Santiago González, santiagonzalez.wordpress.com, 24/6/12
Vean el titular que ilustra este comentario. Aparece en El País de ayer encabezando una información de Julio Lázaro que se refiere a los votos particulares de tres magistrados del TC. Los magistrados del Tribunal Constitucional no tienen por qué ser jueces, sino expertos en Derecho. Julio Lázaro es periodista de larga trayectoria y conoce esta distinción. El titular no es del todo incorrecto aplicándole el factor de simplificación que supone todo titular: dos de los tres magistrados disconformes con la sentencia que legaliza Sortu sí son jueces, ambos magistrados del Tribunal Supremo: Ramón Rodríguez y Javier Delgado, que presidió el más alto tribunal de España entre 1996 y 2001. El tercero, Manuel Aragón, es catedrático de Derecho Constitucional, especialista en Derechos Fundamentales.
Comprenderán ustedes que las opiniones de los discrepantes nos resulten de más interés que la ponencia que luego se convirtió en sentencia, encargada a Elisa Pérez Vera, catedrática de Derecho Internacional Privado, a juicio de quienes creemos en la especialización. Bueno, lo del Derecho Internacional no está mal, dado el desafío segregacionista que nos viene, pero también podrían haber encargado la ponencia a un especialista en Derecho Marítimo. En todo caso, queridos y queridas, ustedes opten siempre por la especialización adecuada. Si siente algún dolorcillo en el pecho y sufren arritmias, vayan a la consulta de un cardiólogo, no al oculista.
El problema es que la gente se confunde. Se confunde el propio Tribunal Constitucional, tal como dice el razonable y razonado voto particular de Manuel Aragón, que afea a sus compañeros:
“este Tribunal, además de haber desfigurado su función jurisdiccional, también ha debilitado, lamentablemente, la eficacia de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, cuya conformidad con la Constitución habíamos declarado en la STC 48/2003, de 12 de marzo, y que, además, el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos había valorado, desde la perspectiva de control que le corresponde, como adecuada a las previsiones del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, en la ya citada Sentencia de 30 de junio de 2009.”
Si el propio TC no tiene clara su función jurisdiccional, ¿cómo vamos a reprochar a Idoia Mendia, portavoz del Gobierno Vasco que explicara su satisfacción porque ”ha hablado el más alto tribunal que hay en España”, por mucho que en su calidad de consejera de Presidencia sea la cabeza jurídica del Gabinete López? El más alto Tribunal que hay en España es el Supremo, la misma palabra lo dice, sumo, altísimo, que no tiene superior en su línea. El TC no es jurisdiccional. Claro que en este pleonasmo que es España, si ella misma discutida y discutible, es nación de naciones, ¿por qué el TC no iba a ser Supremo del Supremo?
En rigor, has más Supremos del Supremo. El Tribunal Constitucional le ha hecho un siete al Tribunal Supremo, justo el mismo día en que los vocales del Consejo General del Poder Judicial y el Periodismo de Investigación Sectorial, segunda y tercera cámara de casación, le hacían otro: conseguían la cabeza de Carlos Dívar a pesar de que el Tribunal Supremo, el cuarto tribunal más alto de España, como su propio nombre indica, hacía público un auto en el que no encontraba abuso en los gastos de Dívar.
No anda descaminada Esperanza Aguirre al pedir que el Tribunal Constitucional desaparezca como institución y pase a constituirse como una sala del Tribunal Supremo. No se me oculta que su permanencia con su actual estatus en el papel que se le otorgó en la Constitución da una cierta relevancia a su función de guardián de las esencias constitucionales y a las garantías que sobre derechos y libertades establece la Constitución Española de 1978. La Sala Constitucional del Supremo se ocuparía de las cuestiones que le son propias sin interferir en la de lo Penal, un suponer.
O tal vez, ya como estamos, disolver el Tribunal Supremo, una medida que, como diría la consejera de Presidencia del Gobierno Vasco ”legaliza y ratifica una realidad que ya existía en Euskadi y en España”. Con tres nos basta.
Santiago González, santiagonzalez.wordpress.com, 24/6/12