EL MUNDO 17/10/13
VICTORIA PREGO
Esta sentencia no la entenderán los españoles de ninguna manera. En primer lugar porque el tribunal considera que no es colaboración con banda armada el hecho imponente, inaudito e inexplicable de que unos policías alerten al etarra recaudador del dinero que ETA ha obtenido a base de extorsiones y amenazas, de que la misma Policía le va a detener a él y a su cómplice con las manos en la masa en cuanto atraviese la frontera.
Y que de esa información se siga que, cuando al fin son detenidos los componentes de la red, no se les encuentra ni un euro, ni un papel ni nada de nada. Con lo cual, el chivatazo se saldó con un éxito total y las víctimas de la extorsión y, sobre todo, las víctimas de la banda terrorista comprobaron atónitas cómo se había ayudado, literalmente, a ETA desde las filas de nuestra propia Policía.
El Tribunal Supremo ya ha dicho que no hace falta secundar las tesis de la banda para ser reo de un delito de colaboración. Lo ha dejado clarísimo. Pero parece que al tribunal de la Audiencia eso no le ha importado. Este caso ha tenido la virtud de poner también de manifiesto la locura del plan de Zapatero, capaz de urdir un plan de ayuda semejante a quienes han matado a miles de españoles. Y hacérselo ejecutar a dos de los policías que se han dejado la mayor parte de su vida en combatir a los terroristas.
Pero es que encima viene el tribunal y nos coloca, como hechos probados y argumento de peso, la resolución del Congreso que autorizaba al Gobierno a dialogar con ETA siempre y cuando ésta dejara las armas. ¿Y qué pinta este acuerdo político en una sentencia donde se han juzgado unos hechos tipificados en el Código Penal? ¿O es que el tribunal considera que esa resolución del Congreso da carta blanca para ayudar a ETA a eludir el acoso policial y que, por lo tanto, el delito ya no es delito? No se entiende la inclusión de esa resolución que, por cierto, hablaba del supuesto en el que ETA hubiera dejado las armas. Y éste no era, obviamente, el caso.
De todas maneras, si como parece decir la sentencia, había razones políticas en la actuación de los dos policías, ¿desde cuándo los delitos se juzgan a la luz atenuante de la política? ¿Y dónde están los autores de la decisión política que llevó a dos policías acreditadísimos en su lucha contra la banda a tener una actuación tan deleznable? Una sentencia muy extraña ésta que, sobre todo, pone patas arriba un principio del Estado de Derecho según el cual el delito es perseguible sean cuales sean sus motivaciones o las razones de sus promotores.
No sólo las víctimas del terrorismo se sentirán burladas por esta sentencia que ha juzgado uno de los casos más sangrantes de la historia de la lucha contra ETA. Se sentirán burlados la mayor parte de los ciudadanos. Si la Fiscalía no recurre y el Supremo no lo endereza, estaremos ante un hecho para la vergüenza nacional.