Ideas para reformar el Senado

EL MUNDO 08/12/16
F. SOSA WAGNER / M. FUERTES

· En medio del debate sobre una posible reforma de la Constitución, los autores abogan por resucitar la Conferencia de Presidentes de las comunidades autónomas como ensayo para cambiar la Cámara Alta.

CON LA NUEVA legislatura dando sus primeros y tambaleantes pasos se nos vienen a la memoria los versos de Heinrich Heine cuando cantaba «con tristeza miro a lo alto/donde hacen guiños miles de astros/sin embargo, mi propia estrella/no la diviso en parte alguna».

Todo parece indicar que esa estrella llamada a iluminar esta España, siempre naciente, siempre encadenada a buscar su ser como una condena bíblica, es la reforma constitucional. De ella se han de derramar los mejores dones y ha de disipar las peores pesadillas que nos angustian.

Por ello, se amontonan las declaraciones de los primates políticos (como se decía en el siglo XIX), se anuncia la constitución de comisiones, subcomisiones y ponencias, se afilan las plumas de los expertos, se convocan decenas de foros y conferencias… Todo eso está muy bien porque contribuye a enriquecer el debate ciudadano y a discurrir en términos un poco más serios y complejos que los habituales mantenidos en las redes sociales, esas tabernas sin vino, sin tacos de jamón, sin jarana y sin gracia que la modernidad nos obliga a padecer.

Ahora bien, el empeño no es precisamente fácil. Y no lo es porque mientras unos hablan –comedidamente– de reformar contados artículos o algunos capítulos del texto de 1978, otros ponen en circulación ya sin ambages la apertura de un «proceso constituyente» que nos llevaría a discutirlo todo, incluida la forma de Estado. Y ahí nos veríamos enfrentados otra vez los españoles, como en un episodio nacional galdosiano: los monárquicos, de un lado; los republicanos, de otro. Trabados en una discusión que debería ser más ociosa que una luminaria consumida porque, según entendemos, la monarquía actual y las personas que, desde el último tercio del siglo XX, la están encarnando rinden un óptimo servicio a España. Y, además, la experiencia histórica nos enseña que es inútil prescindir de los Borbones porque siempre vuelven.

Pero ese debate extenuante, que nadie se equivoque, estaría en las manifestaciones callejeras, en las banderolas, en los globitos morados de la nostalgia bobalicona y en otras manifestaciones que contribuirían a enfrentarnos y a lanzarnos argumentos más gastados que guijarros de río pero no por ello menos cortantes.

Dicho esto, nos importa enfatizar que reputamos conveniente una reforma de algunos preceptos constitucionales –no muchos– y que podría hacerse por la vía del artículo 167 siempre que se consiguiera atraer hacia esa reforma a todas o a la inmensa mayoría de las fuerzas políticas representadas en el Parlamento.

Esta exigencia es fundamental porque, si así no fuera, es decir, si acamparan extramuros de la misma las formaciones políticas que mantienen posiciones nacionalistas/independentistas o las que giran en torno a Podemos estaríamos enterrando el espíritu del 78 que consistió cabalmente en hacer una Constitución para todos, una Constitución de la que sólo quedaron excluidos el PNV y pequeños grupos marginales. Dicho de otra forma: es fundamental no volver al trágala que marcó el proceso constituyente inacabable del siglo XIX y de parte del XX.

Hay algo más que a menudo se olvida y es que ese artículo 167 prevé en su párrafo tercero que el 10% de diputados o de senadores pueden obligar a convocar un referéndum para dar validez a la reforma. Estamos hablando tan solo de 35 diputados o de 27 senadores y se comprenderá que los partidos que gustan de dar el gato de la democracia representativa por el gatuperio de la demagogia, difícilmente se van a privar de un bocado tan exquisito como el de alentar nada menos que un referéndum con el que crearían un clima donde todas las simplificaciones germinarían y donde todos los excesos tendrían su asiento.

Nosotros creemos pues en una pequeña y limitada reforma constitucional. Por eso avanzamos algo que constituiría un paso importante y que sería, de acuerdo con lo expuesto por el actual Gobierno y alentado por una fuerza política (Ciudadanos), la resurrección de la Conferencia de Presidentes, una creación de José Luis Rodríguez Zapatero importada desde Alemania y que allí reúne a los ministros-presidentes de los Länder.

En España, sin embargo, durante estos años, ha vagado como alma en pena por los espacios institucionales tal como le ocurrió al fantasma de Oscar Wilde, pues ha languidecido en un catafalco, víctima de las burlas a que era sometida por los habitantes del castillo de las comunidades autónomas.

Más allá del Rin es un organismo vivo que sesiona, al menos, cuatro veces al año.

Realzar esta Conferencia de Presidentes nos parece un progreso plausible porque se trata de una institución típicamente federal al ser lugar de encuentro igualitario entre quienes protagonizan la política en los territorios españoles. Personas que han de tener perspectivas diferenciadas pero obligadas a entenderse en la búsqueda común del interés general. ¿Es necesario recordar asuntos tan conflictivos como la planificación hidrológica y los trasvases, la distribución de fondos y dineros, la incidencia de las grandes obras públicas…?

Pues bien, esta Conferencia de Presidentes podría ser el ensayo para una reforma del Senado.

Frente a quienes patrocinan sin más su supresión, inadecuada cuando de un Estado descentralizado se trata, proponemos sustituir a los senadores, cuyo número es excesivo (alrededor de 270), por un colegio reducido. Hay que añadir que el actual Senado, elegido en las añoradas listas abiertas y desbloqueadas, no ha producido jamás beneficios apreciables en el sistema partitocrático español.

ESE COLEGIO reducido bien podría ser el compuesto por los presidentes de las comunidades autónomas y las dos ciudades de Ceuta y Melilla, que conformarían el Pleno de este órgano y dispondrían de un voto ponderado en función de la población. Por su parte, sus comisiones estarían formadas por los consejeros competentes por razón de la materia (economía, transportes, protección ambiental, etcétera).

Ostentaría unas competencias definidas como segunda cámara legislativa y se centrarían en la aprobación: a) de los Presupuestos Generales del Estado; b) de las leyes que afecten al sistema general de financiación de las comunidades autónomas; c) de la distribución de fondos y dineros públicos; d) de la planificación de grandes infraestructuras y obras públicas.

El lector perspicaz habrá notado que, al fin y al cabo, no estamos sino evocando el Consejo de Ministros de las instituciones europeas que funciona como cámara donde se dan cita y están representados los intereses nacionales y que tiene atribuido el ejercicio de la potestad legislativa junto al Parlamento Europeo, elegido de forma directa por casi 500 millones de ciudadanos. La vida –también la política– es a veces la narración de algo que ya ha pasado o pasa exactamente a nuestro alrededor. Sólo basta observar. Sin legañas, con la mirada vasta.

Franciso Sosa Wagner y Mercedes Fuertes son catedráticos de Derecho Administrativo. El primero ha publicado recientemente La independencia del juez: ¿una fábula? (La Esfera de los Libros, 2016).