Editorial-El País
Hay que respetar los tiempos y garantías de nuestro Estado de derecho
Una vez que la justicia ha puesto en marcha su maquinaria contra el secesionismo catalán conviene atenerse a los tiempos y los procedimientos judiciales, porque los españoles, como los de los países de nuestro entorno, son especialmente garantistas. En esa lógica, caben las diferencias de criterio basadas en el pormenorizado examen de los hechos y en la interpretación correcta del Código Penal. Con esa óptica hay que valorar la decisión del juez Diego de Egea de acusar a Tamara Carrasco, miembro de los CDR (Comités de Defensa de la República) de desórdenes públicos y no de terrorismo y rebelión como pedía en un principio la fiscalía de la Audiencia Nacional.
Es, curiosamente, un recorrido similar al registrado hasta el momento en el caso de Carles Puigdemont. El tribunal alemán de Schleswig-Holstein ha rechazado el criterio de la fiscalía de entregar al expresident por rebelión por no considerarlo homologable al delito alemán de alta traición. Los fiscales de uno y otro país estudian ahora cómo revisar la resolución judicial a la luz de las normas que rigen la euroorden. Pero el caso de Tamara Carrasco indica, una vez más, que el Estado de derecho español sí es plenamente homologable con el del resto de los socios europeos y que el franquismo, a pesar de los empeños del secesionismo en resucitarlo, hace mucho que quedó atrás. Que hoy mismo prevea el Parlamento de Cataluña un acto de homenaje a los republicanos españoles represaliados por Franco demuestra una evidente sensibilidad, pero también el interés de algunos por mantener viva una página tan negra de la historia de España. Y es llamativo que se celebre en una institución paralizada por la obcecación de los independentistas en no presentar a un candidato viable para presidir la Generalitat.
Los CDR actúan en esta crisis como los agitadores necesarios para mantener encendida la antorcha del desafío en las calles. Y no es de extrañar que el nivel de violencia ejercido sea motivo de un enconado debate, pues es un extremo que el independentismo ha tratado cuidadosamente. Los propios CDR se organizaron en noviembre en torno a un ideario que defiende la república “de forma pacífica, pero contundente”.
El endurecimiento del Código Penal español en 2015 ampliando los supuestos de los delitos de terrorismo han facilitado la petición fiscal para la cabecilla Tamara Carrasco. El juez De Egea no ha apreciado, sin embargo, un tipo de delito tan grave en las actuaciones de los CDR, que de momento solo han cortado autopistas, han hecho pintadas en el pueblo de vacaciones del juez Pablo Llarena o han inutilizado peajes. Su resolución, dejando en libertad a esta activista, demuestra su independencia del poder político y es un severo revés a los que, a lomos de un independentismo unilateral e ilegal, no dudaron en llamar carcelera a la juez Lamela que decretó prisión para algunos de sus líderes.
En todo caso, los tiempos y la lógica procesal son incompatibles con la precipitación a la hora de calificar resoluciones judiciales sin tener ni los datos ni los conocimientos necesarios para ello.