La AN deja por primera vez en libertad a dos etarras de la ‘vía Nanclares’

LIBERTAD DIGITAL, 8/5/12

Se trata de los etarras Fernando de Luis Astarloa y José Manuel Fernández Pérez.

El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha concedido este lunes la libertad condicional a los etarras Fernando de Luis Astarloa y José Manuel Fernández Pérez; los dos primeros presos de ETA que tras haberse acogido a la denominada ‘vía Nanclares’ acceden al máximo beneficio penitenciario.

En sendos autos, notificados este lunes, el magistrado señala que ambos internos cumplen los requisitos establecidos en la ley para poder acceder a la libertad condicional: han cumplido las tres cuartas partes de su condena, han manifestado por escrito su renuncia a la violencia, han pedido perdón a las víctimas y se han comprometido en la medida de sus posibilidades a hacer frente a las responsabilidades civiles derivadas de sus anteriores actividades terroristas.

Tanto la Juntas de Tratamiento Penitenciario de la prisión de Nanclares de Oca- en el caso de Astarloa- como de la cárcel de Basauri- en el caso de Fernández Pérez- junto con el Ministerio Fiscal se habían mostrado favorables a que se concediera la libertad condicional a ambos etarras.

En el caso de Fernando de Luis Astarloa, en tercer grado desde el pasado 20 de octubre, integró el grupo Orbaiceta de ETA y fue condenado a 29 años de cárcel por asesinar el 19 de enero de 1985 a Agapito Sánchez Angulo, peluquero de Portugalete (Vizcaya). La misma pena le fue impuesta en 1992 por el asesinato de un taxista en Bermeo (Vizcaya). La víctima, Juan José Uriarte Orúe, era primo del entonces obispo auxiliar de Bilbao Juan José Uriarte. Fue el propio Astarloa quien le asestó un disparo en la nuca.

En el año 2007 entregó un escrito donde manifestó su «total desvinculación con la organización ETA por entender que la violencia no representa camino alguno para la obtención de objetivos políticos».

La Audiencia sostiene ahora que desde esa fecha se ha mantenido «al margen del seguimiento de las consignas de la organización terrorista para sus presos» llegando a renunciar a ser asistido por los letrados de la banda. «Ha mandado un escrito a los antiguos abogados, poniéndoles en conocimiento que se autoexcluye del colectivo de presos y que no quiere volver a mantener ninguna relación con ellos», añade el juez José Luis de Castro.

Por su parte, sobre el terrorista José Manuel Fernández Pérez el juez de Vigilancia Penitenciaria manifiesta que fue expulsado de ETA tras «reconocer el daño causado a las víctimas». Fernández Pérez cumple condena desde el 18 de mayo de 1992 por delitos relacionados por su pertenencia a ETA al aplicársele la denominada doctrina Parot. La Audiencia Nacional lo condenó el 7 de abril de 1995, a 18 años de prisión por colaborar en el asesinato del guardia civil José San Martín Bretón, ocurrido en Guetxo el 25 de febrero de 1992.

Además, el interno se comprometió a hacer frente a su responsabilidad civil –para ello cedió una finca de su propiedad- quedándole a día de hoy por pagar una cantidad de 2.624 euros. Sobre él, el magistrado De Castro señala que «ha aprovechado de forma positiva el tiempo en prisión para formarse desde el punto de vista intelectual».

Por todas estas razones, la Audiencia decreta la libertades condicional de los etarras Fernando de Luis Astarloa y José Manuel Fernández Pérez –ya no tendrá que ir a dormir a prisión como hasta ahora hacían-aunque insta a los servicios sociales de Instituciones Penitenciarias a que les haga un seguimiento «con especial y específica atención a todo lo referido a la desvinculación de la actividad, entorno e ideología terroristas».

Por último, el juez pregunta al Ministerio de Interior que estudie la posibilidad de que ambos presos arrepentidos participen en los talleres o encuentros contemplados en el Plan Integral de Reinserción presentado por el Ejecutivo de Mariano Rajoy.

LIBERTAD DIGITAL, 8/5/12