EL MUNDO 06/05/14
Por unanimidad, la Sala Primera del Tribunal Constitucional acordó ayer que el ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi siga en prisión mientras el tribunal resuelve si le ampara frente a su condena por el caso Bateragune. El TC ha valorado la gravedad del delito de integración en ETA por el que se le condenó y la inminencia de la decisión sobre el recurso.
El dirigente abertzale Arnaldo Otegi conocerá en prisión la decisión que tome el Tribunal Constitucional (TC) sobre la demanda de amparo que interpuso en 2012 contra su condena por el caso Bateragune. Este asunto se refiere a la creación, por designio y bajo las directrices de ETA, de un grupo de coordinación formado por cinco personas, entre ellas el ex portavoz de Batasuna, para diseñar y desarrollar una estrategia política de acumulación de fuerzas soberanistas a favor de la independencia del País Vasco.
La Sala Primera del TC decidió ayer no acceder a la petición de Otegi de que se acordase la suspensión de la ejecución de la condena –lo que hubiera supuesto su excarcelación inmediata– a la vista de que ya lleva cumplidas las tres cuartas partes de la pena. La solicitud de puesta en libertad se ha formulado en coincidencia con la campaña de las elecciones al Parlamento Europeo, a las que concurre Bildu en una coalición con otras formaciones favorables al derecho de autodeterminación.
Otegi fue condenado en septiembre de 2011 por la Audiencia Nacional a 10 años de prisión, pena que quedó reducida a seis años y medio tras la estimación parcial de su recurso de casación por la Sala Penal del Tribunal Supremo. La rebaja de la condena fue consecuencia de la apreciación del TS de que Otegi no actuó como dirigente de Bateragune, sino como mero integrante de la organización criminal.
El ex portavoz de Batasuna se encuentra en prisión desde octubre de 2009, por lo que ha cumplido cuatro años y medio de condena. La Sala Primera del TC, presidida por el presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, y por los magistrados Luis Ortega, Andrés Ollero, Encarnación Roca, Santiago Martínez-Vares y Juan Antonio Xiol, ha estimado que el mero transcurso del tiempo –único argumento alegado por la defensa de Otegi en la petición de excarcelación– no es un motivo que permita suspender la ejecución de una sentencia firme dictada por el más alto órgano de la jurisdicción ordinaria.
La denegación de la excarcelación fue pacífica y se adoptó sin votos en contra en una breve deliberación, según las fuentes consultadas por este periódico.
Fuentes jurídicas indicaron que el TC ha valorado la gravedad del delito por el que Otegi fue condenado y ha tenido en cuenta que el recurso de casación se va a resolver de forma inminente, lo que lleva al Constitucional a rechazar el argumento de que, si el dirigente abertzale no es excarcelado, su recurso de amparo va a perder su finalidad.
Las fuentes consultadas indicaron que la denegación de la excarcelación no prejuzga la resolución del fondo del asunto, aunque admitieron que para el momento en que fuese amparado Otegi ya habría satisfecho la mayor parte de su condena y le restaría por cumplir menos de dos años.
La condena por el caso Bateragune fue controvertida en el Supremo. Dos de los cinco magistrados de la Sala consideraron que la Audiencia Nacional vulneró el derecho al juez imparcial y uno de ellos opinó que no había delito.