José Antonio Zarzalejos-El Confidencial
- La Fiscalía debe ya archivar o judicializar las investigaciones sobre el emérito y, en todo caso, dar explicaciones públicas de la dilación del procedimiento
La entrevista que mantuvo el pasado jueves el fiscal del cantón de Ginebra (Suiza) Yves Bertossa con el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan Ignacio Campos, ambos responsables de investigar la presunta involucración de Juan Carlos I en posibles delitos de contenido económico y tributario, favoreció la especulación de que el resultado de las indagaciones estaría ya próximo. No es seguro que sea así.
El Rey emérito está siendo escrutado por la Fiscalía —primero por la de Anticorrupción y después por la de la Sala Segunda del Tribunal Supremo— desde 2018 hasta el día de hoy. En junio del año pasado, la fiscal general del Estado decretó que las diligencias 38/2020 que mantenía abiertas la Fiscalía Anticorrupción sobre el anterior jefe del Estado pasasen al Supremo, y en marzo de este mismo año volvió a ordenar que otras anteriores, las 12/2019, se remitiesen igualmente a la Fiscalía del alto tribunal, de tal manera que ya todas están bajo la responsabilidad del fiscal de Sala y segundo en la jerarquía del cuerpo, Juan Ignacio Campos, y de varios fiscales más que le auxilian en las indagaciones.
Las únicas declaraciones de Dolores Delgado sobre esta investigación se publicaron en ‘Okdiario’ en marzo pasado, después de las dos regularizaciones tributarias voluntarias que realizó el Rey emérito, en diciembre de 2020 y en febrero de 2021, por importes elevados: más de 678.000 euros la primera, por el impuesto de donaciones, y 4.395.000 euros la segunda, por el de la renta de las personas físicas.
En esas declaraciones, Delgado manifestó que “las investigaciones de esta índole son muy complejas y requieren la práctica de pruebas más allá de nuestras fronteras, a través de comisiones rogatorias, que conllevan tiempo, y no tenemos la respuesta inmediata como nos gustaría”. Añadió también que el ritmo investigador “quizá no tiene la celeridad que los medios o incluso la propia sociedad requieren, pero necesitamos realizar un proceso garantista donde se respeten los derechos de los investigados. Quiero poner en valor que es la primera vez en la historia que se ha investigado a un exjefe de Estado y que es un proceso histórico en la Fiscalía. Esa investigación al Rey emérito ha generado esas dos regularizaciones que han aflorado más de cinco millones de euros y esto da lugar a nuevas comprobaciones e investigaciones”.
Y puntualizó que “las investigaciones siguen su curso y, además, aportan elementos que deben ser comprobados, que deben ser objeto de investigación. Hay una cierta satisfacción porque hay avances, entre ellos, las dos regularizaciones que han devuelto a las arcas públicas del Estado más de cinco millones de euros y, además, han dado datos o proporcionan datos que merecen y deben ser objeto de nuevas comprobaciones”.
La responsable de la Fiscalía General del Estado enviaba varios recados a la opinión pública: el primero, que las investigaciones eran “complejas”; el segundo, que algunas requerían de la colaboración de otros países —de ahí las varias comisiones rogatorias— de los que no se habían obtenido respuestas “inmediatas”, el tercero, que la “celeridad” de las investigaciones no es la que los “medios y la sociedad requieren”, y el cuarto, que las dos regularizaciones fiscales voluntarias del anterior jefe del Estado requerían comprobaciones adicionales, de lo que se deducía la necesidad de nuevas averiguaciones.
La actuación del ministerio fiscal debe concluir, por muy histórico que sea el proceso
Todo lo dicho en marzo pasado por la fiscal general del Estado resulta razonable, pero se ha quedado obsoleto. Es también formalmente legal que sea la Fiscalía de la Sala Segunda del Supremo la que investigue prejudicialmente al Rey emérito, porque se trata de una persona aforada. El Estatuto orgánico del Ministerio Fiscal autoriza estas indagaciones por un plazo de seis meses en general, pero de 12 —prorrogables expresamente— cuando se investigan posibles delitos de contenido económico. Dolores Delgado ha ido prorrogando las diligencias para cumplir con la ley. Unas diligencias que no enjuician al emérito, sino que buscan determinar cuál ha de ser la decisión de la Fiscalía: instar la acción penal contra él o no hacerlo y archivarlas.
La actuación del ministerio fiscal debe concluir de manera ya urgente, porque se ha entrado en una dilación que contraviene la normalidad de una investigación, por “histórica” que sea, y que a estas alturas debiera ya haber dado uno de estos dos resultados: el archivo de las diligencias o la denuncia o la querella criminal contra Juan Carlos I ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. No es regular que un asunto de esta envergadura, y tras más de un año bajo la investigación de la Fiscalía del Supremo, siga pendiente, o como apuntan algunas fuentes, “embalsado”. Porque al hacerlo están comenzando a producirse recelos de carácter político. Aun siendo cierto que el propio Rey emérito con sus regularizaciones —que deben ser comprobadas, pero por la Administración, no necesariamente por la Fiscalía— ha ralentizado las investigaciones iniciales, seguir manteniendo al margen de los jueces esta actividad indagatoria excede su sentido prejudicial, que es el que otorga a la Fiscalía su Estatuto orgánico.
Si hay ‘notitia criminis’, es decir, indicio sólido de delito perpetrado por el Rey emérito, a la Sala Segunda del Supremo; si no la hay, archivo de las diligencias, sin perjuicio del relato de las investigaciones realizadas por la Fiscalía y los motivos por los que se produce el cierre de las averiguaciones. Y si sigue habiendo dudas, también judicializar la situación para que el caso se rescate del procedimiento de indagación, que no reúne todas las garantías procesales de las instrucciones penales, entre otras razones, porque no es una instrucción penal. Ya hay juristas que atribuyen a la Fiscalía la usurpación de funciones reservadas a los magistrados instructores. Cuidado con que ese criterio se extienda y comience a cuestionarse el procedimiento.
Ha transcurrido un tiempo más que razonable para que la ciudadanía sepa si Juan Carlos I debe ser llevado a la Sala Segunda del Supremo o eximido de responsabilidad criminal por la inviolabilidad, por prescripción de los presuntos delitos o por la excusa absolutoria adquirida por las regularizaciones fiscales voluntarias. O por otras razones. Porque hemos entrado ya en el terreno de la dilación, que es un concepto procesal peyorativo. Y si la Fiscalía considerase imprescindible continuar ‘sine die’ la tramitación de estas diligencias, es exigible sin más aplazamiento una explicación pública y pormenorizada, compatible con la confidencialidad en aspectos que la reclamen, que evite extrañezas por la tardanza; versiones que sospechan segundas intenciones en la demora y suposiciones según las cuales la Fiscalía y el Gobierno quieren mantener la situación del Rey emérito en pendencia por intereses que no serían los propios de las indagaciones prejudiciales.
No debe olvidarse que el regreso de Juan Carlos I —sea para comparecer ante un magistrado instructor, sea para volver a España sin cargos, aunque de modo temporal— está pendiente de la decisión de la Fiscalía. El 3 de agosto próximo hará un año que el padre de Felipe VI se expatrió a Abu Dabi, en Emiratos Árabes. La situación es inédita, pero la hace mucho más que todo el aparato del ministerio fiscal en España ni termine sus averiguaciones después de tanto tiempo, ni las ponga en manos del tribunal competente. Y todo esto, aunque sea formalmente legal, sin unas exigibles explicaciones públicas. Por eso, la dilación es insostenible, más aún en una coyuntura política tan crispada e inestable como la que se produce en nuestro país.