- La Comisión Europea ha mostrado su preocupación por el empleo de procedimientos legislativos dirigidos a evitar la consulta de los órganos consultivos.
Democracia y Estado de derecho son dos caras de la misma moneda.
La democracia se funda en el voto libremente emitido por todos los ciudadanos siguiendo las garantías constitucionales para que los órganos constituidos aprueben y apliquen unas leyes que deben ser cumplidas por todos, sin excepción.
El Estado de derecho es el conjunto de condiciones que aseguran el correcto funcionamiento del Gobierno desde y para el pueblo, y tiene como fundamento principios como la igualdad, la seguridad jurídica y la legalidad en todas las naciones de nuestro entorno cultural.
En los últimos treinta años, todas las naciones han mostrado su preocupación por aquellos fenómenos criminales que ponen en jaque las bases sociales y jurídicas que permiten funcionar en democracia.
Corrupción, terrorismo y criminalidad organizada son las principales amenazas a las democracias modernas, y las organizaciones internacionales como la ONU, el Consejo de Europa o la Unión Europea se han prodigado en procurar la aprobación de normas internacionales que establecen estándares mínimos para el funcionamiento de las democracias actuales.
La convención de la ONU de 2003 sobre la corrupción forma parte del ordenamiento español y también del de la Unión Europea. Con otras palabras, el Derecho de la Unión Europea exige definir como delito algunas formas de corrupción, perseguirlas eficazmente, aplicarles una pena y restituir en favor de la sociedad los capitales públicos desviados.
Entre estas formas delictivas se encuentra la malversación, esto es, el desvío falaz del dinero público de sus fines, y la exigencia democrática es perseguir esta conducta.
«El fiscal general del Estado ha evitado que el Consejo Fiscal pueda dar cumplimiento a un elemental deber de cooperación entre instituciones constitucionales»
La proposición de ley de amnistía supone un flagrante incumplimiento no ya de los compromisos internacionales y del Derecho de la Unión Europea, sino también una rebaja de los estándares democráticos vigentes en España.
La vía utilizada es la proposición de ley, un procedimiento dirigido en este caso a evitar que los órganos consultivos establecidos en nuestro ordenamiento puedan expresar su opinión.
En su último informe sobre el Estado de derecho en España, la Comisión Europea mostraba su preocupación sobre el empleo de procedimientos legislativos dirigidos a evitar, entre otros factores, la consulta de los órganos consultivos por su impacto adverso en la calidad de la legislación.
El Senado solicitó del Ministerio Fiscal un informe sobre el texto para paliar los perjuicios que en la calidad del Estado de derecho lleva aparejados la tramitación de la proposición de ley de amnistía.
El fiscal general del Estado ha evitado que el Consejo Fiscal, órgano legalmente competente para informar los proyectos legislativos de acuerdo con él artículo 14 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, pueda dar cumplimiento a un elemental deber de cooperación entre instituciones constitucionales.
Las circunstancias actuales exigen no ponerse de perfil y trasladar a los órganos constitucionales y a la opinión pública de manera fundada un análisis reposado y estructurado de las consecuencias que puede experimentar el Estado de derecho, es decir, la democracia, por una norma que contradice los estándares mínimos internacionales de su existencia.
*** Cristina Dexeus es presidenta de la Asociación de Fiscales.