EL MUNDO 09/11/15
· El texto que se aprobará hoy choca con las claves de la Constitución y del Estatut.
El Gobierno activará el engranaje del Estado en cuanto el Parlament ponga hoy punto final a una votación que, salvo sorpresa, dará luz verde a la propuesta independentista de Junts pel Sí y la CUP.La maquinaria se pondrá en marcha «un minuto después», en palabras de Santamaría, para anular el acuerdo y los efectos que de él puedan derivar. El Gobierno, en línea con los anteriores pronunciamientos del Consejo de Estado y del Tribunal Constitucional, mantiene que la resolución constituye «una inaceptable vía de hecho» para quebrar los principios nucleares de la Carta Magna y del Estado.
Los argumentos del Gobierno para impugnar la resolución independentista son meridianos. De hecho, se sometieron ya a consideración del Constitucional con ocasión de la aprobación en enero de 2013 de la Declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña.
Tanto el Abogado del Estado, como la mayoría de los miembros del Consejo de Estado (hubo dos votos particulares), coincidieron en señalar que la resolución, una vez aprobada, constituía un acto «definitivo» del Parlament y no un mera propuesta de trámite, por lo que procesalmente resultaba idónea para ser objeto de impugnación.
Ahora, en esta segunda oportunidad, en la que se dirimirá la resolución que da «inicio al proceso de creación del Estado catalán independiente en forma de república», se repetirá el argumento. El Gobierno cree que no existe duda respecto a la «manifiesta voluntad» de dar por emprendido el camino de la «desconexión».Y constata que el destinatario del acuerdo es la Generalitat a la que se urge a «adoptar las medidas necesarias para hacer efectivo» el mandato, iniciando en un «plazo máximo de 30 días» la tramitación de las leyes de Seguridad Social y Hacienda.
Más aún, en el punto seis se insiste en atribuir al Parlament el carácter de órgano «depositario de la soberanía» no supeditado a las decisiones de las instituciones del Estado y, en particular, a las del Tribunal Constirucional.
En opinión del Gobierno, el desafío es «abierto e indubitado» y su objetivo último es el de dinamitar los principios sobre los que se fundamenta el Estado.
Los servicios jurídicos aprecian un ataque frontal a los artículos 1.2, 1.3, 2, 9.1 y 168 de la Carta Magna, además de un desprecio patente al Estatuto de Autonomía que en su artículo 1 estipula: «Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto que es su noma institucional básica».
El Consejo de Estado en el dictamen que emitió sobre la declaración soberanista de 2013 ya subrayaba la confrontación con el artículo 1.2 de la Carta Magna, según el cual «la soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan todos los poderes del Estado». Así, atribuir la soberanía a cualquier otra instancia, en este caso el Parlamento de una comunidad autónoma, contradice abiertamente el precepto constitucional básico.
De igual forma, atenta contra el apartado tercero del primer artículo de la Carta , que define el Estado español como una «monarquía parlamentaria», al atribuir a la futura Cataluña independiente la forma de república.
También choca contra el artículo 2 que establece «la indisoluble unidad de la nación española». Los artículos 1 y 2 son, según definición de los letrados de las Cortes, los «supraprincipios jurídicos de la Carta Magna; la clave de bóveda del régimen constitucional».
Además, desconoce los procedimientos establecidos en el artículo 168 que recoge los mecanismos para proceder a una reforma de la Constitución, y contradice el artículo 9 en virtud del cual «los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico».