Mikel Buesa-Libertad Digital

  • Ahora conocemos algunos datos fundamentales que hacen dudar de la bondad de esa excepción, especialmente por sus efectos redistributivos.

Nada como el paso del tiempo y la acumulación de información para deshacer entuertos y descubrir las trampas ocultas tras la arrogancia del poder. Es lo que ha pasado esta misma semana con el asunto de la excepción ibérica a la formación de los precios de la energía eléctrica; un asunto del que tanto el presidente Sánchez como su vicepresidenta Rivera presumen, atribuyendo a su política una reducción de precios que habría beneficiado a la sociedad española en su conjunto. Y por tal motivo se han apresurado a tratar de extenderla sobre la Unión Europea —con poco éxito, todo hay que decirlo—.

Sin embargo, ahora conocemos algunos datos fundamentales que hacen dudar de la bondad de esa excepción, especialmente por sus efectos redistributivos y su negativa incidencia en la protección ambiental, al favorecer un aumento de la emisión de gases de efecto invernadero, lo que a su vez se asocia a un incremento del consumo de gas justo en el momento en el que, por mor de la solidaridad europea con la Ucrania atacada por Rusia, los países de la Unión se habían comprometido a reducirlo.

Veamos lo primero. Red Eléctrica acaba de publicar los datos fundamentales para evaluar las consecuencias de la excepción ibérica en 2022. En ellos se muestra que sus beneficiarios suman unos diez millones de usuarios acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), denominación ésta referida a la parte regulada del mercado eléctrico. En éste hay también 16 millones de usuarios que operan en el mercado libre, contratando el suministro con las compañías distribuidoras a precios fijos a largo plazo. Según Red Eléctrica, el mercado regulado abarcó en ese año un 8,47 por ciento del consumo eléctrico (10.681.748 MWh), mientras que el mercado libre se quedó con el 91,53 por ciento restante (115.128.208 MWh). Aunque la excepción ibérica está destinada a ese primer segmento, claramente minoritario, aunque seguramente formado por familias de bajo nivel de renta, no por ello el segundo segmento está excluido de sus efectos debido a que la regulación correspondiente obliga a los consumidores de este último a los que les vence su contrato o cambian de suministrador, a hacerse cargo de una parte alícuota del coste de la excepción ibérica.