La Audiencia prepara la excarcelación de ‘Kubati’ y de un preso de la ‘vía Nanclares’

EL CORREO 14/11/13

· El tribunal recibe informes de la Fiscalía a favor de que estos reclusos, junto a dos ‘grapo’ y otros diez miembros de ETA, puedan quedar en libertad mañana

La Audiencia Nacional prepara la inmediata puesta en libertad de otro numeroso grupo de presos de ETA. El tribunal cuenta sobre su mesa con sendos informes a favor de una rápida excarcelación de once reclusos de la organización terrorista, un interno que ha roto con la banda y forma parte del colectivo conocido como ‘vía Nanclares’ y dos antiguos integrantes de los GRAPO. Todos, menos uno, con el visto bueno de la Fiscalía. La Sala de lo Penal que dirige el magistrado bilbaíno Fernando Grande Marlaska podría decidir sobre todos ellos mañana mismo. Sus casos se sumarían así a los de los once miembros de ETA que han abandonado la cárcel desde que el 21 de octubre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) estableciera la anulación de la ‘doctrina Parot’.

La Sala de lo Penal cree que, tras Estrasburgo, los reos están en prisión de forma «irregular»
Jueces y fiscales parecen haber interiorizado que el mejor camino para cumplir con la sentencia de Estrasburgo sobre el caso de Inés del Río es acelerar el proceso de excarcelación del más de medio centenar de reclusos de la banda terrorista que se encuentra en una situación similar. Una interpretación que se habría visto reforzada después de que el Tribunal Supremo asumiera el pasado martes la defunción oficial de la doctrina que alumbró en 2006. Hasta el punto de que el Ministerio Público, que hasta ahora había informado a favor de las puestas en libertad pero con reservas, cambió ayer de criterio. El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, apoyó sin matices la puesta en libertad de estos internos.
En la lista de posibles beneficiados aparecen dos casos significativos, aunque por motivos bien distintos: el de Antonio López Ruiz, ‘Kubati’, y el de Andoni Alza. El primero, asesino de la disidente de ETA María Dolores González Catarain, ‘Yoyes’, fue condenado a un total de 1.210 años de cárcel por trece asesinatos y ocho atentados con resultado de muerte.
El segundo, sin embargo, forma parte del colectivo de reclusos que se engloba en la llamada ‘vía Nanclares’, la de aquellos que han roto con la banda, han asumido el daño causado y han realizado una lectura crítica de su pasado. Alza será, de hecho, el primero de los integrantes de este grupo de disidentes que se beneficiará de la decisión de Estrasburgo. En la actualidad, disfrutaba de un régimen abierto, lo que significa que sólo debe permanecer en prisión para dormir y los domingos.
También figura en la relación de expedientes que deberán ser tramitados en breve el caso de Inma Noble Goikoetxea, quien, como integrante del ‘comando Madrid’, participara en el asesinato del comandante Ricardo Sáenz de Ynestrillas en 1986, entre otros atentados. Por sus crímenes fue sentenciada a un total de 397 años de reclusión.
La lista se completa con los presos de ETA José Félix Zabarte, que formó parte del ‘comando Bizkaia’ y fue condenado a 262 años; Gonzalo Rodríguez Cordero, miembro del ‘comando Mangui’ o ‘robacoches’; Francisco Lujanbio Galdeano; Josu Díaz de Heredia; Peio Odriozola; Juan Mari Gabirondo; Kepa Rezabal; Mitxel Turrientes y Maritxu Uzkudun.
La Audiencia Nacional debería recorrer con la práctica totalidad de ellos la senda que ha abierto en las últimas semanas y que ha supuesto la libertad para once presos de ETA. El tribunal considera que la gran mayoría de los reclusos afectados por la ‘doctrina Parot’ deben salir de forma «inmediata» de prisión porque, tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre Inés del Río, sufren «una privación de libertad irregular». Así lo entiende la Sala de lo Penal, presidida por el magistrado bilbaíno Fernando Grande Marlaska, que ayer dio a conocer los motivos por los que ordenó la excarcelación el pasado viernes de nueve integrantes de la organización terrorista, entre los que figuraban Domingo Troitiño, condenado a 1.118 años, e Isidro Garalde, ‘Mamarru’.

El Supremo y los indultos
El tribunal hizo públicos los autos de seis de esos ya exreclusos. Los textos son idénticos en todos los casos y sólo cambian los datos personales de los afectados. Las resoluciones, de catorce folios todas ellas, incluyen tanto los argumentos de los nueve jueces que respaldaron la puesta en libertad de ls internos, sin esperar a que el Supremo fijara un criterio definitivo, como el voto particular de los otros ocho magistrados que abogaban por que fuera el alto tribunal el que fijara el procedimiento a seguir para cumplir la sentencia de Estrasburgo.
La posición mayoritaria, aunque fuera por apenas un voto, sostiene que la decisión del TEDH sobre Del Río es una «doctrina vinculante» que debe ser asumida sin dilación por España y que «constata la existencia de una situación de privación de libertad irregular, con violación del derecho a la libertad, dejando lógicamente en manos de los Estados el cese» de esa situación. Para ello, entienden estos jueces que es necesario aplicar de forma «inmediata la puesta en libertad» de todos los reclusos que se encuentran «en una situación similar» y lograr así «poner fin a violaciones actuales idénticas del derecho a la libertad». No hacerlo supondría, agregan estos nueve juristas, con Marlaska a la cabeza, «no sólo una infracción de obligaciones jurídicas internacionales», sino también «distanciarse de Europa y del sentido de su civilización».
Los ocho jueces discrepantes, encabezados por Ángel Hurtado –que en la actualidad preside el juicio de las herriko tabernas–, sostienen por contra que debería haber sido el Supremo el que revisara todos los expedientes al haber gestado la ‘doctrina Parot’. En opinión de este grupo, de no producirse un indulto para los afectados tendría que haber sido el alto tribunal quien hubiera decidido sobre todos los casos sin excepción. Sostienen, en este sentido, que el fallo de Estrasburgo sobre Del Río «es una sentencia del caso concreto» que «no ha de operar de manera mecánica» sobre el resto de posibles beneficiados. Citan para ello diferentes pronunciamientos del Tribunal Constitucional.