EL CORREO 13/02/14
· Asume la petición del Ayuntamiento de San Sebastián y paraliza la segregación a la espera de dictar sentencia en el plazo de un año
Igeldo vuelve a ser un barrio de San Sebastián. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) resolvió ayer suspender cautelamente el proceso de segregación emprendido el pasado 17 de diciembre por la Diputación para convertir a los igeldotarras en vecinos del municipio 89 de Gipuzkoa.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso atendió ayer, en un auto de diez páginas, el requirimiento realizado por el Ayuntamiento de San Sebastián a instancias de las tres fuerzas de oposición a Bildu –PSE, PP y PNV– y paralizó la desanexión hasta que dicte la sentencia sobre el fondo del litigio que enfrenta a las dos principales instituciones del territorio. Contra la resolución cabe recurso de reposición en cinco días ante la misma sala, pero su aplicación es inmediata. Lo que significa que queda abortado el calendario promovido esta misma semana, sin esperar al posicionamiento de los jueces, por el gobierno de Martin Garitano, según el cual la comisión gestora que debía regir Igeldo se iba a constituir el próximo martes. El futuro del –de nuevo– barrio donostiarra queda pendiente de un veredicto definitivo que tardará entre un año y un año y medio. Es decir, fluctuando en torno a las elecciones municipales de mayo de 2015.
La resolución supone un obvio revés para el Ejecutivo foral, aunque éste sabía que podía sufrir un cuestionamiento judicial fruto de la inseguridad jurídica que pesa sobre el proceso, y que en el mundo del Derecho se daba poco menos que por inevitable a tenor del modo en que se ha impulsado. La Sección Primera, presidida por Javier Murgoitio y de la que forman parte también Juan Alberto Fernández y José Antonio González, no demoró una decisión que se esperaba desde enero y se pronunció ayer aceptando la petición formulada por los servicios jurídicos del Ayuntamiento de San Sebastián, aunque no todo su argumentario.
La deliberación no fue extensa y se saldó con la unanimidad de la sala. Los magistrados sostienen, contra el criterio de la Diputación y de la Comisión Promotora para el Reconocimiento de Igeldo como municipio, que «no puede negarse» que San Sebastián «se va a ver afectado necesariamente» por la segregación de uno de sus barrios. Y lo sustenta en una doble consideración.
Por una parte, el auto da por hecho que la desanexión «implica unas afecciones y requerimientos» que colocan al Ayuntamiento donostiarra no en una posición «pasiva», sino «en la más activa de readaptar toda su organización y funcionalidad, en todos los aspectos, a una nueva configuración del municipio», con unos «costes directos e indirectos indudables». En segundo lugar, los magistrados se anticipan a la hipótesis de que la futura sentencia pudiera dar la razón a los recurrentes. Y advierten que en ese supuesto, la capital guipuzcoana tendría que «reabsorber el núcleo de Igeldo ya para entonces creado en la práctica», con los eventuales «perjuicios» o «situaciones lesivas irremediables» que ello conllevaría.
Diecinueve años en litigio
El tribunal redondea sus tesis acogiéndose a una constatación: los diecinueve años que lleva judicializada, de una forma u otra, la iniciativa para disgregar Igeldo de la capital guipuzcoana. A tenor de esos «factores históricos concurrentes», no existe para la sala en este momento un «interés tan intenso» para desanexionar el barrio «que no pueda esperar a que la Jurisdicción Contencioso-Administrativa se pronuncie sobre su validez en Derecho». Lo que traducido a lenguaje llano significa que los jueces no encuentran base jurídica suficiente para permitir que prosigan los trámites de la independencia, que creen más razonable aguardar a su propia sentencia sobre el fondo del asunto y que perciben «riesgo» de que la segregación provoque efectos irreversibles, o difíciles de revertir, si no se frena ahora.
Todo ello lleva a la sala a decantarse por la suspensión cautelar. No obstante, no hace suyos todos los argumentos del Ayuntamiento de San Sebastián, al que advierte, entre líneas, que aún no es el momento de evaluar el fondo del contencioso; de hecho, descarta analizar, a modo de ejemplo, si Igeldo puede separarse o no dado que no llega a los 2.500 habitantes exigidos por la norma foral de 2003. También entre líneas, el tribunal deja constancia de que la Diputación y el grupo promotor de la independencia no han rebatido los perjuicios concretos esgrimidos por el Ayuntamiento donostiarra.
La resolución, como se ha visto, se cuida muy mucho de adentrarse en si es lícita o no la segregación de Igeldo, patrocinada por la Diputación tras el resultado favorable de la consulta popular celebrada el 17 de noviembre y que, en origen, no era vinculante. Pero los jueces sí recuerdan, al cerrar su auto, que el decreto de la actual Diputación se opone a otro de 2010 (bajo mandato del PNV) contrario a la segregación. Un contraste que sume el procedimiento «en una especial nebulosa e incertidumbre jurídicoadministrativa que recomienda a los órganos jurisdiccionales la mayor de las cautelas».