ABC – 17/12/14
· La Sala Penal, dividida en dos, aplaza al 13 de enero su decisión sobre la acumulación de condenas a etarras.
Pese a estar fijado con casi dos semanas de antelación, el Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo fue incapaz de ponerse de acuerdo ayer para adoptar un criterio unánime sobre la acumulación de condenas de presos etarras. Precisamente por este motivo, y para no hacer más ruido del que ya hizo la Audiencia Nacional con la fractura en dos de su Sala Penal, los quince magistrados del Tribunal Supremo adoptaron una decisión salomónica –por unanimidad, eso sí– que al único al que ha contentado ha sido al histórico dirigente etarra «Santi Potros», el inductor de la matanza de Hipercor: podrá pasar las Navidades en su casa y en una situación de absoluta libertad.
Y es que lejos de estudiar el recurso concreto que el Tribunal Supremo tenía entre manos, el del etarra Kepa Pikabea, al que la Audiencia Nacional negó la acumulación de condenas, la Sala Penal ha decidido dar traslado a las partes (a la Fiscalía y al abogado del terrorista) para que s e pronuncien sobre los efectos que tiene en su caso la entrada en vigor de una nueva ley.
Los límites de la nueva ley
Se trata de la norma que aprobó el Congreso el pasado 12 de noviembre y que traspone la decisión marco europea a la que se quieren acoger los terroristas para lograr excarcelaciones masivas, como las que propició la anulación en instancias judiciales europeas de la doctrina Parot. Esta decisión marco posibilita la acumulación de condenas impuestas en cualquier país de la UE, aunque cuando España la ha plasmado en papel ha limitado sustancialmente su aplicación: solo permite que se acumulen aquellas condenas impuestas en el extranjero con posterioridad a agosto de 2010.
La fractura en la Sala Segunda del Tribunal Supremo era un secreto a voces y ayer se puso de manifiesto desde el minuto uno. Desde el inicio del Pleno, a las doce de la mañana, ya se vio que las posturas serían irreconciliables, según reconocieron fuentes del Pleno. A ello se añadía el malestar que en algunos miembros de la Sala habían provocado las palabras del ministro de Justicia, Rafael Catalá, al expresar su deseo de que los jueces devolvieran a «Santi Potros» a prisión. Precisamente ese malestar es el que aventuraba que lo que estaba en juego ayer era algo más que una cuestión estrictamente jurídico-técnica.
Tras seis horas reunidos, con pausa para almorzar incluida, se confirmaba que el único «acuerdo» posible sin estridencias era el de aplazar la decisión, aunque bien es verdad que los magistrados de perfil más conservador podrían haber resuelto la cuestión por mayoría.
Sin trámite de audiencia
Sin embargo, el caso de Pikabea generaba un problema técnico real, según explicaron las fuentes citadas, y es que su recurso contra la negativa de la Audiencia Nacional a acumularle las condenas (en su caso, impuestas en Francia) era anterior a la entrada en vigor de la ley que traspone esa decisión marco. Es decir, hay un hecho nuevo con el que no contaron las partes cuando interpusieron su recurso ante el Supremo, por lo que lo oportuno, para evitar problemas futuros (ante el Tribunal Constitucional o, en su caso, ante Estrasburgo) lo que procede es acordar un trámite de audiencia en el que también participará la Fiscalía.
Con los informes en la mano, el próximo 13 de enero, el Pleno de la Sala Penal no podrá aplazar mucho más su decisión, que si bien se referirá exclusivamente al caso de Pikabea, establecerá el mismo criterio para todos los etarras que se quieren acoger a esa decisión marco ahora limitada por la propia ley española. Básicamente es lo que se esperaba del Pleno de ayer, en el que en líneas generales magistrados de perfil conservador abogaron por desestimar el recurso del etarra, y los de perfil más progresista, por estimarlo.
Hay quien propuso también la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea al considerar «excesivas» las limitaciones que ha impuesto el legislador español a la acumulación de condenas. Esta es la postura que comparten los jueces de la Audiencia Nacional que decidieron dejar en libertad a «Santi Potros» veinticuatro horas antes de que entrara en vigor esa ley.
Lo cierto es que con su gesto, además de prolongar el dolor de las víctimas del terrorismo y propiciar que la Sección Primera resuelva en estos días más excarcelaciones exprés, lo que han hecho los quince magistrados de la Sala Penal es pasar la pelota a la Fiscalía, cuyo criterio sobre este asunto se considera «determinante» para resolver definitivamente la cuestión, según reconocieron esas fuentes.
El Ministerio Público ya se ha pronunciado al respecto, aunque no en este procedimiento. Sí lo hizo la semana pasada al recurrir la decisión de la Sección Primera de la Audiencia, la que acumuló las condenas de «Santi Potros» y del también terrorista Alberto Plazaola. Considera que con la ley que traspone la decisión marco europea de la que se quieren beneficiar los etarras, lo que hicieron los magistrados de la Audiencia no es posible.
Este recurso todavía no ha sido analizado por el Tribunal Supremo. Obviamente, se espera que en esta ocasión y con este mismo argumento, el fiscal pida que se desestime el recurso del etarra Pikabea y avale, por tanto, la nueva ley.
Un currículo criminal
Kepa Pikabea se integró en ETA en 1980. Sólo en ese año ya participó en cinco atentados terroristas que se saldaron con la muerte de ocho guardias civiles y cinco policías nacionales. En mayo de 1982 pasó a formar parte de un nuevo comando con históricos como José Eciolaza, «Dienteputo»; Goicoechea Elorriaga, «Txapela»; Olaizola Achúcarro, «Antxon», o Bilbao Beascoechea. En 1991 prosiguió su actividad criminal, con Insausti Múgica, «Karpov», y Olarra Guridi como compañeros de viaje.
En julio de 1994 fue arrestado en Francia. En aquel momento ya era una persona destacada en la banda terrorista ETA debido a que había sido «lugarteniente» del que fuera máximo dirigente de la banda, Francisco Múgica Garmendia, «Pakito», hasta su detención en 1992.
ABC – 17/12/14