EL CORREO 18/09/14
· La Justicia gala no atiende sus quejas sobre el «va y viene incesante» hacia España para asistir a sus juicios pendientes en la Audiencia Nacional
La Justicia francesa decidió ayer conceder a España la cuarta entrega temporal del exjefe militar de ETA Garikoitz Aspiazu Rubina, ‘Txeroki’, para que sea juzgado en la Audiencia Nacional por un atentado perpetrado en Castellón el verano de 2007. El préstamo tendrá una duración de seis meses a partir de la notificación del permiso al interesado en la cárcel de Arlés (sur de Francia) adonde deberá ser devuelto para que siga cumpliendo las condenas que le han sido impuestas en París.
El Tribunal de Apelación de París aceptó la petición de entrega temporal cursada por España el 25 de mayo de 2002 y actualizada el 4 de junio de 2014 por el magistrado de enlace con Francia, Juan Pablo González. El traslado está destinado a juzgar a Aspiazu por la explosión de una furgoneta bomba en un olivar de la localidad castellonense de Les Coves de Vinromá el 27 de agosto de 2007.
Según la acusación, la autocaravana fue robada días antes a una familia de Orio en la playa de Messanges (Las Landas) y entregada en Venta de Baztán (Navarra) al ‘comando Elurra’, ya cargada con entre 500 y 1.000 kilos de amosal, con la orden de hacerla estallar en el complejo turístico Marina d’Or. Pero los encargados del atentado sospecharon que el vehículo había sido detectado por la Guardia Civil y decidieron explosionar la carga mediante un temporizador tras darse a la fuga.
En un escrito remitido a la corte el pasado 29 de agosto a través de su abogada, Xantiana Cachenaut, ‘Txeroki’ se quejó del «va y viene incesante» de sus varias entregas temporales y devoluciones entre Francia y España. A su juicio, eso puede crear «inestabilidad e imposibilidad de proyectarse a medio plazo» y resultar perjudicial para su vida privada y familiar, seguimiento médico, formación y estu
dios. Además, observó que en sus estancias en cárceles españolas es sometido a un régimen «particularmente difícil» y que las entregas temporales representan en la práctica una «pena suplementaria». Por último, negaba la urgencia del traslado y planteaba un reagrupamiento de las demandas de los diferentes jueces en busca de un equilibrio entre sus derechos y los intereses de las autoridades españolas.
En su fallo, el tribunal argumenta que España está sometida a las exigencias de celebrar los juicios en un plazo razonable y de respetar los derechos de las víctimas, «con más razón las del terrorismo». Desde su punto de vista, las varias causas abiertas en la Audiencia Nacional contra Aspiazu «justifican por si solas» las diferentes entregas temporales.