Manuel García-Castellón-ABC
- La diferencia entre un Estado consolidado y uno que se degrada está en la conducta de quien gobierna: si preserva la institución aunque la resolución le duela, o usa la autoridad para convertir al juez en adversario
El 30 de julio de 2024, mientras Pedro Sánchez declaraba como testigo en la Moncloa en la causa contra su esposa, la Abogacía del Estado depositaba en la plaza de Villa de París una querella por prevaricación contra el juez que la instruía, Juan Carlos Peinado, por haberle negado declarar por escrito. Concluida la testifical, la portavoz, Pilar Alegría, ocupó el atril de todos los españoles y defendió la querella como una exigencia de «dignidad» de la Presidencia. La investigación, zanjó, era un «montaje».
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimó la querella por unanimidad el 18 de octubre de 2024. Su fundamento quinto señalaba el «carácter especulativo» del escrito y el prejuicio que «destila». La resolución ocupó cuatro folios; la rueda de prensa, horas de archivo televisivo. Los tres magistrados no dieron comparecencias ni entrevistas.
Un año después se repitió la escena. En septiembre de 2025, el ministro Óscar Puente calificó a Peinado y al magistrado del Supremo Ángel Hurtado de «casos claros de jueces que hacen política». Hurtado instruía la causa contra el fiscal general del Estado, de quien Puente auguró un juicio «sin la más mínima prueba». El 20 de noviembre, el Supremo condenó a Álvaro García Ortiz por revelación de datos reservados, por cinco votos contra dos. Sánchez dijo que acataba el fallo y que seguía creyendo en el condenado. Durante meses se había explicado a la opinión pública qué clase de juez iba a dictarlo.
Nadie investiga en España desde la comodidad. El juez que instruye contra un miembro del Gobierno sabe que su auto se leerá antes del desayuno, que su fotografía circulará en redes y que cada errata del sumario se discutirá en directo. Ese coste forma parte del oficio. Lo insólito, hasta hace poco, era que el propio Estado se lo recordara desde el atril.
El 8 de septiembre de 2025, la Sala Tercera del Supremo suspendió cautelarmente los efectos electorales del censo de residentes ausentes vinculados a la ‘ley de nietos’. Seis días después, el ministro Óscar López la llamó en TVE «salvajada» y «atropello democrático», y habló de jueces «salvapatrias» empeñados en «derrocar al Gobierno». Cabía discutir la suspensión en términos jurídicos, y así lo hizo quien quiso; desde el Gobierno se eligieron los adjetivos. La Asociación Francisco de Vitoria recordó que tales ataques rebasan la crítica legítima. La sala siguió tramitando el fondo, ajena al calificativo.
Hasta aquí, todo ocurrió a la luz. Hay un segundo registro, que no se pronuncia en ningún atril y que se está averiguando en un juzgado.
Beatriz Biedma, magistrada de Badajoz que investigó al hermano del presidente, sostiene que los informes de la UCO la sitúan como diana de una presunta trama. El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz la ha citado a declarar como perjudicada el 8 de octubre y aprecia indicios, al menos, de calumnia. La causa investiga a Leire Díez, Santos Cerdán y Gaspar Zarrías por presuntos delitos de organización criminal, cohecho, revelación de secretos y contra las instituciones. Los audios que publicó ‘El Confidencial’ en mayo de 2025 recogían ofertas a un empresario a cambio de información lesiva sobre el teniente coronel Antonio Balas. Nadie ha sido juzgado. La instrucción sigue abierta y nada acredita órdenes directas del presidente.
De momento, lo verificable es esto: una magistrada que afronta una causa incómoda aparece como objetivo; un teniente coronel de la UCO aparece en unas grabaciones como alguien a quien desacreditar. La diferencia con el atril es de método y de destino. Allí se habló a micrófono abierto; aquí, presuntamente, en despachos, con intermediarios y sin firma. Y el atril no tiene juez, pero este asunto sí.
Cada episodio tuvo su contexto, y el Gobierno conserva el derecho a defenderse en los tribunales. Vistos juntos, sin embargo, dibujan una forma reconocible: cargos del Estado empleados, una y otra vez, contra la autoridad de quienes investigan al poder. El patrón no exige una dirección única; se sostiene solo mientras nadie pague por alimentarlo.
La ley prevé una respuesta. El artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial obliga al juez que se siente perturbado en su independencia a ponerlo en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial. Ante una queja así, el Consejo solo puede emitir una declaración institucional: carece de potestad sobre los ministros. Su presidenta, Isabel Perelló, advirtió de que señalar a los jueces entraña «extrema gravedad». Lo es. Pero un comunicado no devuelve la reputación ni frena al próximo ministro, y un reproche que se ignora sin coste deja de serlo. Menos aún viniendo de un Consejo que estuvo en funciones de diciembre de 2018 a julio de 2024, mientras los partidos se repartían sus vocalías.
En 2016, el ‘Daily Mail’ llamó «enemigos del pueblo» a tres jueces británicos que habían fallado contra el Gobierno sobre el Brexit; la ministra Liz Truss fue criticada por tardar en defenderlos. La UE sancionó a Polonia y a Hungría por hechos de parecida gravedad: el Tribunal de Justicia multó a Varsovia con hasta un millón de euros diarios por el régimen disciplinario de sus jueces; Bruselas congeló a Budapest miles de millones en fondos de cohesión por quebrantar el Estado de derecho.
La diferencia entre un Estado consolidado y uno que se degrada no está en que haya conflictos entre el poder político y los jueces: los hay en todas partes. Está en la conducta que se exige a quien gobierna: si preserva la institución aunque la resolución le duela, o si usa la autoridad del cargo para convertir al juez en adversario. Un presidente puede defenderse y recurrir. Lo que no puede es patrimonializar el atril. La Presidencia se habita en precario, como una casa prestada: el inquilino no puede empeñar la cubertería común para costear sus pleitos.
El daño no caduca con la causa. Lo pagará el ciudadano que un día litigue contra la Administración: sin atril, sin cámaras, sin otra defensa que la independencia de quien juzgue su caso. Le atenderá, con toda probabilidad, uno de esos jueces que hoy se describen desde el poder como enemigos. Nadie le advertirá; el Estado no pone avisos en las puertas de los juzgados. Si le asalta la duda de quién debía proteger a su tribunal, puede buscar la declaración institucional del Consejo: sigue en la web, junto a actas de hace años, esperando que alguien la lea.