La decisión de mantener el caso en la Audiencia Nacional la ha adoptado el Tribunal Supremo, que le ha otorgado la competencia frente a la Audiencia Provincial de Navarra, que reclamaba para sí el asunto alegando que no había elementos terroristas en los hechos.
La Sala Penal del Supremo advirtió en un auto, fechado ayer, de que hay indicios de que las agresiones se podrían encajar en el artículo del Código Penal que considera delito de terrorismo la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física cuando se lleva a cabo con la finalidad de provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.
«La gravedad del delito no puede excluirse por el momento, dada la entidad de las lesiones sufridas por uno de los agentes», según considera la Sala. En este sentido, añade que «de modo indiciario» se aprecia que los hechos se ejecutaron dentro del marco de conductas dirigidas a crear un estado de terror e inseguridad en los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de sus familias, para impulsarles a abandonar el País Vasco y Navarra. Es más, el Alto Tribunal no descarta que la finalidad de los hechos investigados fuera provocar tal estado emocional en las personas que aparecen como víctimas.
Por ello, de acuerdo con el informe de la Fiscalía al respecto, el Supremo cree que la competencia debe resolverse en este momento a favor de la Audiencia Nacional, que se encarga de los delitos de terrorismo, sin perjuicio del resultado de la investigación y de lo que, en su caso, pudiera decidirse en el momento de ir a juicio.
El citado auto expone que los hechos denunciados se refieren a una agresión sufrida por dos guardias civiles y cometida por un grupo de personas vinculadas a organizaciones orientadas a expulsar a los miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado de la Comunidad de Navarra y del País Vasco, según los informes policiales presentados al Juzgado de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional. Estas personas recurrieron a actos reiterados de protesta, presión y hostigamento contra los agentes y sus familias. El relato de hechos denunciados señala que una de las personas vinculadas a esos grupos fue la que inició el enfrentamiento y la agresión.
La cuestión de competencia fue planteada ante el Tribunal Supremo por el Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona, por orden de la Audiencia Provincial de Navarra, al resolver un recurso de apelación de los investigados contra el auto que enviaba la investigación a la Audiencia Nacional. Este tribunal es el que ha llevado adelante la investigación, que ya se ha concluido.
Precisamente, el pasado 24 de marzo, la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela aceptó también la competencia para investigar los incidentes ocurridos, el 11 de marzo, en Pamplona, en el transcurso de una manifestación en el casco antiguo de esta ciudad, cuya autoría señaló a un grupo autodenominado Errepresioari Autodefensa.
Según la juez, los hechos pudieron constituir un presunto delito de terrorismo tras considerar que el grupo publicitó el acto por redes sociales para «subvertir el orden constitucional y alterar la paz pública».