La decisión del Tribunal Supremo de declarar como no amnistiado el delito de malversación de los condenados por el procés anticipa una larga guerra judicial contra la ley de amnistía tanto en España como en la UE.
La Sala de lo Penal del Supremo, presidida por Manuel Marchena, ha declarado que el delito de malversación por el que fueron condenados Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa no tiene cabida dentro de la ley de amnistía ya que los acusados obtuvieron un beneficio personal al no pagar de su bolsillo los gastos generados por el procés y recurrir para ello a fondos públicos.
En la misma línea, el magistrado Pablo Llarena ha declarado no amnistiado el delito de malversación, castigado con hasta doce años de cárcel y por tanto el más grave de todos los juzgados, para Carles Puigdemont y los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig.
En la misma resolución, Llarena ha decidido mantener las órdenes nacionales de detención, lo que implicaría que Puigdemont fuera arrestado de inmediato al entrar en territorio español e ingresado con casi total seguridad en prisión dada la gravedad de su delito y de la pena asociada a él.
En sus resoluciones, el Supremo ha dado argumentos que avalan la posible inconstitucionalidad de la ley de amnistía, ha invocado las críticas de la Comisión de Venecia a la ley, ha respaldado el criterio de los fiscales del procés en contra de la opinión del fiscal general Álvaro García Ortiz, y ha mantenido la inhabilitación de Oriol Junqueras y de Dolors Bassa hasta 2031, y de Raül Romeva hasta 2030.
El Supremo, además, ha afirmado que «es especialmente difícil conciliar el esfuerzo de la UE por eliminar márgenes de impunidad para los malversadores con la voluntad del legislador español de dispensar un tratamiento excepcional y personalizado a unos delitos de especial gravedad por el simple hecho de haber sido cometidos por unos concretos responsables políticos y en una determinada franja histórica. El legislador ha estimado necesario abrir un paréntesis a cien años de jurisprudencia y hacerlo para unos hechos y unos protagonistas muy concretos».
Las reacciones no se han hecho esperar. El entorno mediático de la Moncloa ha acusado a los jueces del Tribunal Supremo de negarse a aplicar la voluntad del legislador, y Carles Puigdemont ha calificado a los magistrados de «la Toga Nostra». El PSOE, por su parte, ha dicho «respetar» la decisión de los jueces, pero también ha manifestado su «discrepancia» y su «sorpresa» por las «sorprendentes e innecesarias consideraciones políticas».
Nadie en el Gobierno ni en el PSOE puede llevarse a engaño. La ley de amnistía ha sido desde el primer día una norma tramposa cuyo objetivo no era el declarado, la reconciliación de la sociedad catalana, sino garantizarle a Pedro Sánchez los votos que necesitaba para ser investido presidente.
Se trata de una norma, además, muy difícilmente encajable en la Constitución, redactada en buena parte por los propios delincuentes que iban a ser indultados, y sostenida jurídicamente con alfileres para disimular el hecho de que se trata de la concesión caprichosa de un privilegio político a unos políticos concretos en un periodo de tiempo arbitrario y por unos delitos seleccionados ad hoc.
El Supremo llega a señalar al Gobierno uno de sus muchos errores en la elaboración de la ley cuando recuerda que nada le impedía al legislador haber amnistiado cualquier tipo de malversación, incluida la que genera un beneficio personal para el malversador. Es decir, le reprocha al Gobierno haber abierto él mismo la puerta a la no amnistía del delito más grave por el que se condenó a los líderes del procés.