JOSÉ MARÍA LANCHO – ABC – 08/01/17
· Con todos los matices que afectan a toda pretendida grandeza humana, la grandeza de Cristóbal Colón es tan enorme y su dimensión histórica tan autoevidente, que lo fue incluso para él mismo; no podemos por ello olvidar que, sin duda, Colón es uno de los pocos personajes de la historia que pudo escoger su patria. Y, efectivamente, Colón, pudiendo escoger cualquier patria, escogió la española.
El poder busca en la historia su discurso, su fórmula para pervivir. Por eso, toda aspiración a un gobierno de la cultura es un estado de guerra. Bien lo expresó un viajero de las guerras perdidas, como fue Orwell, en una fórmula elemental: quien controla el pasado controla el futuro. La imposición organizada de un discurso histórico es el más viejo hechizo del poder y una de las más potentes agresiones a la identidad y la libertad del individuo. Por eso la política y la historia en occidente tienen fronteras de niebla, y todavía es imposible adentrarse puramente en ninguna de ellas. Condenadas mutuamente a reconstruirse, a sobrevivirse a pesar de la falsificación, el racismo o el prejuicio.
El distanciamiento y fractura de las sociedades hispánicas parecen parte necesaria de la línea retórica de la presente historia del poder. La distorsión de los fundamentos identitarios hispanos alcanzó a aspectos tales como devaluación y revisión de la primacía en el descubrimiento del continente americano para los europeos o la nacionalidad del propio descubridor, Cristóbal Colón, entre otros muchos. Identificar esta cuestión, y proporcionar una respuesta histórica al discurso dominante del poder es el urgente objeto de estas líneas.
Mucho se ha escrito sobre la nacionalidad de Colón, y su cualidad nacional es parte de la disquisición corriente sobre el personaje. La singularidad del enfoque que propongo es que se ciñe a los actos propios del Almirante y el alcance que tuvieron en el derecho castellano.
Es necesario precisar que la españolización de Colón fue una preocupación continua para el Almirante, una obsesión personal en todas sus negociaciones con los Reyes y en las que no dejó nada al azar. En Castilla, desde las Cortes de Alcalá de 1348 y la pragmática de 1369 del rey Enrique II en las Cortes de Toro, etc quedaban reservados los oficios, prelacías y beneficios del Reino exclusivamente para los naturales. Los servicios del conquistador de Canarias Jean de Béthencourt sólo le reportaron la ostentación de cargos castellanos cuando se hizo vasallo de Enrique III de Castilla. Sin naturalización Colón no podía adquirir legalmente las condiciones ni los Reyes cumplirlo.
¿Se naturalizó castellano Cristóbal Colón? A finales del siglo XV esa cualidad era una cosa bastante distinta del hecho de haber nacido en uno u otro lugar. Para comprenderlo un poco mejor vale citar a un jurista del siglo XVI, el francés Jean Bodin «El ciudadano naturalizado es aquel que se ha hecho dependiente de la suprema autoridad de otro y por tal es admitido de el Señor». Américo Vespucio, cosmógrafo que dio su nombre al nuevo continente, no cejó hasta obtener una cédula de naturalización y hacerse castellano.
En el caso de Colón la condición legal de castellano está exhaustivamente trazada en un haz de documentos jurídicos que parten de las Capitulaciones de Santa Fe, documento básico que recoge las garantías reales a las propuestas de Colón y que tenían, como uno de sus efectos jurídicos fundamentales, que naturalizaban, en todo caso, a Colón como castellano. El tipo de ennoblecimiento de Colón tenía efectos directos en esa naturalización y él mismo se preocupó en que no dieran lugar a duda alguna. Se puede rastrear, incluso en la actualidad, reminiscencias del efecto naturalizador de los títulos nobiliarios en el derecho histórico hispánico.
Así, por ejemplo, podemos encontrar en la propia Constitución de México, en su artículo 37, donde se prevé la pérdida de la nacionalidad mexicana por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros. Los títulos de Colón no eran meramente honoríficos sino que suponían funcionalmente la sujeción directa y el reconocimiento como Señores a los Reyes de Castilla de una forma incompatible con cualquier otro vínculo soberano o respecto de cualquier otra nación.
Asimismo, y aún más importante, lo fue la solicitud y adquisición del cargo de almirante, y no porque le convirtiese en una suerte de general supremo de la marina de los Reyes Católicos, Cristóbal Colón no mandaba sobre Galcerán de Requesens o Juan de Lezcano, verdaderos lobos de la guerra del mar de las coronas de Castilla y Aragón. El título de Almirante tenía importancia jurídica por otro aspecto aún más relevante: se trataba de un oficio de la casa de Corte, que es regulado en la Segunda Partida en el Título IX del Rey Alfonso X y describe una vinculación orgánica con el Reino y con la casa del rey, todo ello mucho más importante para Colón que establecerle «caudillo de todos los navíos que son para guerrear» del rey, pues pertenecer a su casa era el elemento básico para que Colón formalizara su naturaleza en estos Reinos y pudiera ostentar los cargos de virrey y gobernador y gozase los beneficios y privilegios o capacidad para dictar justicia.
El proceso no se detuvo hasta lograr una identificación de las armas de Colón con las castellanas, pues si bien entre los meses de mayo y junio de 1493, los Reyes Católicos le premian con una real provisión de «acrecentamiento» de armas, de forma que Colón podrá ostentar las armas del Reino de Castilla y león pero con ligeras diferencias, él mismo modificará motu proprio su escudo para hacerlo coincidir con las armas del Reino. Con todos los matices que afectan a toda pretendida grandeza humana, la grandeza de Cristóbal Colón es tan enorme y su dimensión histórica tan autoevidente, que lo fue incluso para él mismo; no podemos por ello olvidar que, sin duda, Colón es uno de los pocos personajes de la historia que pudo escoger su patria. Y, efectivamente, Colón, pudiendo escoger cualquier patria, escogió la española.
JOSÉ MARÍA LANCHO ES ABOGADO E HISTORIADOR – ABC – 08/01/17