Editorial-l Español
No deja de resultar irónico que el Gobierno, cuando aún no ha suturado la honda herida social provocada por un retoque inadecuado de las horquillas penológicas, esté impulsando ahora un nuevo endurecimiento de las penas. Esta vez, para los delitos contra los animales.
El proyecto de ley orgánica de modificación del Código Penal en materia de maltrato animal, aprobado el pasado jueves en el Congreso de los Diputados, invita a pensar que estamos ante otro caso de una norma viciada por una deficiente técnica jurídica. Y auspiciada por una obcecación ideológica que no atiende a criterios científicos ni expertos.
La reforma salida del ministerio de Ione Belarra propone una adenda al artículo 337 del Código Penal vigente, que aumenta las penas máximas contempladas hasta ahora para el maltrato de animales domésticos («cualquier animal que no viva en estado salvaje»). La pena de cárcel por lesiones es de hasta doce meses, y hasta dieciocho si se produce la muerte del animal.
Con la reforma de Belarra, la lesión del animal de compañía se castigará con hasta dieciocho meses. Y se doblan las penas máximas si se le causa la muerte, con un castigo de doce a veinticuatro meses de cárcel.
Pero, además de agravar las penas, el artículo 340 bis introduce la novedad de la protección a todo «animal vertebrado». Ocasionarle un daño grave a un animal no doméstico estará penado con hasta doce meses de cárcel. Y causarle la muerte será castigado con pena de prisión de seis a dieciocho meses.
El más elemental sentido común se revuelve ante el dislate mayúsculo de afrontar más de un año de cárcel si uno, por ejemplo, hiere o acaba con una rata que se haya colado en su casa. Con la reforma de Balarra se penará igual matar a un animal de compañía que acabar con un ejemplar de una especia invasora o de una plaga.
Pero no se trata solo del absurdo lógico al que llega la necesaria lucha contra el maltrato animal cuando, impelida por un antiespecismo extremo, acaba derivando en una humanización de la mascota.
Esta reforma plantea, además, toda una serie de incógnitas que instaurarían un clima de notable inseguridad jurídica, al dejar múltiples aspectos a la libre interpretación del juez.
¿La muerte del animal deberá ser intencionada, o podrán penarse también eventualidades fortuitas como un accidente en carretera? Si uno de los agravantes contemplados es el «ensañamiento», ¿significa eso que se impondría la mitad superior de las penas previstas si asestamos un escobazo en lugar de dos?
Además, queda penado con multa el maltrato que no le cause lesiones al animal. Pero ¿se puede de verdad «maltratar gravemente» a un animal sin ocasionarle lesiones? ¿O es este un nuevo caso de retorcimiento semántico del derecho, como el tipo de ‘agresión sin violencia’ con que el PSOE quiere corregir el desastre de la ley del sí es sí?
El Consejo General del Poder Judicial ya se pronunció sobre todos estos «problemas importantes» en su informe sobre el anteproyecto de ley de Belarra del pasado 24 de noviembre. El CGPJ alertó de que esta reforma del Código Penal puede «afectar al principio de proporcionalidad».
Y eso porque, bajo algunos supuestos, las nuevas penas harán que quede igual de castigadas las lesiones de un animal vertebrado que no requieran tratamiento veterinario que una agresión a una persona cuando no precise tratamiento médico. Y, con la aplicación del concepto de «violencia vicaria» a las mascotas, la pena prevista es superior a la fijada actualmente para el maltrato de obra en la violencia de género.
El Pleno, asimismo, señaló que, al ampliar el bien jurídico protegido para incluir a todos los animales vertebrados, se derivarán dificultades para conciliar la protección de los animales con la de otros bienes jurídicos con los que entrará en conflicto.
Tal es el caso de la salud pública o el medioambiente. Y es que, como han declarado los biólogos y zoólogos a este periódico, la ley no solo plantea problemas jurídicos, sino también zoosanitarios. ¿En qué lugar quedarán después de la reforma del Código Penal las empresas dedicadas a la desratización? ¿O el control de poblaciones de palomas en las ciudades por parte de los Ayuntamientos?
Por descontado, al igual que con la fallida ley del sí es sí, el Ministerio de Derechos Sociales desacreditó todas estas advertencias tildándolas de «bulos».
Pero, como entonces, el PSOE no podrá decir que se produjeron «efectos no deseados» e imprevisibles. Si todavía queda un sector sensato en esta coalición de Gobierno, aún está a tiempo de enmendar un bodrio legislativo que ahora continúa su tramitación en el Senado.