dar a los padres de los alumnos la opción de elegir el idioma en que quisieran aprender sus hijos. Sin embargo, es la primera vez que el Gobierno toma cartas en el asunto en esta cuestión y directamente emprende acciones legales contra Cataluña para garantizar el derecho de los alumnos a recibir enseñanza en castellano. Nunca había llegado tan lejos.
La Abogacía del Estado considera en su recurso que la Generalitat ha desoído los pronunciamientos judiciales y, al aprobar el pasado día 18 de febrero sus normas de preinscripción y matrícula para el curso que viene, persiste en su vulneración del derecho de los alumnos a recibir enseñanza en castellano. Según las fuentes consultadas, vulnera, en concreto, los artículos 3 y 27 de la Constitución, que reconocen el derecho de todos los españoles a usar el castellano y a elegir la educación que quieran para sus hijos.
La Abogacía del Estado ha pedido al TSJC que dicte una medida cautelar, en tanto se resuelve el recurso, para que ordene que los padres puedan solicitar de forma efectiva una escolarización en castellano. Esto conllevará, según las mismas fuentes, que se abra un nuevo periodo de matriculación (el plazo para presentar la solicitud de preinscripción terminó el pasado 17 de marzo) para que los padres puedan pedirlo por cualquier medio que consideren oportuno.
Las mismas fuentes señalan que el TSJC ha hecho pieza separada de la medida cautelar y se la ha notificado ya a las partes. A la Generalitat le pide que presente alegaciones en un plazo no superior a 10 días.
Estas fuentes añaden que el objetivo del Gobierno no es que se dé toda la enseñanza en castellano en las escuelas catalanas, sino que sea utilizado junto al catalán como lengua vehicular en «una proporción razonable», como indica la jurisprudencia existente.
Y aquí es cuando el Gobierno se moja de verdad, porque por primera vez concreta en su recurso lo que se considera «una proporción razonable». Esto es, un mínimo del 25% de las horas lectivas, lo que supone en la práctica una asignatura troncal o análoga, además de la de Lengua Castellana y Literatura. Actualmente, los centros catalanes suelen limitarse a dar en castellano la asignatura de Lengua Castellana.
Es la primera vez que el Gobierno hace mención expresa a este porcentaje, de conformidad con el pronunciamiento previo del propio TSJC, dictado en aplicación de la jurisprudencia del Supremo. Hasta entonces, se había escabullido alegando que era la Generalitat la que debía definir qué consideraba como «proporción razonable» y ni siquiera en la Ley Orgánica para la Mejora Educativa (Lomce) –la primera Ley de Educación que contempla que «el castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado»– se marcaban porcentajes concretos.
Las mismas fuentes recalcan que los formularios de inscripción son los que han motivado el recurso, pero que éste va más allá al cuestionar, asimismo, la falta de garantía de derechos que el sistema educativo catalán provoca. En este sentido, denuncia la «inacción» o «inactividad» de la Generalitat, al incumplir su obligación legal de garantizar la enseñanza en castellano como lengua vehicular sin determinar en qué horarios y materias se va a utilizar.
Y por eso le pide, además de la medida cautelar, que incorpore en su oferta y planificación educativa el uso del castellano como lengua vehicular en una proporción razonable.
El Gobierno cree que el Govern no está haciendo los deberes al no facilitar mecanismos administrativos para que los padres puedan pedir castellano en la escuela, pero también al no tener en cuenta este derecho en la programación de la oferta educativa y al no dar información –como le ha pedido reiteradamente la Alta Inspección del Estado– sobre qué centros en concreto usan algo de castellano durante sus clases.
Considera que Cataluña es la única comunidad con lengua cooficial que incumple la ley, porque en el País Vasco, Galicia, la Comunidad Valenciana o Baleares se han encontrado soluciones que mayoritariamente optan por sistemas integrados bilingües o plurilingües que garantizan los derechos lingüísticos de las familias.