El Gobierno de Carles Puigdemont ha suspendido el concurso de licitación de urnas que había iniciado hace unas semanas. El proceso para adquirir urnas, que contaba ya con dos empresas que aspiraban al contrato, había provocado el inicio de una investigación judicial y una querella de la Fiscalía contra la consejera de Gobernación, Meritxell Borràs, al considerarse que constituía un preparativo de cara al referéndum anunciado por el Gobierno catalán para el próximo 1 de octubre.
Tras difundirse ayer la noticia, el Ejecutivo que preside Carles Puigdemont se apresuró a escribir este mensaje en las redes sociales: «No sufráis, el 1 de octubre habrá urnas». Sin embargo, el Govern no especificó cómo va a adquirirlas una vez suspendido el proceso para comprarlas. Hoy por hoy, la Generalitat no tiene ninguna manera de contar con el soporte físico para realizar el referéndum.
En las elecciones, todos los soportes son proporcionados por el Ministerio del Interior. En este caso, al tratarse de un referéndum contrario a la legalidad, es el organizador el que tiene que hacerse con las urnas, las papeletas, las cabinas y todo el resto de material imprescindible para celebrar una votación según los cánones de las democracias desarrolladas.
En la consulta del 9-N de 2014, la Generalitat, entonces presidida por Artur Mas, sorteó este obstáculo encargando urnas de cartón que fueron elaboradas por reclusos de las prisiones catalanas.
La portavoz del Govern, Neus Munté, no dio ayer ninguna pista del camino que seguirán en esta ocasión. Se limitó a decir que estaban estudiando «otras alternativas» y que eligirán «aquella vía que más garantías ofrezca».
Munté explicó en rueda de prensa que el motivo por el que las dos empresas que se presentaron al concurso no han sido homologadas ha sido «puramente técnico». Ninguna de ellas cumplía con «los requisitos de solvencia económica» necesarios. La portavoz del Govern justificó así que el procedimiento de la compra de urnas debía quedar desierto «por una cuestión de garantías del pliego de cláusulas y de la legislación contractual».