Escepticismo en el Tribunal Supremo: “La euroorden agoniza”

José Antonio Zarzalejos-El Confidencial

En el Supremo contemplan la posibilidad de que la justicia europea no acepte los criterios de Llarena y que, incluso, la alemana no conceda la entrega de Puigdemont ni siquiera por malversación

 

El instructor del caso especial del “procés” ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, no va a mover ficha de manera inmediata. Lo hará cuando el tribunal alemán decida la entrega –si la decide- de Carles Puigdemont por un presunto delito de malversación. Antes de dictar la resolución de aceptación de la entrega, Llarena planteará al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo una cuestión prejudicial sobre el modo en que los jueces de Schleswig-Holstein han tramitado y decidido sobre la orden de detención y entrega del expresidente de la Generalitat de Cataluña. Fuentes del Tribunal Supremo subrayan que –muy al contrario de lo que se está propalando- el trámite ante el Tribunal Europeo “es una cuestión prejudicial porque la formulará el instructor del caso antes de dictar la resolución de aceptación de la entrega del reclamado”.

Antes de ese momento procesal, y siempre según las fuentes consultadas, Pablo Llarena no tiene propósito de alterar los términos de la orden de detención y entrega y por lo tanto, no rectificará ni ampliará la reclamación añadiendo el delito de sedición. “Mucho tendrían que cambiar las cosas para que se produjese esa alteración” se subraya en el Supremo donde consideran que el tribunal germano no se ha conducido como debía, es decir, “haciendo un juicio de simetría” entre la legislación penal española y la alemana sin entrar en la cuestión de fondo que corresponderá en su momento a la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

 En el alto organismo jurisdiccional español no hay “pesimismo” pero sí escepticismo sobre el futuro de este procedimiento judicial de detención y entrega. Se cree que la “euroorden agoniza” porque se ha alterado su sentido que era de máxima y mutua colaboración entre los tribunales de la Unión. Es más, se apunta que España podría cuestionar si merece la pena “pagar el precio de la cesión de soberanía que supone el procedimiento de detención y entrega” a tenor de los resultados que la actual está teniendo. Otros juristas –por ejemplo el catedrático de derecho penal Luis Rodríguez Ramos y expertos en la magistratura e, incluso, en las fiscalías- consideran que la justicia alemana ha actuado correctamente y que el tribunal se ha limitado a una verificación de la doble incriminación ya que sólo se produce automatismo en la concesión de la entrega respecto de treinta y dos delitos muy determinados. La rebelión no está entre ellos y el de malversación podría estarlo si el tribunal considera que se trata de un supuesto de “corrupción”.

Con la presentación en su momento de la cuestión prejudicial en Luxemburgo quedarán paralizadas todas las euroordenes tanto en Alemania, como en el Reino Unido y en Bélgica (en Suiza el procedimiento es el de la extradición). En este trámite ante el Tribunal de Justicia de la Unión pueden formular alegaciones todos los Estados a través de sus respectivos servicios jurídicos, lo que, por una parte, dilata la resolución última del caso de Puigdemont y, por otra, “obliga a retratarse a todos los países que comparten este mecanismo de cooperación judicial”.

En el Supremo contemplan la posibilidad de que la justicia europea no acepte los criterios de Llarena y que, incluso, la alemana no conceda la entrega

Mientras tanto, el proceso que instruye Llarena continuará con las declaraciones indagatorias de todos los procesados que darán comienzo a partir del día 16. Se trata de una comparecencia ante el magistrado en la que el procesado puede hacer rectificaciones o aclaraciones respecto de todas sus declaraciones anteriores y es un trámite de máxima garantía antes de que el instructor dicte el auto de conclusión y eleve la causa a la Sala que ha de acordar la apertura del juicio oral. Están pendientes de resolverse los recursos de apelación contra los procesamientos cuyas resoluciones no tardarán tampoco en producirse. Todo este itinerario procesal no se va a ver afectado por los avatares de la euroorden.

En el Supremo contemplan la posibilidad de que la justicia europea no acepte los criterios de Llarena y que, incluso, la alemana no conceda la entrega de Puigdemont ni siquiera por el presunto delito de malversación. No obstante, la permanencia en España de Puigdemont, en libertad sin cargos o después de ser juzgado y eventualmente condenado por malversación, podría no asegurarle la impunidad por rebelión según fuentes del Supremo que prefieren no adelantar supuestos de “interpretación” de la Decisión Marco que regula la euroorden.

Por fin, en el alto tribunal se lamentan del “ambiente” internacional que se ha creado respecto de la justicia en España. Se reconoce abiertamente que la batalla de la imagen y el bombardeo mediático de los independentistas ha podido hacer mella en la justicia alemana. También explican que la euroorden estaba concebida para Estado democráticamente muy maduros pero que se ha ido desnaturalizando con la adhesión a la Decisión Marco de Estados de menor fiabilidad democrática, lo cual ha generalizado apriorismos que perjudican la finalidad con la que orden de detención y entrega fue regulada y aprobada.