EL MUNDO 11/07/14
· Hoy se aprueba el decreto que garantiza la enseñanza en colegios privados a quienes no puedan estudiar en castellano
· El Estado abonará cada mes a las familias afectadas la escolarización y los costes de transporte y comedor
· Cada tres meses Hacienda se lo deducirá de la financiación autonómica a las comunidades que practican la inmersión
Cataluña tendrá que empezar a pagar en septiembre el coste de estudiar en castellano. Si no garantiza la enseñanza en esta lengua, el Estado le pasará la factura de colegios privados de forma trimestral.
El Estado adelantará cada mes a las familias afectadas la escolarización, el transporte y el comedor. Luego Hacienda deducirá o retendrá el dinero a la Generalitat de la financiación autonómica. Así lo establece el decreto que garantizará el derecho de todos los españoles a aprender en castellano, al que ha tenido acceso EL MUNDO y que previsiblemente será aprobado hoy en el Consejo de Ministros.
El texto, que ha sido sometido a revisión del Consejo de Estado y de otros órganos consultivos y recoge la principal jurisprudencia existente, detalla todos los pasos que deben seguir los padres que quieran para sus hijos una enseñanza en castellano y no vean que se les garantiza este derecho en las comunidades que practican la inmersión lingüística (fundamentalmente, Cataluña). Concreta y da vía libre, en definitiva, a la solución que se le ocurrió al ministro de
Educación, José Ignacio Wert, a finales de 2012 para atender a las demandas de las familias afectadas y que tanta polémica ha generado.
La Generalitat catalana ya ha dicho que no piensa hacer caso, pero el decreto que desarrolla la disposición adicional 38ª de la Ley Orgánica para la Mejora Educativa (Lomce) deja claro que tendrá que empezar a pagar a partir del próximo curso, que comienza en septiembre.
El proyecto de real decreto especifica que el Ministerio de Educación adelantará cada mes a los padres afectados no sólo el dinero de la matrícula y la escolarización en estos centros, sino también otros gastos complementarios, como el transporte, el comedor o incluso el internado.
Luego hará un inventario con todos los costes que remitirá con periodicidad trimestral (en el primer borrador del decreto se establecía de forma mensual) al Ministerio de Hacienda, que, a su vez, «podrá deducir o retener» estas cantidades a la Generalitat de las partidas correspondientes a la financiación autonómica. Así que, en realidad, Cataluña no podrá negarse: no es que tenga que poner el dinero; es que el Gobierno no le dará lo que le debe.
Este derecho, dice el decreto, será reconocido desde el inicio del curso hasta la terminación de la educación obligatoria, hasta los 16 años.
Una de las novedades es que el texto que el Gobierno tiene previsto aprobar hoy determina lo que tendrá que pagar Cataluña por alumno: el equivalente al gasto público por persona en la enseñanza no universitaria, tal y como consigna la estadística oficial del Ministerio de Educación, y que está fijada actualmente en 6.057 euros al año.
El nuevo redactado aprovecha para curarse en salud y dice también que este indicador puede ser modificado por el ministro de Educación, previo informe vinculante del Ministerio de Hacienda, para adecuarlo a los costes efectivos de escolarización «ofertados en el mercado».
El decreto también contempla ahora qué ocurrirá si algún padre quiere aprovecharse y es pillado in fraganti pidiendo educación en castellano con el único propósito de que el colegio de pago de sus hijos le salga gratis. En su versión final, el texto contempla que estas familias «deberán reintegrar las cantidades abonadas por el Ministerio». El Consejo de Estado le había instado a fijar «unas reglas que eviten situaciones de empleo inadecuado del mecanismo del reconocimiento del derecho». Este añadido puede entenderse como una forma de disuadir a los que se sientan tentados al fraude.
También incluye ahora a Navarra entre las comunidades autónomas que posean, justo al castellano, otra lengua oficial y precisa más los criterios que debe tener en cuenta la Alta Inspección, que es el órgano que instruye el procedimiento. También se añade que la resolución podrá ser susceptible de un recurso de alzada y se recoge una nueva disposición adicional de protección datos.
Se ha suprimido, por contra, el plazo de 10 días requerido a los padres interesados para presentar la documentación complementaria o ampliatoria. El Consejo de Estado pedía en sus recomendaciones, que no son vinculantes, que redujera el papeleo a las familias.
Se mantiene, eso sí, la disposición que dice que el real decretos se dicta al amparo de la regla primera del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia para establecer las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales. Es una forma de recordarle a Cataluña quién es el que manda.
El real decreto recuerda que la Lomce obliga a las comunidades a garantizar el derecho del alumnado a recibir las enseñanzas en castellano y en la lengua cooficial, para que al final todos sepan escribir y hablar tanto en una como en otra. Ofrece dos alternativas: o bien un sistema en el que se den varias asignaturas en castellano, para lo cual el Gobierno autonómico determina «la proporción razonable» de cada una de las lenguas; o bien un sistema de completa inmersión en el que, no obstante, debe haber algún colegio público o concertado en el que el castellano sea lengua vehicular. Si no se garantiza esta «oferta alternativa», es cuando el Gobierno entra en acción y se activa el mecanismo de los colegios privados.